Video Expresidenta del TC dice que ministra Fernández y senadora Allende "deben cesar cargo"

Discussion in 'Noticias de Chile y el Mundo' started by Centurion_cl, Jan 9, 2025.

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  1. Centurion_cl

    Centurion_cl Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Expresidenta del TC dice que ministra Fernández y senadora Allende "deben cesar cargo"

    Considera como un autogol del gobierno la fallida compra de la casa del expresidente Salvador Allende; este tema continúa en discusión.

    Tras la destitución de la ministra de Bienes Nacionales, Marcela Sandoval, ahora el Partido Republicano acude al Tribunal Constitucional para destituir a la senadora Isabel Allende, por presuntamente haber firmado la compra-venta de la propiedad, violando el artículo 60 de la Constitución.

    En esta línea, en Expreso Bío Bío conversamos con la expresidenta del Tribunal Constitucional, Marisol Peña.

    La exministra dijo que a su juicio “ambas deben cesar cargo”.

    “Lo que el TC debe constatar es la comisión de un ilícito constitucional. Se celebró o no se celebró, o se ocasionó un contrato cualquiera y en este caso es un contrato de compra-venta”, explicó.

    La experta explica que, en el caso de constatar lo ocurrido, se debe operar la norma constitucional. Esto llevará al TC a declarar la cesación del cargo.

    “A mi juicio, este es uno de los casos más inequívocos que yo tenga conocimiento que se hayan producido en el ordenamiento jurídico chileno”, manifestó.

    Peña indicó que ella le cree a la senadora Allende cuando dice que procedieron con buenas intenciones, sin embargo, “eso no quita que ella estuvo pésimamente mal asesorada. Tanto ella como la ministra Maya Fernández”

    Exministra Peña: “Hay un elemento democrático que está en juego”
    La exministra explica que las causales deben “ interpretarse estrictamente. Porque no es menos cierto que hay un elemento democrático que está en juego, sobre todo en el caso de la senadora Allende”.

    Esto porque la exministra explica que la senadora fue investida en el cargo producto de un voto de confianza de los electores.

    En el caso de la ministra Fernández, explica que ella fue investida en el cargo producto de la confianza que un régimen presidencial “le mereció su persona al Presidente de la República”.

    “A mi juicio, en estos dos casos, el TC va a tener una tremenda complicación, puesto que es tan prístino desde el punto de vista jurídico que el contrato se celebró. Yo no veo cómo pueda construir el Tribunal una argumentación jurídica constitucional que permite decir ‘mire, no se celebró’”, argumento.

    ¿Cuáles son los artículos que faltaron la ministra y la senadora?
    La también directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo explica que en su expertis como abogada, encuentra “increíble que un acto de esta naturaleza haya pasado por varias instancias, varios ministerios y entidades públicas y nadie haya sido capaz de advertir la doble inconstitucionalidad que se estaba produciendo”.

    Y como exministra del TC, explicó que “es un caso más que va a llegar”, esto porque “ha habido varios”.

    “Me extraña porque escuché declaraciones que decían que esta norma del Artículo 93, número 14, en la Constitución, que le da facultades al TC para conocer de este tipo de requerimientos en orden a producir la cesación del cargo de un parlamentario o de un ministro -en el caso del número 13- eran letra muerta”, explica

    Peña explica que no es la primera vez que se han ejercido acciones o requerimientos en ese orden. Por ejemplo, uno en contra el senador Lavandero, en contra el senador Navarro Brain y el último fue contra el señor Hugo Gutierrez.

    “Otra cosa es que ellos no hayan prosperado. En el fondo, es la misma causal, pero está consignada en normas diferentes”, explica.

    La exministra explica que el Estatuto Constitucional de los ministros de Estado está en el capítulo cuarto de la Constitución, ya que es un capítulo destinado al Gobierno y al Presidente de la República.

    Mientras, agrega que el Estatuto Constitucional de los Parlamentarios está en el capítulo quinto de la Constitución, sobre el Congreso Nacional.

    En el caso de la ministra Maya Fernández, detalla que se aplica el Artículo 37 bis, que forma parte del estatuto de los ministros de Estado y “fue introducido por una reforma institucional oficiada por la expresidenta Michelle Bachelet en el año 2021”.

    Mientras que en el caso de la senadora Isabel Allende, detalla que es el estatuto que se le aplica el Artículo 60, inciso segundo.

    “La norma dice exactamente lo mismo, es una prohibición de celebrar contratos con el Estado mientras se tenga el cargo respectivo”, puntualizó.

    https://www.biobiochile.cl/biobiotv...ez-y-senadora-allende-deben-cesar-cargo.shtml

     
  2. Sin Ley

    Sin Ley Usuario Casual nvl. 2
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    Deberian expulsar a esos 2 parásitos, la nieta ha engordado de tanta plata que a chupado del estado, solo por ser la nieta de allende, cero mérito, ni si quiera debe saber hacer un legajo con oficios.
     
  3. whisky

    whisky Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Son zurdas....se meten en la raja la ley, y su mierda de presidente laa ampara.
     
  4. andjordi

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    Íbamos tan bien con la noticia, hasta que leí "Bachelet 2021" y yo... what???????
     
  5. jimmyvalpo

    jimmyvalpo Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Estas zurdas podridas por la ambición deberían dejar supuesto hoy mismo por faltar al articulo de la constitución donde dice claramente que ningún ministro, diputado o senador debe vender o adquirir bienes inmuebles del o al estado.
     
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