COMPRAR UNA CASA, EL CONSEJO DEL NOTARIO: LA IMPORTANCIA DEL CONTRATO PRELIMINAR
La compra de
pisos en alquiler es una de las transacciones económicas más importantes en la vida de una persona, y para proteger mejor a los ciudadanos, el Estado exige que el contrato sea celebrado por un funcionario público imparcial y especializado en la materia: el notario.
Ante el notario antes de cualquier firma
El notario, de hecho, actúa por ley en una posición de imparcialidad e independencia con respecto al vendedor y al comprador, garantizando que la compra de la propiedad se realice de acuerdo con todas las normas legales. Por eso es aconsejable que el comprador (casi siempre la parte más débil de la venta) se ponga en contacto con el notario de su elección desde el principio de las negociaciones, incluso antes de firmar las propuestas de compra o los contratos preliminares, que ya son vinculantes y obligatorios, para que pueda considerar con él todos los aspectos de la transacción.
Mejor tener las ideas claras
Es importante distinguir la propuesta de compra de la preliminar. La propuesta de compra, de hecho, es la declaración del comprador de que desea adquirir un determinado inmueble a un precio determinado: suele ser un formulario preimpreso que le facilita la agencia inmobiliaria, y va acompañado del pago de una cantidad de dinero en concepto de "arras".
Propuesta de compra
Una vez firmada, la propuesta de compra contiene compromisos que ya son vinculantes para el comprador, pero mientras tanto el vendedor sigue siendo libre de evaluar otras ofertas y no es seguro que se cierre el trato. Por lo tanto, es preferible celebrar siempre un contrato preliminar, ya que la propuesta de compra sólo vincula a la parte que la ha firmado. Una vez aceptada por el vendedor, la propuesta de compra se convierte automáticamente en un contrato preliminar.