“No me voy a negar”: Ricardo Lagos se postula como experto para redactar nueva Constitución

Tema en 'Política Nacional e Internacional' iniciado por Hatuey, 8 Sep 2022.

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  1. Hatuey

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    El ex mandatario entregó un particular consejo al presidente Gabriel Boric por el próximo proceso constituyente. "Mientras elegimos los nuevos constituyentes, yo imitaría al León de Tarapacá", planteó.

    El ex presidente de la República, Ricardo Lagos, se refirió al triunfo del Rechazo en el plebiscito de salida del pasado domingo 4 de septiembre.

    “Tenemos una Constitución vigente hoy y por lo tanto eso es lo que tenemos que aplicar. Cualquier modificación constitucional respecto a lo que tenemos, tiene que seguir los procedimientos propios de la Constitución que hoy nos rige“, afirmó.

    En esa misma línea, el ex mandatario apuntó a los movimientos en el mundo político para llevar a cabo un nuevo proceso constituyente, luego que se rechazara la propuesta de nueva Carta Magna.

    “Si hay decisión de un acuerdo parlamentario amplio y el presidente desea que sea una Convención Constitucional íntegramente elegida y ese es el acuerdo que se llega, eso será”, dijo en conversación con 24 Horas.

    Dentro de las propuestas que han sonado con mayor fuerzas en los últimos días, se encuentra la idea de establecer un grupo de expertos que orienten la redacción de un nuevo texto fundamental.

    Al respecto, el ex jefe de Estado entregó un particular consejo al presidente Gabriel Boric. “El que lleva la batuta en estos burdos es el presidente, si me pregunta el ideal, mientras elegimos los nuevos constituyentes, yo imitaría al León de Tarapacá (Arturo Alessandri). Mientras elegían la asamblea constituyente, nombró a 20 o 25 expertos y dijo ‘tengan un borrador preparado para cuando llegue la asamblea'”.


    Consultado sobre si participaría en un nuevo proceso, enfatizó “eso lo resuelve el presidente, (pero) yo soy un disponible para lo que pueda servir. Si eso ayuda, obviamente no me voy a negar“.

    “Yo quiero a Chile, por eso me metí a hacer estas cosas”, cerró.
    https://www.chvnoticias.cl/convenci...ueva-constitucion-no-me-voy-a-negar_20220907/

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  2. Chayam Anderson

    Chayam Anderson Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Les comparto el Articulo 142 de la actual CONSTITUCION VIGENTE.

    https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242302


    Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.
    Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que el electorado apruebe o rechace la propuesta.
    El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.
    El elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.
    No incurrirá en esta sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
    Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.
    El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al juez de policía local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley Nº 18.287. El director del Servicio Electoral deberá interponer las respectivas denuncias dentro del plazo de un año desde la celebración del plebiscito.
    En el plebiscito señalado, el electorado dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?" o "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la segunda, la palabra "Rechazo", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.
    Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, como resultado de la aplicación de la regla precedente, el plebiscito cayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.
    El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.
    Si la cuestión planteada al electorado en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo Nº 100, de 17 de septiembre de 2005.
    La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente a todos los establecimientos educacionales, públicos o privados; bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.
    Si la cuestión planteada al electorado en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.


    Estos politicos CULIAOS nos están metiendo nuevamente el pico en el ojo, el texto es claro y no merece mayor análisis. No pueden cocinar una wea entre 4 paredes, si quieren una constitución nueva desde cero debe ser via llamado a plebiscito de entrada consultando si queremos una nueva o modificar la actual- La votación fue clara y demoledora 62% RECHAZO un nuevo texto, si de simple.
    Reformen la constitución actual , mejoren la wea pero volver a siquiera insinuar gastar 68.000 millones de pesos en un nuevo proceso solo para dejar tranquilos a los zurdos y progres culiaos???? vallase a la chucha.

    Después andarán llorando NO LO VIMO NAAA BENIR!!!!
     
