Saludos, les dejo este tema que considero apropiado poner en el tapete... Resulta que nuestra sociedad está muy acostumbrada a estigmatizar la pedofilia como uno de los peores actos que se pueden cometer, lo cual está obviamente bastante bien, pero hace que se olvide un debate que a mi juicio es muy importante y es un tema del que creo que en chile se debería empezar a conversar, y consiste en responder a una simple pregunta: ¿cuando la pedofilia es efectivamente pedofilia? La ley contempla que las personas pasan a ser adultas de frentón a los 18 años, entonces cuando una persona tiene 19 y se relaciona con otra de 17 la ley pasa a ser estúpida porque la diferencia de edad es mínima. En estados unidos ya solucionaron este problema por lo que tengo entendido, allá solo se considera pedofilia cuando la diferencia de edad sobrepasa una cierta cantidad de años, y creo que en chile hace falta una ley así.
Estoy de acuerdo con considerar la diferencia de edad. No es lo mismo alguien de 15 con alguien de 19, que alguien de 15 con alguien de 30. Toda la razón. Igual yo bajaría la edad para poder tener relaciones, de 18 a 16. Creo que a esa edad uno ya cacha perfectamente como son las hueás.-
amigo infórmese, eso está muy claro y normado en chile también. pd: déjese de andar rondando por los colegios de niñas.
Partamos porque el término pedofilia no es un término que se use a nivel legal o no que yo sepa al menos. La ley no te va a castigar si existen relaciones sexuales de un adulto de 19 años con una persona de 17 años. La relación sexual entre una persona de 14 a 18 años con un adulto da lugar a la figura del estupro, que es una figura que requiere determinados requisitos, como por ejemplo el abuso de una relación de dependencia. Caso típico: profesor-alumno. Por tanto, da lo mismo lo que se considere pedofilia o no, ya que para efectos legales no genera ningún problema.
No sabia que legalmente se consideraba la diferencia de edad. Siempre pensé al igual que pablecio que en chile existía un vacio en la ley con respecto a esto, esto por que a mi tio (igual esto paso hace unos 20 años) lo metieron preso por tener relaciones con una menor de edad (su diferencia de edad no superaba los 3 años "17 - 20"), como los viejos de la mina los pillaron en pleno acto en la casa de ella, el viejo se enfureció y lo demando y callo preso.
Art. 363. Será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, el que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de edad pero mayor de catorce años, concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: 1º Cuando se abusa de una anomalía o perturbación mental, aun transitoria, de la víctima, que por su menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno. 2º Cuando se abusa de una relación de dependencia de la víctima, como en los casos en que el agresor está encargado de su custodia, educación o cuidado, o tiene con ella una relación laboral. 3º Cuando se abusa del grave desamparo en que se encuentra la víctima. 4º Cuando se engaña a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual.
Aclara ese punto, induce a error; y aprovecha de explicar que el estupro es una figura residual, después de la última modificación importante a los delitos sexuales en el CP. Tú sabes de qué hablas. Aquí me quedo leyendo.-
Se refiere a la persona que es mayor de 14 años y menor de 18 años que tiene relaciones sexuales con un adulto, aun cuando se haga voluntariamente siempre que concurrieren algunos de los requisitos que ahí se enuncian. El estupro se configura siempre que de los hechos se pueda determinar que no se está ante una violación o de algún abuso sexual. Es decir, aun cuando estemos ante una relación sexual voluntaria de parte del chiquillo de entre 14 y menor de 18 años y el adulto, de todas formas el delito de estupro se puede configurar concurriendo algunos de esos requisitos. Como decía, caso típico: profesor-alumno. (en este caso cuando se abusa de la relación de dependencia) Deberías decir qué pasó con tu tío-
En estados unidos ya solucionaron este problema por lo que tengo entendido, allá solo se considera pedofilia cuando la diferencia de edad sobrepasa una cierta cantidad de años, y creo que en chile hace falta una ley así. 7 años para ser preciso .
Si, yo creo que deberían cambiar estay ley, aparte las cabras chicas parecen de 25 y en mas de una ocación me han vendido la poma x'D Vamos al congreso! ..
El compadre quedo preso por no se cuanto tiempo, la mina (según mi tío) fue chantajeada por el padre (que resultaba ser el jefe de mi tío y dueño de una empresa grande) no fue mucho el tiempo en la carcel en realidad, quizás por la falta de pruebas medicas o que se yo, pero aun así callo preso y el viejo se salio con la de él. Al fin y al cabo le paso por caliente al hueon y no ha cambiado en nada, mi tio jura que fue con consentimiento de la mina ya que ella tenia pareja en ese tiempo y para entrar a la casa de la mina forzosamente tendría que haber entrado poco menos como ninja por que era casa de barrio alto (todo esto según mi madre y mi tio) jajajaja Gracias por la aclaración viejo, ahora entiendo un poco mas la ley esta.