Reserva naval - marina mercante chilena

Discussion in 'Cementerio De Temas' started by vanZ, Sep 26, 2010.

Thread Status:
Not open for further replies.
  1. vanZ

    vanZ Usuario Nuevo nvl. 1
    187/244

    Joined:
    Sep 12, 2008
    Messages:
    7
    Likes Received:
    0
    Hola, tenía una duda y ojala alguien que domine el tema me la pueda aclarar, lo que pasa es que en este momento me encuentro estudiando para ser oficial de la marina mercante en la unab, pero como esa carrera salio de la escuela naval, los oficiales mercantes ya no son parte de la reserva naval al momento de obtener su titulo a menos que hayan hecho el servicio militar...
    entonces tengo entendido que hay un curso que se puede realizar.
    mi duda es si alguien sabe cuanto dura y en que consiste ese curso, y si es posible hacerlo al momento de titularse o en el verano, ya que a mi me gustaría formar parte de la reserva pero no quiero perder un año de estudios para hacer el servicio militar.
    eso

    gracias de antemano
     
  2. gonzalodj

    gonzalodj Usuario Casual nvl. 2
    37/41

    Joined:
    Sep 13, 2010
    Messages:
    1,229
    Likes Received:
    1
    pucha compadre deberia sabe eso por algo lo esta estudiando
     
  3. BattuSam

    BattuSam Usuario Casual nvl. 2
    37/41

    Joined:
    Jun 30, 2009
    Messages:
    4,310
    Likes Received:
    10
    Que yo sepa, no. Porque la marina mercante no está destinada para eso y no es una variante de la armada (si lo fuera, pedirían haber hecho el servicio militar por la armada)

    .:EDIT:.


    el sueño causa estragos xD

    Con lo de tu pregunta, lo veo difícil pasar directamente de oficial de marina mercante a la Armada ya que aparte de navegar no tienen nada que ver, sin mencionar que una rama de la milicia.

    Te recomendaría buscar información directamente en una Capitanía de Puerto, allí te pueden orientar un poco.

    Espero haberte ayudado en algo

    Saludos.
     
  4. elkan

    elkan Usuario Casual nvl. 2
    87/163

    Joined:
    Nov 12, 2009
    Messages:
    5,199
    Likes Received:
    4

    Sólo una persona natural o jurídica chilena puede registrar una nave en Chile. Una persona jurídica deberá estar constituida con domicilio principal y sede real y efectiva en Chile. El presidente, gerente y la mayoría de los directores o administradores deben ser personas naturales chilenas. Además, más del 50 por ciento de su capital social debe estar en poder de personas naturales o jurídicas chilenas. Para estos efectos, una persona jurídica que tenga participación en otra persona jurídica propietaria de una nave debe cumplir con todos los requisitos antes mencionados.

    Una comunidad podrá registrar una nave si (1) la mayoría de los comuneros son chilenos con domicilio y residencia en Chile; (2) los administradores son chilenos; y (3) la mayoría de los derechos en la comunidad pertenecen a personas naturales o jurídicaschilenas.

    Para estos efectos, una persona jurídica comunera en el dominio de una nave, debe cumplir con todos los requisitos antes mencionados para ser consideradas chilenas.

    Naves especiales que sean propiedad de personas naturales o jurídicas extranjeras domiciliadas en Chile podrán, bajo ciertas condiciones, ser registradas en el país. Para estos efectos, una nave especial no incluye una nave pesquera. Las condiciones requeridas para registrar naves especiales de propiedad de personas naturales o jurídicas extranjeras son las siguientes: (1) domicilio en Chile; (2) asiento principal de sus negocios en el país; o (3) que ejerzan alguna profesión o industria en forma permanente en Chile. La autoridad marítima podrá, por razones de seguridad nacional, imponer a estas naves normas especiales restrictivas de sus operaciones.

    La autoridad marítima puede conceder un mejor trato en base al principio de reciprocidad.Las naves extranjeras deberán usar servicios de pilotaje, anclaje y de pilotaje de puertos cuando las autoridades marítimas lo requieran. En las faenas de remolque, o en otras maniobras en puertos chilenos sólo pueden usarse remolcadores de bandera chilena.

