Aca tienes un problema... -Si se ha dado aguinaldo los años anteriores "formando prescendete", se forma obligación, es el mismo caso que si tu tienes x funciones pero a lo largo del tiempo te asignan otras se forman obligación por prescedente. Es lo mismo pero para el empleado. Saludos
Te ardió el oyo parece Déjate de hablar weas, mucha gente se salva por los aguinaldos para pasar una navidad decente. Ademas, tu crei que a esos weones de mega les falta plata ? iluso.
Me parece que nadie trabaja o nadie se informa. EL Bono de festividades no es obligatorio exceptuando que se estipule dentro del contrato, pero cuando una empresa lleva consecutivos años generando una practica esto se entiende como contrato de echo, y es tan valido como el anterior escrito, parte de la ley toma muy en cuanta lo que la persona entiende como obligación y derecho sobre cierto acto. Y aun que hayan cambiado de dueños estas nuevas personas adquieren los derechos y responsabilidades deducible tanto de echo como de derecho. Ahora para el que diga que es mentira fíjese que es lo mismo que se argumenta en la Halla pero en torno a Peru y Chile, o pregúntele a alguien estudioso de Derecho, yo la verdad solo me se este tema por que hace años atrás cuando estudiaba me tocaban ramos de derecho económico y laboral. Así que es la idean en grueso modo lo mejor explicada posible y demás que me faltaron algunas ideas pero es que ya hace tiempo que lo estudie.