Puedo demandar a mi padre???

Tema en 'Cementerio De Temas' iniciado por iori_kof, 23 Ago 2012.

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  1. iori_kof

    iori_kof Usuario Nuevo nvl. 1
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    No sabía donde colocar esto, así que pediré ayuda por acá no mas donde están los sabios del portal.


    El asunto es que me puse a estudiar una carrera técnica y solo me falta realizar la práctica y el examen de título pero debo dinero en el instituto del semestre pasado y también debo pagar el último semestre, cabe destacar que yo me estaba pagando la carrera pero quedé sin pega y por ende no pude costearla, y quisiera saber si puedo demandar a mi padre para que el corra con los gastos correspondientes ya que el nunca me ha ayudado económicamente y de ser así quisiera saber cuales son los pasos a seguir.

    Cualquier tipo de información será muy bien recibida :)

    PD: Tengo 22 años.


    Saludos.
     
  2. Jerovlad

    Jerovlad Usuario Nuevo nvl. 1
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    Si estás reconocido por él si puedes, pero previo a la demanda es necesario que asistas al centro de mediación, donde los citaran a ambos, de modo de poder llegar a un acuerdo pre-judicial (no necesitas abogado). Esto es requisito para poder demandar posteriormente, para presentar la demanda y en lo sucesivo del juicio necesariamente debes contar con el patrocinio de un abogado, te recomiendo que vayas a la corporación de asistencia judicial de tú comuna, donde existe la posibilidad (dependiendo ingresos) que te asesoren de forma gratuita.

    La ley civil establece que los alimentos se deben a los hijos hasta los 21 años, aumentando este plazo hasta los 28 años en caso de que el hijo en este caso, esté estudiando alguna profesión u oficio o sufra alguna incapacidad.

    Ahora bien, existe la posibilidad de que no se concedan los alimentos a los mayores de 21 años, en caso que el alimentante (tu padre), demuestre que tienes ingresos suficiente como para poder ser autovalente.
     
    #2 Jerovlad, 23 Ago 2012
    Última edición: 23 Ago 2012
  3. edu78

    edu78 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    uta compadre en buena, tai viejo ya, te creo a los 15 pero no a los 22, entiende que ya eres adulto, ya debes pensar en madurar, debes rascarte con tus propias uñas.
     
  4. fisc_41

    fisc_41 Usuario Casual nvl. 2
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  5. Mysterion

    Mysterion Usuario Casual nvl. 2
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    Da lo mismo, básicamente puede demandarlo hasta los 28 si está estudiando :)
     
  6. gO.OnE

    gO.OnE Usuario Nuevo nvl. 1
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    esto .
     
  7. edu78

    edu78 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    hijitos de papá, descripción al cayo.
     
  8. Jerovlad

    Jerovlad Usuario Nuevo nvl. 1
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    Explícate.-
     
  9. VersO_

    VersO_ Usuario Nuevo nvl. 1
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    No se nunca pense demandar a mis padres. Pero creo que ya sos un huevon y no puedes.
     
  10. edu78

    edu78 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    hijo de papá:
    el que es mimado y se le conceden sus caprichos.
    que no se sabe valer por si mismo.


     
  11. Tona2

    Tona2 Usuario Casual nvl. 2
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    Entiendo que eres hijo de madre soltera y que tu padre jamas te ayudó. Lo que debes hacer es demandarlo. Comienzas por mediación y luego, en caso de no llegar a acuerdo, se le demanda por pensión. Todo es bastante rápido y no requiere abogado.

    Aaaa.. el está en la obligación de darte pensión hasta que termines de estudiar o cumplas 28 años.
     
  12. Euskade

    Euskade Usuario Nuevo nvl. 1
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    La educación es un capricho? LOL
     
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