Homicidio frustrado, incendio y saqueo: delitos que indultaría el proyecto de Provoste y apoya Boric

Tema en 'Política Nacional e Internacional' iniciado por Centurion_cl, 22 Oct 2021.

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  1. Centurion_cl

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    Homicidio frustrado, incendio y saqueo: los delitos que indultaría el proyecto que impulsa Provoste y apoya Boric
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    Más de 45 son los delitos que incluye el proyecto ingresado el año pasado por cinco senadores de oposición. 30 de ellos son de carácter grave y algunos llegan a la pena máxima del sistema. Casi 800 personas podrían ser beneficiadas por la iniciativa, según cifras de Fiscalía, sin embargo, se excluye a las fuerzas de orden y seguridad pública.

    A raíz de la violencia que se registró el lunes en el segundo aniversario del 18-O, el proyecto que busca indultar a los detenidos y condenados en el contexto de las manifestaciones entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020, se tomó la agenda.

    Desde el oficialismo, tanto autoridades de gobierno como parlamentarios han emplazado a los candidatos presidenciales Yasna Provoste (Nuevo Pacto Social) y Gabriel Boric (Apruebo Dignidad) para que retiren su apoyo político al proyecto que, argumentan, “valida la violencia”.

    En el caso de Provoste, no es solamente apoyo, sino su firma la que tendría que retirar, ya que junto a Juan Ignacio Latorre (RD), Isabel Allende (PS), Adriana Muñoz (PPD) y Alejandro Navarro (PRO), es una de las patrocinantes de la iniciativa que indultaría más de 45 delitos y 30 de ellos de carácter grave, algunos penados con presidio perpetuo calificado, la condena máxima del sistema.

    Ante las críticas que surgieron luego de los últimos hechos delictivos, mismos de los que podrían librarse quienes los cometieron dos años atrás, Provoste respondió que “nuestro proyecto de ley persigue terminar con las prisiones preventivas injustas”. La senadora aseveró que “nada tiene que ver con los delitos del día de ayer”, en alusión a las protestas de este lunes, y remarcó que “quienes salen a destruir y vandalizar no lo hacen porque creen que serán indultados, sino porque saben que el Gobierno es incapaz de hacer cumplir la ley”.

    El proyecto no solo establece otorgar un indulto para quienes se encuentran sometidos a una investigación formalizada, sino también para imputados y para más de 140 personas que ya fueron condenadas.

    De acuerdo con José Francisco Lagos, abogado y director ejecutivo del Instituto Res Pública, “en el proyecto no se sabe cuántas personas podrían ser beneficiadas por este indulto. Eso es muy decidor porque cuando incluyen delitos como homicidio frustrado uno se pregunta en qué casos los fundamentos políticos podrían llegar a justificar este tipo de actuaciones”. Así como no hay claridad acerca del número de personas que se beneficiarían de una ley como esta, también se cuestiona el amplio catálogo de delitos que perdonaría y que si bien se titula como indulto, en la práctica -para algunos penalistas- lo que se estaría concediendo es una amnistía.

    Según un oficio enviado en agosto por el fiscal nacional, Jorge Abbott, a la Comisión de Constitución del Senado, son 785 las personas involucradas en causas relativas al estallido social y que podrían ser beneficiadas con el proyecto de indulto. De ellas, 53 se encuentran aún en prisión, 7 cumpliendo condena y 46 en prisión preventiva. Lagos señala que, basándose en la razón entregada por Provoste para darle apoyo al proyecto, “lo razonable sería revisar la prisión preventiva para todas las personas y no solamente para aquellos que hayan cometido delitos en el contexto del 18 de octubre”.

    La gravedad estaría en los delitos que busca indultar el proyecto de ley. Según el Artículo 1°, la iniciativa le concede indulto general a todos quienes en “calidad de autores, cómplices o encubridores, en cualquiera de los grados de desarrollo del delito, hayan incurrido o se encuentren imputados por hechos delictivos consistentes en las figuras descritas” en casi 30 artículos del Código Penal, otros del Código de Justicia Militar y los de la Ley de Seguridad del Estado. Todo esto durante hechos ocurridos en “protestas, manifestaciones o movilizaciones sociales”.

    Atentados contra la autoridad, desórdenes públicos, homicidio frustrado, incendio, saqueos, delitos contra la Ley de Control de Armas y contra la Ley de Seguridad del Estado son solo algunos de ellos.

