este es http://www.facebook.com/profile.php?id=1646931269&ref=search#!/regio.estupendo aah y x cierto el wn pavo a mi me hace esa wea pescaba la silla q tenia al lao y lo hago mierda al hijo de un coloso de putas :comander:
200 lukas?¡¡?¡?¡??¡ porfavor este tarado necesita un wate y un castigo mayor si le pego muy fuerte al niño ashhhhhh ke rabiiiiiiaaaa
Bueno sin comentarios! wns asi alterados son los que lo cagan en la casa y son mandoniados macaveos y le comen la mujer :O copie el compa este q me dio risa su frase :el wn maricon trata de mierda a la mama del cabro y el cabro no hace na da impotencia wn el wn se aprovecha porq el cabro es weoncito NO PODI DECIR ESA WEA PO..QUE EL CABRO ES WEONCITO JAJAJA :d
Que pena por el niño nomas pero el weon maricon las cago se hace la victima mas encima la justicia acá en Chile es como las weas.. por eso la gente hace justicia por sus propias manos po. nada mas que decir que poco hombre el wn..
el wn maricon kon el niiecla del ciber yo k el le sako la rechucha al weon una pura mawashi en la ceja y una pata en los kokos y kaskando del ciber el wn!! xD
Jajajajaja...que los videos no sirven como medio probatorio....ajajajajaja.... Parece que se leyo el Codigo de Procedimiento Penal.....y no el Codigo Procesal Penal.....!! CODIGO PROCESAL PENAL Párrafo 7º Otros medios de prueba Artículo 323.- Medios de prueba no regulados expresamente. Podrán admitirse como pruebas películas cinematográficas, fotografías, fonografías, videograbaciones y otros sistemas de reproducción de la imagen o del sonido, versiones taquigráficas y, en general, cualquier medio apto para producir fe. El tribunal determinará la forma de su incorporación al procedimiento, adecuándola, en lo posible, al medio de prueba más análogo. Ignorante Culiao.:!!