Pagar impuestos: La inesperada mala noticia para los defensores del retiro de sus fondos de pensión

Tema en 'Política Nacional e Internacional' iniciado por pino3, 9 Oct 2019.

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  1. pino3

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    Jorge Correa Sutil (DC), abogado que representa a Cuprum ante el Tribunal Constitucional, entregó un nuevo elemento a la discusión iniciada por el movimiento No+AFP: El impuesto que tendrían que pagar los afiliados si retiran sus fondos de la AFP. El director del departamento de Derecho Tributario de la UANDES, Cristián Bay-Schmith, sostiene que en ese escenario «la tasa que va a gravar va a ser mucho más alta de lo normal», dado el abultado monto que implicaría un retiro de una sola vez.

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    Ayer finalizó el período fijado por el Tribunal Constitucional para recibir los argumentos a favor y en contra del requerimiento de inaplicabilidad solicitado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, a raíz del recurso que presentó la profesora comunista y dirigenta del Colegio de Profesores, María Angélica Ojeda, en contra de la AFP Cuprum, para que esta le hiciera entrega del dinero de su fondo previsional. Fue justamente la defensa de la Administradora de Fondos de Pensiones la que entregó un nuevo argumento en la polémica, que hasta el momento había sido pasado por alto.

    «Actualmente, la pensión que recibe doña María Angélica Ojeda se encuentra exenta de pago de impuesto«, sostiene el abogado Jorge Corre Sutil, quien represente a Cuprum ante el TC, en el documento en el que solicita que el requerimiento de inaplicabilidad sea declarado inadmisible. En dicho texto, el ex subsecretario del Interior DC explica que esta situación se debe a que en la Ley de Impuesto a la Renta, las rentas mensuales inferiores a 13,5 UTM (que en octubre corresponde a poco más de $664 mil), no tendrán la obligación de pagar tributo.

    No obstante, el abogado argumenta en el documento que «en caso que se accediera a la petición de doña María Angélica Ojeda, esto es, la devolución de $46.569.000, el Impuesto Único de Segunda Categoría ascendería a $15.151.129 conforme a nuestros cálculos y, en consecuencia, el monto líquido que ella recibiría sería de $31.417.870«.

    «El pago del impuesto resultaría obligatorio, pues los fondos depositados en la cuenta de capitalización individual que el interesado mantenía en la AFP en la cual se encontraba hasta el momento de su desafiliación, no formaron parte de la base imponible del Impuesto Único de Segunda Categoría», agrega Correa Sutil.

    Un punto que es respaldado por Cristián Bay-Schmith, director del departamento de Derecho Tributario de la Universidad de los Andes, quien afirma que «cuando se determina el impuesto de segunda categoría, o el global, se resta de la base de ese impuesto lo que se destina a previsión» y añade que «no es que ese impuesto se perdone, sino que ese dinero que se fue a la AFP queda pendiente de tributación«.

    De hecho, el experto de la Universidad de Los Andes explica que esto se produce porque al momento de concretarse el retiro de los fondos se «va a tener un gran ingreso, por lo cual la tasa que va a gravar va a ser mucho más alta de lo normal«.

    Una mirada con matices tiene Javier Jaque, profesor del Centro de Estudios Tributarios de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, quien sostiene que si bien en el caso de que se retiren los fondos de pensiones no estarían exentos de impuestos, estos podrían relidiquidarse con el Servicio de Impuestos Internos, por lo que el tributo a pagar podría rondar entre el 4 u 8%.

    Ante esta situación inédita en el sistema tributario, el académico de la Universidad de Los Andes sostiene que «si bien esto se está viendo por una vía judicial, si se llegase a aprobar por ley que uno puede retirar los fondos, habría que hacer alguna norma que otorgue alguna exención tributaria o que permita, como ahora se hace con la venta de inmuebles, reliquidar este impuesto como si se hubiera sacado la plata en varios años».

    Coincide con esa opinión el profesor del Centro de Estudios Tributarios de la FEN, quien señala que «hay que discutir la situación tributaria de los fondos y las rentas» en caso de que concrete el retiro de los ahorros previsionales.

    Sin embargo, la visión del abogado de Cuprum es pesimista. «Esa es una hipótesis, pero cualquier exención tributaria llegaría tarde«, afirma a El Líbero sobre un eventual cambio en el régimen tributario. «No sé si la profesora María Angélica está informada de estos aspectos o no, pero si no fue informada quiere decir que se está instrumentalizando a las personas para producir un efecto político con grave daño a ellas«, sentencia Correa Sutil.

    Una idea que el mismo abogado plasma en el texto presentado al Tribunal Constitucional, donde cuestiona la forma en que el Movimiento No + AFP, liderado por Luis Mesina, y la fundación Casa Común de Fernando Atria han presentado de forma sistemática recursos de protección para exigir el retiro de fondos de pensiones.

