GRAVE! Periodista acusa que agentes de la agencia nacional de inteligencia ANI monitorean caso Caval

Tema en 'Cementerio De Temas' iniciado por serpientedeoro, 10 Mar 2015.

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  1. dansleeper

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    jaja los unicos que cacharon fue serpiente y wire.. jaja.. super objetivos ambos.. saluos
     
  2. bluescifer

    bluescifer Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Lo dice al principio: Recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional
     
  3. drwire

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  4. bluescifer

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    Algunos de los que postearon creían que el mundo se acababa el 2010 y aquí estamos discutiendo las funciones de la ANI el 2015..., no todas las opiniones son certeras, son solo eso, opiniones.

    Ahora, si nos vamos a la normativa legal que da vida a la ANI te darás cuenta que dentro de sus atribuciones se encuentra el recolectar información de todos los ámbitos del nivel nacional.
     
  5. bluescifer

    bluescifer Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    No es al Estado, lo dice la misma normativa:

    de acuerdo con los requerimientos efectuados por el Presidente de la República
     
  6. StencilQL

    StencilQL Usuario Nuevo nvl. 1
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    son los sicarios al servicio del estado, organizacion equivalente a la CIA gringa, la mosad judia, la kgb sovietica, la dina o cni de pinocho, que estan al servicio de la autoridad politica y se pueden pasar cualquier legislacion y reglas por la raja para cumplir un objetivo
     
  7. drwire

    drwire Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    LEY NUM. 19.974

    Artículo 4°.- El Sistema de Inteligencia del Estado, en adelante el Sistema, es el conjunto de organismos de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinados, que dirigen y ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia, para asesorar al Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado, con el objetivo de proteger la soberanía nacional y preservar el orden constitucional, y que, además, formulan apreciaciones de inteligencia útiles para la consecución de los objetivos nacionales.
    Los organismos integrantes del Sistema, sin perjuicio de su dependencia y de sus deberes para con sus respectivos mandos superiores, deberán relacionarse entre sí mediante el intercambio de información y de cooperación mutuas que establecen esta ley y el ordenamiento jurídico.


    Ahí se derrumbó toda tu defensa...
     
    #31 drwire, 10 Mar 2015
    Última edición: 10 Mar 2015
  8. Uztash

    Uztash Usuario Casual nvl. 2
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    Deben estar vigilando el caso , para que se realice el proceso con la maxima transparencia posible
    Como el allanamiento que se hizo en presencia de la prensa [​IMG]. Los que no encuentra raro esto son los mismos que cree que bachelet se entero por la prensa.

    Aunque porque negarlo si no estan haciendo nada irregular :cafe:
     
  9. bluescifer

    bluescifer Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Jaque Mate?, estábamos compitiendo o jugando ajedrez?.

    Al parecer caes en un error, uno es el objetivo de la ANI: Proteger la soberanía nacional y preservar el orden institucional; otro es la norma legal que la crea, donde claramente indica quién da los parámetro para ver que información se recolecta:

    Ley Sobre el sistema de inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia, 19.974, Art. 8 a).
    Recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional, con el fin de producir inteligencia y de efectuar apreciaciones globales y sectoriales, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el Presidente de la República
     
  10. drwire

    drwire Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    La ANI se enmarca dentro de la Ley de Sistema de Inteligencia del Estado, lo dice claro la ley 19.974.

    TITULO II
    DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO


    Artículo 4°.- El Sistema de Inteligencia del Estado, en adelante el Sistema, es el conjunto de organismos de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinados, que dirigen y ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia, para asesorar al Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado, con el objetivo de proteger la soberanía nacional y preservar el orden constitucional, y que, además, formulan apreciaciones de inteligencia útiles para la consecución de los objetivos nacionales.
    Los organismos integrantes del Sistema, sin perjuicio de su dependencia y de sus deberes para con sus respectivos mandos superiores, deberán relacionarse entre sí mediante el intercambio de información y de cooperación mutuas que establecen esta ley y el ordenamiento jurídico.

    Artículo 5°.- El Sistema estará integrado por:

    a) La Agencia Nacional de Inteligencia;

    b) La Dirección de Inteligencia de Defensa del Estado Mayor de la Defensa Nacional;

    c) Las Direcciones de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, y

    d) Las Direcciones o Jefaturas de Inteligencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

    Las unidades, departamentos o cualquiera otra dependencia de las Fuerzas Armadas o de Orden y Seguridad Pública que realicen tareas de inteligencia se considerarán, para los efectos de la aplicación de esta ley, como partes integrantes de las respectivas direcciones o jefaturas de inteligencia señaladas precedentemente.?


    Del ESTADO, no de la presidenta.
     
  11. DE TRANS

    DE TRANS Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Artículo 7°.- Créase la Agencia Nacional de Inteligencia, servicio público centralizado, de carácter técnico y especializado, que estará sometido a la dependencia del Presidente de la República a través del Ministro del Interior, cuyo objetivo será producir inteligencia para asesorar al Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado, en conformidad a la presente ley.


    Artículo 8º.- Corresponderán a la Agencia Nacional de Inteligencia, en adelante la Agencia, las siguientes funciones:
    a) Recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional, con el fin de producir inteligencia y de efectuar apreciaciones globales y sectoriales, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el Presidente de la República.
    b) Elaborar informes periódicos de inteligencia, de carácter secreto, que se remitirán al Presidente de la República y a los ministerios u organismos que él determine.
    c) Proponer normas y procedimientos de protección de los sistemas de información crítica del Estado.
    d) Requerir de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como de la Dirección Nacional de Gendarmería, la información que sea del ámbito de responsabilidad de estas instituciones y que sea de competencia de la Agencia, a través del canal técnico correspondiente. Los mencionados organismos estarán obligados a suministrar los antecedentes e informes en los mismos términos en que les sean solicitados.
    e) Requerir de los servicios de la Administración del Estado comprendidos en el artículo 1° de la ley Nº 18.575 los antecedentes e informes que estime necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, como asimismo, de las empresas o instituciones en que el Estado tenga aportes, participación o representación mayoritarios. Los mencionados organismos estarán obligados a suministrar los antecedentes e informes en los mismos términos en que les sean solicitados, a través de la respectiva jefatura superior u órgano de dirección, según corresponda.
    f) Disponer la aplicación de medidas de inteligencia, con objeto de detectar, neutralizar y contrarrestar las acciones de grupos terroristas, nacionales o internacionales, y de organizaciones criminales transnacionales.
    g) Disponer la aplicación de medidas de contrainteligencia, con el propósito de detectar, neutralizar y contrarrestar las actividades de inteligencia desarrolladas por grupos nacionales o extranjeros, o sus agentes, excluyendo las del inciso segundo del artículo 20.
     
  12. DE TRANS

    DE TRANS Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Estimado, los organismos de inteligencia recolectan información de todo tipo...ejemplo partido Colo Colo v/s Universidad de Chile....eso lo haría cualquier organismo de inteligencia del mundo..para eso les pagan.
     
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