Otros tres agresores sexuales salen de prisión gracias a la ley de Montero y otro rebaja su pena un año
Tras la aprobación de la ley, los jueces se enfrentan a decenas de revisiones que podrían llegar también al Tribunal Supremo
Resbalón de Irene Montero. La ley del 'solo sí es sí' sigue beneficiando a encausados penales. La Audiencia Provincial de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración, tras revisar dos casos afectados por la nueva Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre, conocida popularmente como ley del 'sólo sí es sí'. A estos se le ha sumado un tercero en Ourense, cuya pena se iba a extinguir el 12 de febrero de 2023 y, tras una reducción de su pena en 12 meses, se ha decretado su puesta en libertad. Además, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha desestimado el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer en julio de 2020, en el jardín de la Alameda, cerca del Malecón, junto a la Autovía A-30 de Murcia.
En concreto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha acordado la excarcelación "sin perjuicio de la deliberación y decisión que adopte la Audiencia de Baleares al respecto", según ha informado el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Esta decisión se toma habiendo recibido un informe del Centro Penitenciario de Mallorca y visto el informe del Ministerio Fiscal. El Tribunal ha valorado en ambos casos que de acuerdo con la nueva legislación no puede exceder la pena impuesta de dos años, y, por tanto, la pena estaría cumplida a la vista de la liquidación de condena.
En el caso de Ourense queda explicado en el auto por los jueces que la condena que han revisado, establecida por el TSXG en una sentencia dictada en junio de 2018 -confirmada por el Supremo en mayo de 2019-, fue impuesta por la comisión de un delito de agresión sexual en grado de tentativa del artículo 179 del Código Penal, para el que se establecía un castigo de entre tres y seis años de cárcel. Tras la reforma introducida por la Ley 10/2022, el castigo para este delito, según el auto, es de entre dos y cuatro años de prisión. Esto ha dado lugar a una reducción de la pena en un año que ha supuesto la puesta en libertad del acusado, ya que la pena original se extinguía en febrero de 2023.
Tras la aprobación de la ley, los jueces se enfrentan a decenas de revisiones que podrían llegar también al Tribunal Supremo. En los tribunales de Madrid se han revisado ya varias sentencias. En tres casos, a cuyas resoluciones ha tenido acceso Europa Press, se bajaron las penas en cinco años, para uno, y en dos años, para los otros dos. En la Audiencia Provincial de La Rioja se han revisado ya 54 sentencias pero hasta el momento ninguna ha sido modificada.
https://www.vozpopuli.com/espana/ot...-carcel-gracias-la-ley-del-solo-si-es-si.html
Tras la aprobación de la ley, los jueces se enfrentan a decenas de revisiones que podrían llegar también al Tribunal Supremo
Resbalón de Irene Montero. La ley del 'solo sí es sí' sigue beneficiando a encausados penales. La Audiencia Provincial de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración, tras revisar dos casos afectados por la nueva Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre, conocida popularmente como ley del 'sólo sí es sí'. A estos se le ha sumado un tercero en Ourense, cuya pena se iba a extinguir el 12 de febrero de 2023 y, tras una reducción de su pena en 12 meses, se ha decretado su puesta en libertad. Además, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha desestimado el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer en julio de 2020, en el jardín de la Alameda, cerca del Malecón, junto a la Autovía A-30 de Murcia.
En concreto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha acordado la excarcelación "sin perjuicio de la deliberación y decisión que adopte la Audiencia de Baleares al respecto", según ha informado el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Esta decisión se toma habiendo recibido un informe del Centro Penitenciario de Mallorca y visto el informe del Ministerio Fiscal. El Tribunal ha valorado en ambos casos que de acuerdo con la nueva legislación no puede exceder la pena impuesta de dos años, y, por tanto, la pena estaría cumplida a la vista de la liquidación de condena.
En el caso de Ourense queda explicado en el auto por los jueces que la condena que han revisado, establecida por el TSXG en una sentencia dictada en junio de 2018 -confirmada por el Supremo en mayo de 2019-, fue impuesta por la comisión de un delito de agresión sexual en grado de tentativa del artículo 179 del Código Penal, para el que se establecía un castigo de entre tres y seis años de cárcel. Tras la reforma introducida por la Ley 10/2022, el castigo para este delito, según el auto, es de entre dos y cuatro años de prisión. Esto ha dado lugar a una reducción de la pena en un año que ha supuesto la puesta en libertad del acusado, ya que la pena original se extinguía en febrero de 2023.
Tras la aprobación de la ley, los jueces se enfrentan a decenas de revisiones que podrían llegar también al Tribunal Supremo. En los tribunales de Madrid se han revisado ya varias sentencias. En tres casos, a cuyas resoluciones ha tenido acceso Europa Press, se bajaron las penas en cinco años, para uno, y en dos años, para los otros dos. En la Audiencia Provincial de La Rioja se han revisado ya 54 sentencias pero hasta el momento ninguna ha sido modificada.
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