Estimado, el artículo 240 aplica a funcionarios públicos, lo que señalas esta en el inciso tercero, el tema es que el cargo de Primera Dama no es reconocido como funcionario público, por tanto se hace una mala interpretación de la norma.
por definición, se supone que un funcionario publico es el que ostenta un cargo publico y no esta definido por si percibe o no honorarios ...
es que esa parte es la que no se aun, la definición de "cargo publico" por que sebastian Davalos es el director del Área Sociocultural de la Presidencia ... ese es un cargo, habria que ver la definicion de cargo publico o el perfil del cargo
Estimado, Contraloría ya zanjo este tema hace muchisimos años, es lo que es y no hay vuelta que darle, se requiere de legislación, cualquier otra interpretación no aplica.. CITO: Para el director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, uno de los problemas primordiales es que las fundaciones que preside la Primera Dama presentan una anomalía de origen, ya que fueron establecidas como organizaciones de derecho privado, pero con financiamiento público y sus directorios están formados por funcionarios públicos, por lo que Precht sostiene que lo ideal es que estas fundaciones sean transformadas en servicios públicos integrales. Es una figura absolutamente anómala, porque en Chile los servicios públicos deben crearse por ley, y así está en nuestra normativa. Y durante mucho tiempo se han creado estas fundaciones que se crean en una notaría, en las cuales después se hace una sesión de directorio, y se le da este cargo de presidente de directorio a quien ocupa el rol de Primera Dama. Pero son fundaciones que tienen financiamiento público, funciones públicas, sus directores casi todos vienen del sector público o son funcionarios públicos, y la preside además la esposa o cónyuge o el hijo del Presidente de la República. Eso es lo que nosotros decimos: de esa función debemos alejar, e ir regularizando las fundaciones, pero por otro lado alejar a la Primera Dama o quien ocupe este cargo de esta función que es una función casi de director de servicio público Para María Jaraquemada de Ciudadano Inteligente, otro de los problemas que se podrían suscitar con la desregulación bajo la cual funciona este cargo, tiene que ver con las responsabilidades eventuales que un trabajador del Estado debe asumir cuando se prueban delitos relacionados con sus funciones, pero que en el caso de la Primera Dama puede eximirse de culpa ya que no es un funcionario público desde el punto de vista legal.
La derecha tendrá que pedir investigar por el lado de Uso de Información Privilegiada y por el procedimiento ara la entrega del préstamo, pero en ambas situaciones estamos hablando de privados, así que el empate con Penta no se dará nuevamente.
Ahora quedamos re lindos afuera... http://www.biobiochile.cl/2015/02/1...o-en-importantes-medios-internacionales.shtml
Para nada, pero más preocupado de como nos ven fuera del país, hay que ver como arreglamos las cagas que van desde Penta hasta ahora.
jajajajajajaa pero acaba de nombrar Penta esta buscando el empate.... eso ya se esta investigando... esto es mas delicado afecta directamente la imagen de nuestra "presidenta" en el extranjero .... que mal no???
Que te preocupas de la imagen de la presidenta en el extranjero viejo. Ya pasamos todas las barreras en ese sentido teniendo a un presidente magnate y que ya habia estado metido en delitos economicos: el incomparable Tatan.