MEO queda excluido de elecciones presidenciales, anuncia apelación: "Es una violencia, es injusto"

  • Iniciador del tema Iniciador del tema ap85
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.

ap85

PortalNews y Política
Super Moderador
16 May 2009
108.629
7.585
762
Curicó
Marco Enríquez Ominami queda excluido de las presidenciales pese a ser absuelto por el Caso OAS

fuente secundaria

marco-enriquez-ominami-750x400.png


El candidato del PRO, Marco Enríquez Ominami, quedó excluido de las presidenciales por el Caso OAS, pese a que fue absuelto el pasado 25 de agosto.

Según el fallo, al momento de la inscripción “no se informó al Servicio Electoral la existencia” de la suspensión del derecho a sufragio que en ese momento pesaba contra ME-O, por lo que “no estaba en situación de excluir del Padrón Electoral al señor Enríquez-Ominami”.

El Servel “deberá excluir del Padrón Electoral Auditado a don Marco Antonio Enríquez-Ominami Gumucio”, dice el documento, por encontrarse en la situación descrita en el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución Política de la República, ya que la sentencia absolutoria aún no está “firme o ejecutoriada”.

El fallo consigna que hay que concluir que la “suspensión del derecho de sufragio ha existido como institución permanente en nuestra legislación constitucional desde los albores de la República, sin sobresaltos ni objeciones a su constitucionalidad respecto de la manera parca en que está concebida, sin ninguna descripción de procedimientos para hacerla efectiva, apareciendo como una consecuencia de pleno derecho, para aquellos ciudadanos que están en alguna de las situaciones que el artículo 16 del actual texto constitucional prevé”.

El numeral 2 del artículo 16 de la Constitución Política de Chile, que hace alusión a la suspensión del derecho a sufragio (requisito para ser candidato a presidente), señala que “por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista”.

ME-O podría dejar de estar excluido de las presidenciales “sólo en virtud de una sentencia definitiva absolutoria firme”, mientras que desde el Servel señalaron a BioBioChile que puede apelar al Tricel.

Esto último fue confirmado por el mismo Ominami, quien manifestó que lo dictado por el tribunal “es una violencia, es injusto, es un absurdo”.

Revise el fallo:
https://www.biobiochile.cl/assets/bbcl-embed/#/static/documentos/2021/09/sent8825_04-09-2021__1_.pdf

Absolución del Caso OAS
Fue el pasado 25 de agosto que el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal absolvió a ME-O y condenó a su exasesor, Cristián Warner.

Según la acusación contra Ominami, habría rendido más dinero del que realmente utilizó para realizar su campaña, recibiendo un reembolso mayor por parte del Servel.

Por otro lado, Warner estaba acusado por delitos tributarios por emisiones que realizó su empresa Conosur Research, producto de dos facturas por más de 54 millones de pesos a la filial chilena de OAS. Según el Ministerio Público estas fueron pagadas, pese a que nunca se realizaron.

Apelación
Marco Enríquez Ominami confirmó que apelará tras ser excluido de las próximas elecciones presidenciales, pese a ser absuelto por el Caso OAS.

“Hace dos semanas un tribunal, por unanimidad, reconoció por lo que luché siete años (…) hoy un Tribunal Electoral va a buscar procesos burocráticos de 2020, de junio, e impugna una candidatura”, manifestó Ominami.



“Anuncio que apelaré, falta aún en tribunal superior”, agregó el excandidato del PRO.

También indicó que buscará que se corrija un absurdo, ya que “es completamente loco que una persona inocente, que acaba de ganar un juicio, se le diga que por una acusación de hace siete años, ahora recién un tribunal decida impugnar una candidatura”.

Sobre el Caso OAS, por el que fue absuelto el pasado 25 de agosto y ahora echó por tierra su candidatura presidencial, manifestó en que fue “inventado”.

“No soy yo el problema, el problema es la democracia, el estado de derecho”, finalizó.

Según dice el fallo del Tribunal, el Servel “deberá excluir del Padrón Electoral Auditado a don Marco Antonio Enríquez-Ominami Gumucio”, por estar en la situación descrita en el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución Política de la República.

“La suspensión del derecho de sufragio ha existido como institución permanente en nuestra legislación constitucional desde los albores de la República, sin sobresaltos ni objeciones a su constitucionalidad respecto de la manera parca en que está concebida, sin ninguna descripción de procedimientos para hacerla efectiva, apareciendo como una consecuencia de pleno derecho, para aquellos ciudadanos que están en alguna de las situaciones que el artículo 16 del actual texto constitucional prevé”, consigna el documento.

No me agrada pero creo que tiene razón para reclamar: siendo absuelto queda fuera :cafe:
 
Solo quiero a MEO en los debates porque va a hacer mierda a Sleppy Kast
 
a tu meo ya se lo mandaron a guardar en estos debates jajajajajajajajaja y lo peor es que como candidato fantasma y sin ganar niuno jajajajajajajajajajaja


No fue un debate presidencial, esos donde Kast guatea pesado frente a los periodistas y candidatos
 
Solo quiero a MEO en los debates porque va a hacer mierda a Sleppy Kast
Jajajja esta semana no mas que paso, el Kastigador de zurdos empobrecedores, se lo mando a guardar a MEO sin asco.
Has quedado expuesto Walter Nelson tu amor por los charlatanes. El pelao vader, tu comandante artes y MEO.


Me rio toda la nosheeee...
 
  • Like
Reacciones: MIGHTY.C
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.