La violación y la inviabilidad fetal afectan directamente la integridad fisica y psiquica de la "madre", lo mencionado en el inciso 1 del articulo posteado. Pero tambien se debe tener presente el inciso 2. Es casi imposible concordar en los puntos de vista siendo que en el mismo articulo se contradicen esos item en relación al aborto terapeutico.
El pacto habla de que el derecho a la vida se protege, en general, desde la concepción. O sea te da flexibilidad para despenalizar el aborto. Lo segundo, es que la Const. habla de proteger la vida del que está por nacer. No habla de un derecho como el derecho a la vida de quien es persona, sino de una protección. Además cuando habla "del que" está estableciendo un criterio valorativo. Ese del que, hay que valorarlo. Qn es el que esta por nacer? Desde cuando? Eso podria dar lugar a entender que "el que esta por nacer" no se considera de la concepcion, sino desde un criterio ontologico o cronologico (mas bien superficialme podria considerarse cronologico). Por ultimo, que la ley proteja a quien esta por nacer, no implica que esa declaracion deba prevalecer por sobre otros derechos constitucionales como la integridad fisica o psiquica. Segun eso, considero que la ley no es inconstitucional.
El tema está en definir "qué es persona" y aquella definición se encuentra en el codigo civil estimado. Además el análisis hay que vincularlo a los tratados internacionales además.
Una info para entender un poco más el tema ibf Definición de persona en nuestro código civil: art 55. 'Son personas todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad sexo estirpe o condición Dividanse en chilenos y extrangeros" Desde cuando se es persona art74. del código civil "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás." Y para aclarar sobre la aplicación y alcance del pacto San José de costa rica la corte interamericana de DDHH en reiteradas ocaciones ha determinado una 'protección gradual e incremental -y no absoluta- de la vida prenatal y a la conclusión de que el embrión no puede ser entendido como persona."caso Artavia murillo y otros.