Manual del Ejecutivo establece que migrantes que residan en Chile y hayan ingresado por pasos irregulares podrán solicitar refugio.
La Corte Suprema le ordenó al Servicio Nacional de Migración adecuar sus protocolos internos respecto a las solicitudes de refugio de personas migrantes. En el documento elaborado por Migraciones se establece que independiente de si la condición de la persona es de ingreso o residencia regular o irregular, podrá realizar la solicitud, aunque hayan ingresado de manera irregular “eludiendo el control fronterizo o ingresando por un paso no habilitado”. También dice que mientras dura la tramitación se otorgará una residencia temporal de 8 meses. La normativa ya genera críticas de parlamentarios oficialistas.
El manual de refugio. El Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, tramitó en la Contraloría el Manual de procedimiento administrativo del Departamento de refugio y reasentamiento en el que se establece que “toda persona que se encuentre dentro del territorio nacional, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, sea que su ingreso o residencia sea regular o irregular”.
Lea acá el manual completo:
https://www.ex-ante.cl/manual-del-e...r-pasos-irregulares-podran-solicitar-refugio/
La Corte Suprema le ordenó al Servicio Nacional de Migración adecuar sus protocolos internos respecto a las solicitudes de refugio de personas migrantes. En el documento elaborado por Migraciones se establece que independiente de si la condición de la persona es de ingreso o residencia regular o irregular, podrá realizar la solicitud, aunque hayan ingresado de manera irregular “eludiendo el control fronterizo o ingresando por un paso no habilitado”. También dice que mientras dura la tramitación se otorgará una residencia temporal de 8 meses. La normativa ya genera críticas de parlamentarios oficialistas.
El manual de refugio. El Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, tramitó en la Contraloría el Manual de procedimiento administrativo del Departamento de refugio y reasentamiento en el que se establece que “toda persona que se encuentre dentro del territorio nacional, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, sea que su ingreso o residencia sea regular o irregular”.
- A eso añaden, explí citamente, que quienes hayan ingresado de manera irregular al país, “sea eludiendo el control fronterizo o ingresando por un paso no habilitado, indocumentada o valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona o cuya residencia fuere irregular y deseen formalizar una solicitud de refugio, deberán dar conocimiento de su irregularidad a la PDI” dentro del plazo de 10 días desde que ingresó de manera irregular o desde que se encuentre en situación migratoria irregular.
- “El hecho de no presentarse ante la PDI para dar noticia de la irregularidad de su ingreso o estadía en el país no será obstáculo para iniciar una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado”, precisan en el manual y clarifican que el solicitante debe dar cumplimiento a “todos los requisitos formales dentro de un plazo de al menos 10 días hábiles, incluyendo la presentación ante la autoridad policial para dar noticia de su ingreso o estadía irregular”.
- Posteriormente, el Departamento de Refugio deberá asignar el caso a un oficial de protección, quien citará al solicitante a una entrevista y con todos los documentos y antecedentes a la vista, deberá elaborar una resolución.
- La idea de los parlamentarios es que se realice una modificación a la ley 20.430 sobre protección a refugiados y que, por ejemplo, la autodenuncia de ingreso irregular se realice en 48 horas en vez de 10 días.
- También buscan que al momento de presentar una solicitud de refugio, las personas pongan a disposición de la autoridad “todos los antecedentes que tenga conocimiento respecto de la red de tráfico ilícito de migrantes a la cual se haya recurrido para ingresar al país”.
- La Corte ordenó dar refugio al ciudadano, lo que fue apelado ante la Suprema y en marzo de este año el tribunal de máxima instancia resolvió confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones, sumado a que se le obligó al Servicio Nacional de Migraciones adecuar sus protocolos internos.
Lea acá el manual completo:
https://www.ex-ante.cl/manual-del-e...r-pasos-irregulares-podran-solicitar-refugio/