    En orden de los que más se repitieron desde octubre de 2019 y hasta mayo de 2021 están los saqueos o robos en lugar no habitado (355), delitos contemplados en la Ley de Control de Armas (200) -ya sea alzamiento a mano armada o porte de armas prohibidas-, desórdenes públicos (169), contra la Ley de Seguridad Interior del Estado (81) e incendio con daños (47), de acuerdo con los números entregados al Senado por el Fiscal Nacional.

    Doce personas serían indultadas por intento de homicidio, 32 por provocar un incendio con peligro para las personas, 18 por robar con intimidación y 23 por bloquear la circulación con violencia o intimidación.

    El homicidio frustrado, contenido en el Art. 391 del Código Penal, es uno de los más graves que se busca incluir en la amnistía, el que es penado con grado máximo a presidio perpetuo cuando se produce con alevosía, por promesa remuneratoria, por medio de veneno, con ensañamiento o con premeditación y con presidio mayor en su grado medio en cualquier otro caso.

    Los delitos de incendio y quemas también se incluyen para ser indultados. Lo que incluiría la afectación de 118 estaciones de Metro -de las 136 que componen la red- así como la Universidad Pedro de Valdivia, el Museo Violeta Parra e iglesias. No solo los culpables quedarían libres por llevar a cabo incendios, sino que tampoco se podría imputar a quien fuera aprehendido con artefactos, implementos o preparativos dispuestos para ello.

    El indulto además libraría de culpa a los responsables de infringir las reglas de policía dirigidas a asegurar el abastecimiento de los pueblos y de saqueos. En cuanto a la Ley 17.798 de Control de Armas, el proyecto permitiría indultar a los que organizaren, pertenecieren, financiaren, dotaren, instruyeren, incitaren o indujeren a la creación y funcionamiento de milicias privadas, grupos de combate o partidas militarmente organizadas (Art. 8). También a los responsables por la tenencia y porte de armas de fuego, su fabricación e importación; y se extiende a la tenencia y porte de armas absolutamente prohibidas, incluso las de uso bélico (bacteriológicas, por ejemplo), correspondientes a los artículos 13 y 14 de la Ley de Control de Armas.

    “La señal que se está dando es que basta con que tengas la intención política de cometer delitos para que te consideren una persona digna de ser absuelta”, sostiene Lagos. Asegura que “independiente si se llega a aprobar o no, la sola presentación del proyecto ya es una señal de que sus razones son suficientes para cometer los delitos que hacen”.



    El objetivo del proyecto de ley, según los senadores que lo impulsan, es “reconciliar a la sociedad, recuperar la normalidad institucional y el correcto funcionamiento del régimen democrático y las garantías procesales”, aunque la iniciativa no incluye en sus beneficiarios a las víctimas y expresamente afirma que excluye quienes “fueren miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, o funcionarios de cualquiera de los organismos y poderes del Estado a la época de la comisión de los hechos”.

    La iniciativa ha tenido un lento avance en la Cámara Alta donde fue ingresado el 9 de diciembre de 2020. Ha pasado por las comisiones de Derechos Humanos, Seguridad y Constitución del Senado, donde ha sido aprobado con los votos de la oposición. Sin embargo, el proyecto no ha pasado a Sala, ya que necesita un quórum de 26 votos, que incluye dos votos oficialistas, que los senadores saben que no estarán, por lo que lo mantienen pausado.

    Hay también parlamentarios de centroizquierda que se han mostrado críticos ante la iniciativa tanto por su aplicación práctica, como por su calidad técnica. Por ejemplo, el proyecto incluye entre los artículos del Código Penal que indultaría el 449 ter, que sanciona con una pena mayor los delitos de hurto y robo con fuerza con ocasión de alteración del orden público, es decir, se estaría indultando el agravante del delito y no el delito principal, lo que jurídicamente no es posible y en los hechos no tendría una aplicación práctica. El proyecto de ley tampoco excluye del indulto general a quienes sean reincidentes.

    https://ellibero.cl/actualidad/homi...-proyecto-que-impulsa-provoste-y-apoya-boric/

    https://eldiariodesantiago.cl/archivo/99356
     
  2. Hatuey

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    de nuevo este tema ?? 3vez en menos de una semana . andas desesperado en todas tus cuentas DOWNMAN , SPECIALDOWN1 PENEDIMINUTOJOTE.
     
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