El rol del Consejo Nacional de Televisión

Tema en 'Noticias de Chile y el Mundo' iniciado por rolitox85, 15 Abr 2019.

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  1. rolitox85

    rolitox85 Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    El reciente fallo de la Corte de Apelaciones, que confirmó la multa de 200 UTM impuesta por el Consejo Nacional de TV (CNTV) a Canal 13, tras sancionarlo por las “expresiones ofensivas” contenidas en una rutina del humorista Daniel Alcaíno durante el programa Vértigo, reabrió el debate sobre si ese organismo debe seguir manteniendo una potestad sancionatoria sobre lo que se exhibe en la televisión chilena. De acuerdo con la resolución del tribunal, que acogió los argumentos presentados por el CNTV, las alusiones del humorista “fueron una burla a la dignidad de aquellos que, en el ejercicio de la libertad de conciencia, consideran sagrada” a la Virgen María. Según el fallo, Alcaíno “abusó de su derecho (a la libertad de expresión), pues, al amparo de su ejercicio, incurrió en mofa y menosprecio de un símbolo” que para algunos tiene carácter sagrado. Por su parte, el director ejecutivo de Canal 13 cuestionó la decisión y aseguró que el actuar del CNTV “busca inhibir el ejercicio legítimo de la libertad de expresión, incluso del humor”.

    La Constitución y la ley le encomiendan al Consejo Nacional de Televisión “la función de velar por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión, mediante la supervigilancia y fiscalización del contenido de las emisiones”. Esa instancia, formada por 11 miembros designados por el Presidente de la República en acuerdo con el Senado, se rige, sin embargo, por una ley que establece criterios generales sobre los contenidos que deben ser sancionados, lo que deja un espacio amplio para la discrecionalidad, con las consecuentes arbitrariedades que ello pudiera conllevar.

    Por eso, más allá del caso específico que reabrió la discusión, es válido preguntarse si actualmente debe existir un organismo específico encargado de velar por lo que corresponde o no exhibir en un medio de comunicación o determinar si el contenido es o no ofensivo. Parece más acertado que sea la justicia la que resuelva si alguien se siente afectado y no un ente intermedio, designado además de acuerdo a criterios políticos y no por consideraciones técnicas.

    La libertad de expresión está garantizada por la Constitución y existe una amplia normativa legal que le entrega a la ciudadanía los instrumentos para recurrir a la justicia cuando estima que sus derechos están siendo vulnerados. El camino para enfrentar eventuales abusos cometidos en el ejercicio de la libertad de expresión debe realizarse, por ello, a través de tribunales y no por medio de entes como el CNTV, cuyas funciones y facultades deberían ser revisadas.

    Los medios deben tener plena libertad para determinar sus propias líneas editoriales, de manera responsable y dentro de los márgenes que establece la ley. De no hacerlo, serán finalmente los tribunales de justicia y la propia preferencia del público la que termine por sancionarlos.

    Pero para transitar efectivamente hacia un esquema de autorregulación, es clave que los canales refuercen sus estándares editoriales y eviten la ofensa gratuita, grosera o el descrédito a creencias religiosas, que solo terminan perjudicando el propio ejercicio de la libertad de expresión.

    Fuente: latercera.com
     
  2. rolitox85

    rolitox85 Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Como dijo Juanes: démonos la mano, vayamos todos a soñar con la paz.
     
  3. dudeofwar

    dudeofwar Usuario Casual nvl. 2
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    YouTube hace que muchos nos riamos del CNTV
     
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