Habemus reglamento

Tema en 'Política Nacional e Internacional' iniciado por bluescifer, 12 Oct 2021.

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  1. bluescifer

    bluescifer Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Hola,

    Este jueves 7 de octubre POR FIN terminó la votación de los cinco reglamentos de la Convención Constitucional (CC) y, tras una semana de trabajo territorial, el próximo 18 de octubre se constituirán las comisiones permanentes que comenzarán a redactar la nueva Constitución. Como ya es costumbre, hubo que superar algunos obstáculos antes de llegar a puerto.

    ¿Qué obstáculos? ️
    Quizás recuerdes las últimas cosas que te conté sobre el reglamento de Participación y Consulta Indígena: la propuesta hecha por la comisión decía que el resultado de dicha consulta era vinculante, lo que generó preocupación entre el resto de los convencionales, porque significaba que quedaría directamente como norma constitucional. Ante la posibilidad de rechazo, los integrantes de la comisión explicaron que el carácter de vinculante no debía ser leído de manera literal y se comprometieron a ingresar una indicación con una redacción más clara. Finalmente, dicha indicación no afectó a un artículo en particular, sino que era un reglamento completo que buscaba sustituir al que habían presentado originalmente. En ese momento te comenté que sería muy difícil adecuar ese nuevo texto a las indicaciones que se habían presentado a la propuesta original. El problema es que nadie se adelantó a eso y el día en que había que votar, el viernes 1 de octubre, ardió Troya .

    ¿Por qué?
    La indicación buscaba dar una señal de unidad entre representantes de escaños reservados –te he contado que hay diferencias entre ellos– y había sido patrocinada por más de 80 convencionales. Bastaba con que todos ellos lo apoyaran para que se aprobara, pero al momento de votar algunos se dieron cuenta de que en la práctica eso significaba que no había posibilidad de cambiar el texto y ese sería el reglamento definitivo. Hubo airados reclamos: unos acusaron que era una cocina y otros defendieron que después de siglos de invisibilidad era el momento de los pueblos originarios de definir sus propias reglas. Al final la mesa ampliada se reunió y determinó que se votaría la mega indicación y, si se aprobaba, se intentaría ajustar las indicaciones que fueran coherentes con el nuevo texto. El resultado: 103 votos a favor.

    ¿Qué pasó después? ️
    El lunes por la tarde, luego de que en la mañana se aprobara declarar en “estado de emergencia climática y ecológica” a la Convención Constitucional, se votaron las indicaciones. Casi todas fueron rechazadas. En el punto que había sido más controvertido, la nueva redacción define el carácter vinculante de la consulta indígena diciendo que los acuerdos alcanzados en ese proceso deben incorporarse en los informes de las comisiones y en las propuestas de normas constitucionales, pero luego serán votados por el pleno siguiendo las normas generales.

    ¿Qué más incluye? ➕
    Crea una Secretaría de Participación y Consulta Indígena, que deberá planificar dichos procesos, y una Comisión de Derechos y Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad. Estos dos órganos no fueron aprobados en el reglamento general y a algunos les preocupa cómo se van a implementar, sobre todo porque la comisión se encargará de redactar las propuestas de normas constitucionales en este ámbito y no forma parte de las comisiones permanentes a las que el reglamento general les encargó esa tarea. Otras personas con las que conversé creen que es más simple, pues bastaría con que este reglamento específico lo determine.

    ¿Faltaba otro reglamento?
    Sí, el de Participación y Educación Popular, que también contiene normas importantes. Al igual que el de Participación y Consulta Indígena, este reglamento crea una secretaría técnica y una comisión permanente, pero en este caso no se le encomienda redactar normas constitucionales. El texto aprobado establece una serie de mecanismos de participación, tanto virtuales –a través de una plataforma digital– como presenciales: encuentros autoconvocados, cabildos, visitas a comunidades del pueblo tribal afrodescendiente, actividades en recintos penitenciarios, programa de educación popular constituyente, mecanismos de participación para comunidades migrantes, rurales, personas cuidadoras, además de niños, niñas y adolescentes, entre otros grupos.

    A algunos les preocupa que sea factible llevar a cabo todo eso en nueve meses. En la sesión, el convencional Arturo Zúñiga (UDI) mencionó que era poco realista realizar tantas actividades en el tiempo que queda, mientras que el convencional Ricardo Montero (PS) me comentó que «la participación popular es el alma del proceso constituyente y es esencial que se implemente de la mejor forma, pero, a la vez, tenemos que ver cómo somos capaces de cumplir con las expectativas que estamos creando, considerando particularmente el acotado tiempo que tenemos para implementarla».

    ¿Habrá participación vinculante?
    Sí. Aunque se rechazó la idea de que si se juntaban más de 3,7 millones de firmas las normas fueran directo a la Constitución, se aprobó la iniciativa popular de norma, en la que pueden participar personas desde los 16 años. Si se juntan 15 mil firmas digitales de al menos cuatro regiones, las propuestas deberán ser tramitadas de la misma forma que si las presentara un convencional.

    ¿Y los plebiscitos dirimentes?
    Es un solo plebiscito, no te confundas. Y todavía no hay ninguna seguridad de que vaya a realizarse.

    ¿Cómo?
    La norma aprobada por la Convención Constituyente reconoce que es el Congreso el que debe hacer una reforma constitucional para habilitar el plebiscito dirimente. Ni siquiera es seguro si esa iniciativa la votará el actual Congreso o el que se elija en noviembre. Y tampoco si en alguno de esos casos se alcanzarán los dos tercios requeridos para aprobar una reforma constitucional como esta.

    La derecha, además, volvió a amenazar con recurrir a la Corte Suprema para reclamar por el plebiscito, ya que lo consideran una forma de eludir la regla de los 2/3. Sin embargo, según informó Pauta, ahora no sólo les falta una firma para presentar un recurso legal, sino que convencionales de Renovación Nacional estarían dudando si adherir.

    ¿Qué pasa si el Congreso aprueba el plebiscito?
    En ese caso, se realizará un plebiscito respecto de aquellas normas que en la Convención Constitucional no logren un quórum de 2/3 pero superen los 3/5. Si lo plebiscitado se aprueba, la norma deberá ir directamente al texto de la Constitución. De realizarse, el plebiscito tendría lugar antes de 30 días de que termine de funcionar la Convención. Y, al final, como está establecido desde el principio, deberá realizarse en plebiscito “de salida” para aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.

    Fuente: https://www.ciperchile.cl/2021/10/08/🤖-habemus-reglamento/
     
  2. alvacort

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    Ojala vayan a celebrar el 18 a plaza DISNIDAH para que los reciban con el mismo amor que a la Pikachu.

    A verdah!!! Andan bajo las faldas de LA YUTA HERMANEH!!
     
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  3. manases

    manases Usuario Habitual nvl.3 ★
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    si llegan a terminar la constitucion en el plazo indicado, jaime guzman y la comision ortuzar ...fueron wenos....weones inutiles.
     
  4. EL CERDO

    EL CERDO BANEADO
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    Que la presenten en plaza italia...y que la lea la picachu...

    :lol:
     
  5. Walter Nelson

    Walter Nelson Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    La ultraderecha fascista ni siquiera consiguió los votos para ir a la suprema


    penita
     
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