    #2 Chayam Anderson, 8 Sep 2022
    Última edición: 8 Sep 2022
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  3. andjordi

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    ESTIMADO TONTITO, LA VOTACION FUE CLARA Y DEMOLEDORA, EL 80% DEL ELECTORADO QUIERE UNA NUEVA CONSTITUCION, SOLO NO LE GUSTÓ LA QUE SE PLANTEÓ. HAY QUE HACER OTRA HASTA QUE SE APRUEBE, ENTIENDE O SE LO DIBUJO?
     
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  4. ap85

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    a lo que va es que ya quieren hacer una nueva CC, escudándose en el 80/20 del plebiscito anterior (el mismo boric lo dijo), pero para eso tendrían que hacer una reforma constitucional. La duda es si la gente querrá una nueva con la experiencia anterior: soberbia de algunos, intolerancia, gastadero de plata, etc :cafe:

    preferiría cualquier otra forma pero no una nueva CC :cafe:
     
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  5. Chayam Anderson

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    AWEONADO. Debe ser plebiscitado la consulta del proceder, que tu les creas a estos csm es tu tema.
    La constitución y ley actual rige asi que puedes seguir soñando y llorando por tu constitución progre....

    Asi es mi estimado, la falta de compresión lectora de algunos especímenes es brutal...
    KERIMO IDUCASION DE CALIDA YAAA !!!!
     
    #5 Chayam Anderson, 8 Sep 2022
    Última edición por un moderador: 8 Sep 2022
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  6. alvacort

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    No hay gente dispuesta a defender eso. La calle aún es de la izmierda.
     
  7. Carlos Vilchez

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    ajajja :lol: :lol:
     
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  8. terubian

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    ese proceso se cerro el 4 de septiembre , aun que no te guste , ahora si quieren abrir otro proceso deben hacer un plebiscito si o si , el merluzo y los partidos politicos están jugando con fuego si quieren saltarse las reglas
    yo tambien quiero una nueva cc pero eso no significa que no se deba hacer un nuevo plebiscito y volver a preguntar a la gente , ya que el triunfo del rechazo fue contundente y mas legitimo que ese 80/20 que ya no corre.
     
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  9. pedro el sacerdote

    pedro el sacerdote Usuario Casual nvl. 2
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    porque dejan que esta MINORIA haga un tema? si perdió?
     
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  10. Gato.negro

    Gato.negro Usuario Habitual nvl.3 ★
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    momia conchetumadre con el transantiago ya hiciste más que suficiente. Mejor dedicate a cualquier otra weá o de plano trabaja flojo culiao ridiculo.
     
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  11. Saul Goodman

    Saul Goodman Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Y aun los tontorrones creyendo en "Boric mi presidente y su gobierno piensan en nosotros el puebloh" "La Izquierdah revolucionariah nos salvara" "Muerte a la derecha y los fachoh politico" "Viva el aprueboh y picoh zorrah al rechazo" :charcheteo: y sin embargo, politicos de izquierda y derecha, apruebo y rechazo, y obviamente el gobierno de BOOOORICCCC, todos ahí de las manos encerrados en cuatro paredes levantando otro proceso en el que "el puebloh" vale pico y no tiene voto.... los mismo que decían;



    Péguense la cacha luego po weones pajarones, es simple, los politicos de el lado que sea no están ni ahí con Chile y los Chilenos, la mano esta es salirse de los partidos políticos y recordarles a los pajaritos políticos canallas que no pueden saltarse las leyes;

    Constitución Política de Chile Artículo 7.
    Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.
    <<Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale.>>

     
  12. Bassmann

    Bassmann Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Estimado, usted está equivocado, usted no se puede hacer un barco pirata con las leyes vigentes.

    El proceso de Nueva Constitución terminó con el plebiscito de salida el 04/09/2022.

    No se puede abrir un nuevo proceso en base al resultado del anterior. Lo que se debe hacer ahora es consultar nuevamente a la ciudadanía si quiere una NC, y el método que se va a utilizar.
     
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