135 matrimonios con adolescentes se han realizado en Chile entre 2018 y 2020

Tema en 'Noticias de Chile y el Mundo' iniciado por bluescifer, 1 Oct 2021.

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  1. bluescifer

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    Yasmín* cuenta que a su mamá la casaron cuando tenía 14 años con un hombre de 21 años, porque quedó embarazada de él tras ser abusada. Sufrió de maltrato físico y psicológico durante 18 años. El hombre con quien la casaron estuvo a punto de asesinarla en más de una ocasión, debido al maltrato al que la sometía, cuenta.

    Carola* relata que a su abuela, cuando tenía 14 años, la obligaron a casarse con su violador, quien tenía casi 40 años y era casado, porque la embarazó. El bisabuelo de Carola era carabinero, y para que no lo acusaran de poligamia, en el Registro Civil le cambiaron el nombre. Tuvieron 8 hijos.

    Denise* también alza la voz por su abuela, quien fue entregada al cuidado de una tía cuando falleció su mamá, eran muy pobres y vulnerables, el papá “aparecía solo por plata, mi abuelo ofreció terrenos a cambio de mi abuela, ella estaba enamorada de otra persona, siempre dijo que le habían arrebatado su vida porque nunca quiso a mi abuelo, tuvieron 5 hijos y mis tíos creen que pudo haber existido otro hermano, tienen la sospecha de que mi abuelo hizo algo, ya que lamentablemente fue muy malo en su juventud”.

    A cualquiera que lea estos relatos, puede parecerle que son historias del siglo pasado, pero lamentablemente la historia se vuelve a repetir una y otra vez.

    Según el estudio “Matrimonio adolescente en Chile: una realidad a erradicar”, realizado por el Observatorio de Derechos de la Defensoría de la Niñez a fines de agosto, desde 2015 a 2021 se han contraído un total de 457 matrimonios que involucran a adolescentes.

    Entre 2018 y 2020 han sido 135 matrimonios, y las regiones Metropolitana, de Valparaíso, Biobío y La Araucanía concentran la mayor cantidad. Respecto de la relación de edad entre hombres y mujeres, la edad promedio de las mujeres adolescentes era de 16,9 años en un rango de entre 16 y 17 años, que es donde la ley actual permite el matrimonio adolescente. La de los hombres era de 23, en un rango que llega hasta los 38 años. Por tanto, son principalmente adultos hombres quienes están interactuando en el contexto del matrimonio con adolescentes.

    Para la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, es muy preocupante que existan matrimonios que involucren a menores de edad. “Existe la necesidad de erradicar una práctica nociva que, independientemente del lugar donde se pueda practicar, como se ha sostenido por Unicef, es un reflejo de valores que están fuertemente arraigados, menospreciando, menoscabando a las niñas, y que las priva efectivamente del desarrollo de sus derechos y de un desarrollo integral y armonioso”, explica en conversación con El Mostrador Braga.

    Tanta es la vulneración, que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el año 2014, aprobó su informe sobre la prevención y eliminación del matrimonio infantil precoz y forzado, porque afecta los diversos espacios el ejercicio de sus derechos, generando posibilidades de violencia física, psicológica, económica y sexual.


    Chile, desafortunadamente, a pesar de la recomendación que el año 2015 emitió el Comité de los Derechos del Niño(a), no ha modificado la Ley de Matrimonio Civil (número 19.947), que permite el matrimonio desde los 16 años de edad. Situación que desde la perspectiva de la Defensoría de la Niñez, debiera ser modificada para consagrar como edad mínima para contraer matrimonio la edad de 18 años, en el contexto de la mayoría de edad.

    Esto, además, “sería coherente con la existencia de otras disposiciones de nuestra legislación donde para nuestro país, normativamente, resulta más preocupante o, más bien, atendible en términos de protección jurídica, la adquisición de un bien o la enajenación de un bien por parte de un adolescente que la posibilidad de que pueda incurrir en un matrimonio”, comenta Muñoz.

    En este sentido, la defensora explica que el Código Civil establece la obligatoriedad de la designación de un “curador ad litem”, o sea, un representante de los intereses del adolescente cuando este pretende enajenar un bien. Pero cuando se trata, por ejemplo, de permitir el matrimonio sobre los 16 años, “no exige ninguna consideración de esta índole que pueda representar sus intereses y velar efectivamente por su interés superior, lo que da cuenta de una vulneración a lo que se mandata desde la Convención de los Derechos del Niño y la Niña”.

    Es por ello que exige, como punto de modificación, que el Estado modifique la Ley 19.947, estableciendo que la edad mínima para contraer matrimonio sea la de 18 años.

    La diferencia de edad
    Las posibilidades de vulneración de derechos en un contexto de un matrimonio con una diferencia de edad importante entre la adolescente y el marido, no solo merma la propia autonomía y el ejercicio de los derechos de la niña o adolescente involucrada, sino que también abre espacios a “vulneraciones y violencias que sin duda son significativas y que debemos prevenir a toda costa, como la violencia física, psicológica, económica y sexual. También en algunos contextos, si hablamos de matrimonios forzados, por ejemplo, pueden implicar situaciones que se correspondan a una analogía de la esclavitud, como el matrimonio servil o servidumbre infantil, vulneración que equivale a las peores formas de trabajo infantil”.

    Finalmente, para Patricia Muñoz, “este es un tema que debe ser tema”. Desde la Defensoría ven como urgente la reforma a la ley, para evitar cualquier demostración o experiencia de abuso y de asimetría de género hacia las niñas y adolescentes que amenace el ejercicio de sus derechos, esto porque “para que ellas puedan desarrollarse íntegramente y vayan adquiriendo precisamente aquellas habilidades en lo que involucra su autonomía progresiva, deben desenvolverse en un contexto libre de violencia de género. Y nos parece que la mantención de la regulación legal existente en nuestro país, no colabora en aquello”.

    Fuente: https://www.elmostrador.cl/braga/20...-se-han-realizado-en-chile-entre-2018-y-2020/
     
  2. sulphur

    sulphur Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Hay algo mal en cuanto a la edad de relación sexual con consentimiento, 14 años?? No te sabes ni poner bien los calcetines wn… puede sonar muy perno la wea, pero la edad mínima debiese ser a los 18 años, mucho amor podrá haber, para que decir a los 16, no tienes puta idea qué haces, más si es matrimonio, piensas en jugar a la casita y a los invitados.
    Para las zonas rurales se ve mucho esto, pero más la convivencia, pendejas de primero medio con weones de 30 años, viviendo con los padres, o sea no hay educación ni menos criterio en ese caso, cabras que llegan hasta 8vo básico y se van a criar al hijo en una media agua construida en el patio de los suegros, así se constituye una futura familia pobre, con un esposo maltratador y alcoholico.
     
  3. fernax666

    fernax666 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Chile en la edad media
     
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  4. Hatuey

    Hatuey Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Y el con los niños NO! . :awesomehands::awesomehands:
     
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