    «¿Tendrán conciencia los jueces requirentes de estos efectos para la persona que buscan proteger constitucionalmente? ¿La tendrá la propia recurrente de protección? ¿Habrán tenido la deferencia de informárselo la ONG y el grupo político que promueve estos recursos?», dice el ex subsecretario del Interior en el texto donde solicita al Tribunal Constitucional declarar inadmisible el requerimiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

    Los argumentos del abogado continúan en el documento, en donde señala que los legisladores «podría legítimamente producir el cambio político que ahora se intenta por vía judicial». En ese caso, apunta Correa Sutil, «el debate público considerará estos aspectos y, previéndolos, podrá o no remediarlos, previo los cálculos sobre el presupuesto fiscal. Entonces, la ciudadanía podrá tomar una decisión debidamente informada y considerando todos los efectos secundarios de una medida que no han sido tenidos en cuenta».

    El eventual impuesto que tendrían que pagar los pensionados al momento de retirar sus fondos previsionales no es el único elemento que para el ex subsecretario del Interior ha sido pasado por alto. Correa Sutil en el mismo documento señala que en el caso de aceptarse vía judicial la devolución de ahorros, «los fondos serían embargables». ¿La razón? El ahorro previsional, según se estipula en el artículo 34 del Decreto Ley 3500 que establece el sistema previsional de capitalización individual obligatoria, en donde se señala que «los bienes y derechos que componen el patrimonio de los Fondos de Pensiones serán inembargables«.

    «Perdida esa calidad, ciertamente cualquier acreedor de la propietaria del dinero tendría derecho a pagarse con ellos. Nada garantiza que la recurrente de protección no termine perdiendo su previsión y su casa», afirma en el documento el abogado.




    https://ellibero.cl/actualidad/paga...fienden-el-retiro-de-sus-fondos-de-pension-2/
     
  2. luque9

    luque9 Usuario Casual nvl. 2
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    lamentablemente eso es totalmente cierto. Asimismo, la ley actual establece ciertos montos que quedan exentos de impuesto Global Complementario: 800 UTM (39.383.200 a Oct-2019) si se retira por una vez el tope o UTM 200 por seis años, equivalentes a 9.845.800 por año por seis años.

    Todo exceso queda afecto a Impto. Global Complementario.
     
  3. Jolkillo

    Jolkillo Usuario Habitual nvl.3 ★
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  4. Hombre anfetamina

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    Pero si es plata de nosotros csm.... pagamos impuestos toda la vida para jubilar pagando impuestos, sigo diciendo el chileno goza sexualmente con en el pico en el ojo hasta el fondo
     
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  5. H.P Lovecraft

    H.P Lovecraft Usuario Nuevo nvl. 1
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    Voten por alguien este dispuesto a bajar los impuestos
     
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  6. 987l123l7654l

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    no era que los jubilados no pagarian mas impuestos
    primero hay que sacar eso por ley
    después retirar los fondos totales
    se puede hacer #si
    a juntar firmas .........................
     
  7. kabronxxx

    kabronxxx Usuario Casual nvl. 2
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    Considero que es un gran error apoyar la iniciativa de sacar los fondos de las AFP, esto por que mas del 90% de los weones gastaría el total en el corto plazo en bienes que no generarán en el futuro, En ese momento van a prptestar para que el Estado los subvencione y ese costo haría quebrar al Pais.

    Estoy de acuerdo en que es prioritario mejorar el sistema de Pensiones, pero la solución es buscar o crear uno mejor.
     
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  8. Stban2

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    Y eso lo planteas en base a qué, no hay ninguna forma de comprobar lo que planteas, además dudo que la gente piense coherente retirar los fondos en si.
     
  9. Stban2

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    El tema en si es si se debe o no considerar como una renta imponible la pensión, ya que a la larga no es un nuevo ingreso, son ahorros(sería lo mismo que te cobrarán impuesto cada oportunidad qué sacas grandes montos del banco), si en su momento no te toco tributar porque estabas en el tramo exento, es ilógico que te pidan tributar al hacer uso de tú pension.
     
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  10. RodrigoCC

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    Da lo mismo, si igual van a fallar que no pueden retirar sus fondos de la AFP
     
  11. Ulrich007

    Ulrich007 Usuario Casual nvl. 2
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    ha-ha-ha, vulgares pagando impuestos a la renta como una consecuencia inesperada de su intento de abusar del sistema de seguridad social.
     
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  12. kabronxxx

    kabronxxx Usuario Casual nvl. 2
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    En Base a que la población piensa en el ahora y no en el futuro, en base a que para muuuuucha gente es mas importante tener un auto del año que es mas caro que su casa, en base a que hay personas que el televisor afirma su casa.... etc etc
    Lo anterior comprueba lo que planteo

    No entiendo lo.que quieres decir con: además dudo que la gente piense coherente retirar los fondos en si
     
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