la legitima defensa se utiliza con 3 requisitos copulativos y obligatorios! 1- racionalidad del medio empleado para prevenir o repeler el peligro: el tipo disparaba en plena calle? y el peligro hacia las demás personas? el resguardo de la seguridad de la sociedad?, cagó al tiro con ese derecho. 2- la conducta debe ser empleada sin provocación previa por parte de quién la emplea: si bien el tipo se "defendió" exacerbó la utilización de su derecho. 3- agresión ilegitima: en éste caso se configura pero como utilizo de forma in debida el medio empleado (disparos a plena calle y en persecución vehícular) no se configura la legitima defensa. en todo caso te dejo el art 10 del código penal para que veas a lo que me refiero. "Art. 10. Están exentos de responsabilidad criminal: NUMERAL 4 ! 4.° El que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes: Primera. Agresión ilegítima. Segunda. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Tercera. Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende." Saca tus conclusiones.
un flaite menos, murio en su ley, pero eso como dijeron, no es legitima defensa, para que lo sea, el cuma debio haberlo apuntado y el quitarle el arma.
LOOOOOOOOOOOOOOOOL? LO LAMENTAS POR LA FAMILIA DEL FALLECIDO el se lo busco si hubiera estado trabajando como todos los demas en vez de andar cogoteando no hubiera muerto ,