En plena crisis, el comunista falopero ladron de algún lado tiene que sacar plata para pagarle el sueldo a los amigos que contrató para su desgobierno.
tema dedicado al arbolito inocente, ignorante y (((aweonaolucionario))) que quemo el pàís entero por sumisión al ladrón.
Estos son los servicios que a partir del 1 de enero de 2023 deberán comenzar a pagar el IVA
entre los servicios que actualmente no pagan IVA pero que sí tendrán que hacerlo cuando comience el próximo año están algunas actividades de producción audiovisual, servicios informáticos, portales web, servicios veterinarios y actividades de organizaciones religiosas, sólo por nombrar algunas (son al menos 60, el listado completo está disponible un poco más abajo).
Quedarán exentos, eso sí, el transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural); servicios ligados a la Educación (colegios, jardines, universidades, entre otros), los servicio de salud ambulatoria (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros) y otros servicios que ya estaban exentos como las entradas a espectáculos y el arrendamiento de inmuebles no amoblados.
Los cambios no aplicarán para quienes emiten boletas de honorarios por sus servicios como persona natural, precisó el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Los servicios que pagarán IVA a partir del 1 de enero de 2023
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Cámara Nacional de Comercio pide al Gobierno evaluar pago de IVA que afectará a servicios en 2023
Sociedades profesionales
Las sociedades profesionales que cumplan con ciertos requisitos no pagarán el IVA a partir de enero del próximo año.
Para lo anterior deben estar conformadas sólo por personas naturales, es decir, no debe tratarse de empresas, aunque podrían asociarse con otras sociedades de profesionales.
Los socios, además, deben desarrollar exclusivamente actividades o servicios profesionales y no ejercer actividades como el comercio, entre otros requisitos.
https://www.biobiochile.cl/noticias...de-2023-deberan-comenzar-a-pagar-el-iva.shtml
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Quedarán exentos, eso sí, el transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural); servicios ligados a la Educación (colegios, jardines, universidades, entre otros), los servicio de salud ambulatoria (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros) y otros servicios que ya estaban exentos como las entradas a espectáculos y el arrendamiento de inmuebles no amoblados.
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Para lo anterior deben estar conformadas sólo por personas naturales, es decir, no debe tratarse de empresas, aunque podrían asociarse con otras sociedades de profesionales.
Los socios, además, deben desarrollar exclusivamente actividades o servicios profesionales y no ejercer actividades como el comercio, entre otros requisitos.
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