    Para ser capitán es necesario ser chileno y poseer el título de tal conferido por la autoridad correspondiente. Para ser oficial de naves chilenas se requiere ser persona natural chilena y estar inscrito en el Registro de Oficiales. Para ser tripulante de naves chilenas es necesario ser chileno, poseer matrícula o permiso otorgado por la Autoridad Marítima y estar inscrito en el respectivo Registro. Los títulos profesionales y licencias otorgados en país extranjero serán válidos para desempeñarse como oficial en naves nacionales cuando el Director lo disponga por resolución fundada.

    El patrón de nave debe ser chileno. El patrón de nave es la persona natural que, en posesión del título de tal otorgado por el Director, está habilitada para el mando de naves menores y determinadas naves especiales mayores.

    Sólo los chilenos o extranjeros domiciliados en Chile, pueden desempeñarse como patrones de pesca, mecánicos-motoristas, motoristas, marineros pescadores, pescadores, empleados u obreros técnicos de industrias o comercio marítimo y como tripulantes de dotación industrial y de servicios generales de buques-fábricas o de pesca cuando lo soliciten los armadores por ser indispensables para la organización inicial de las faenas.

    Para enarbolar el pabellón chileno, se requiere que el patrón de nave, su oficialidad y tripulación sean chilenos. No obstante, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante por resolución fundada y en forma transitoria, podrá autorizar la contratación de personal extranjero cuando ello sea indispensable, exceptuando al capitán, que debe ser siempre chileno.

    Para desempeñarse como operador multimodal en Chile, será necesario ser persona natural o jurídica chilena. El cabotaje queda reservado a las naves chilenas. Se entenderá por tal el transporte marítimo, fluvial o lacustre de pasajeros y de carga entre diferentes puntos del territorio nacional y entre éstos y artefactos navales instalados en el mar territorial o en la Zona Económica Exclusiva.

    Las naves mercantes extranjeras pueden participar en el cabotaje cuando se trate de volúmenes de carga superiores a 900 toneladas, previa licitación pública efectuada por el usuario convocada con la debida anticipación. Cuando se trate de volúmenes de carga iguales o inferiores a 900 toneladas y no exista disponibilidad de naves bajo pabellón chileno, la Autoridad Marítima autoriza el embarque de dichas cargas en naves mercantes extranjeras. La reserva de cabotaje a las naves chilenas no es aplicable en el caso de cargas que provengan o tengan por destino los puertos de la provincia de Arica.

    En caso de que Chile adopte, por razones de reciprocidad, una medida de reserva de carga en el transporte internacional de carga entre Chile y otro país que no sea Parte, la carga que le resulta reservada se hará en naves de bandera chilena o reputadas como tales.


    EN REFERENCIA A LO QUE PLANTEAS SI PERTENECEN A LA ARMADA SI ,PERO DE UNA FORMA RELATIVA YA QUE SON FICALIZADOS Y EVALUADOS POR ESTA,Y EN CASO DE GUERRA PASAN BARCOS Y TRPULACIONES BAJO EL MANDO DIRECTO DE LA ARMADA DE CHILE POR ESO TIENEN VALOR DE RESERVISTA DE LA ARMADA
     
  5. vanZ

    vanZ Usuario Nuevo nvl. 1
    1/41

    Joined:
    Sep 12, 2008
    Messages:
    7
    Likes Received:
    0
    creo que no me entendieron la pregunta algunos...
    mi intencion no es ser de la armada, para eso hubiera entrado a la escuela naval... lo que planteo es que aun siendo piloto de la marina mercante, yo puedo pertenecer a la reserva naval, incluso se de pilotos que tienen el grado de piloto 3° y ademas tienen por ejemplo el grado de "teniente 2° RN".

    bueni independiente de eso, creo que debería consultar en las Unidades base de movilización directamente pq en la pagina de la dgmn no aparece mucho.

    no estoy estudiando para ser reservista...
     
  6. elkan

    elkan Usuario Casual nvl. 2
    87/163

    Joined:
    Nov 12, 2009
    Messages:
    5,199
    Likes Received:
    4
    Estas inscrito para el servicio
     
  7. vanZ

    vanZ Usuario Nuevo nvl. 1
    1/41

    Joined:
    Sep 12, 2008
    Messages:
    7
    Likes Received:
    0
    lo he pensado, perto si lo hiciera tendria que postergar un año mi carrera
     
  8. Daxtrox

    Daxtrox Usuario Habitual nvl.3 ★
    187/244

    Joined:
    Apr 12, 2009
    Messages:
    17,046
    Likes Received:
    9
    respondido
     
Thread Status:
Not open for further replies.