Debido al aumento de delitos, especialmente robos de automóviles utilizados posteriormente en actividades ilícitas, se promulgó la ley 21.601. Esta legislación introduce modificaciones a la Ley de Tránsito con el objetivo de prevenir la comercialización de vehículos robados, contemplando la posibilidad de retirar autos de circulación en circunstancias específicas.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1195774
El espíritu de la norma es generar medidas para dificultar la comercialización de los vehículos sustraídos, ya sea por partes, o por reventa.
Y para el cumplimiento de su objetivo, se establece que en el evento que se declare la pérdida total de vehículos asegurados, la compañía de seguros deberá solicitar la cancelación de la inscripción del vehículo en el Registro Nacional.
Además, la misma deberá informar al asegurado de esta acción y devolver las placas patentes correspondientes.
Pero eso no es todo, ya que la ley 21.601 establece un listado de circunstancias que autorizan a Carabineros a retirar de circulación un vehículo motorizado que no cumpla con dichas reglas.
Entre las faltas que se consideran para retirar vehículos están el circular:
– sin permiso de circulación vigente;
– sin certificado vigente del seguro obligatorio;
– sin revisión técnica o de homologación;
– con placa patente en mal estado u oculta, o
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado.
En cuanto a las sanciones, aumenta, de 3 a 50 UTM, a 5 a 75 UTM, el rango de multa aplicable a quien compre un vehículo y que no solicite la inscripción en el Registro Civil dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su adquisición. Lo mismo para quienes indiquen domicilio falso o inexistente.
Cabe recordar que esta misma ley es la que establece que todos los automóviles deberán contar con la patente grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales
https://www.biobiochile.cl/noticias...os-y-espejos-laterales-en-los-vehiculos.shtml
Obligación que regirá para vehículos nuevos cuatro meses después de que se publique el reglamento correspondiente, mientras que los vehículos usados tendrán doce meses para cumplir con esta normativa.
Cabe destacar que la totalidad de esta normativa entrará en vigencia esta semana, a partir del 10 de noviembre.
FUENTE Nueva ley determina 5 motivos para sacar vehículos de circulación: norma entra en vigencia esta semana (msn.com)
ACTUALIZACION
Ojo con las luces: los cambios que traerá la nueva Ley de Tránsito
El viernes 10 de noviembre entrará en vigencia la nueva Ley de Tránsito (Ley 21.601), la cual busca reforzar la seguridad vial y evitar el robo y la venta de vehículos sustraídos.
Su implementación significará que los conductores deberán cumplir con mayores requisitos a la hora de circular para evitar multas más severas, sanciones o incluso penas privativas de libertad.
Por ejemplo, desde el 10 de noviembre estará prohibido el uso, adosamiento y/o conducción de vehículos motorizados que tengan luces o focos distintoso o adicionales a los permitidos por ley.
De acuerdo con el Ministerio de Transportes, el incumplimiento de esta normativa es una infracción, la cual puede ser considerada grave o menos grave.
"Sabemos que el uso de luces y focos de distintos colores, intensidad, es un factor de riesgo para siniestros de tránsito, pero también para ocultar las placas patentes de vehículos que fueron robados. Por eso, esta nueva modificación a la Ley de Tránsito nos permite avanzar como país es mayor seguridad para todas y todos", enfatizó el ministro Juan Carlos Muñoz.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1195774
El espíritu de la norma es generar medidas para dificultar la comercialización de los vehículos sustraídos, ya sea por partes, o por reventa.
Y para el cumplimiento de su objetivo, se establece que en el evento que se declare la pérdida total de vehículos asegurados, la compañía de seguros deberá solicitar la cancelación de la inscripción del vehículo en el Registro Nacional.
Además, la misma deberá informar al asegurado de esta acción y devolver las placas patentes correspondientes.
Pero eso no es todo, ya que la ley 21.601 establece un listado de circunstancias que autorizan a Carabineros a retirar de circulación un vehículo motorizado que no cumpla con dichas reglas.
Entre las faltas que se consideran para retirar vehículos están el circular:
– sin permiso de circulación vigente;
– sin certificado vigente del seguro obligatorio;
– sin revisión técnica o de homologación;
– con placa patente en mal estado u oculta, o
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado.
En cuanto a las sanciones, aumenta, de 3 a 50 UTM, a 5 a 75 UTM, el rango de multa aplicable a quien compre un vehículo y que no solicite la inscripción en el Registro Civil dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su adquisición. Lo mismo para quienes indiquen domicilio falso o inexistente.
Cabe recordar que esta misma ley es la que establece que todos los automóviles deberán contar con la patente grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales
https://www.biobiochile.cl/noticias...os-y-espejos-laterales-en-los-vehiculos.shtml
Obligación que regirá para vehículos nuevos cuatro meses después de que se publique el reglamento correspondiente, mientras que los vehículos usados tendrán doce meses para cumplir con esta normativa.
Cabe destacar que la totalidad de esta normativa entrará en vigencia esta semana, a partir del 10 de noviembre.
FUENTE Nueva ley determina 5 motivos para sacar vehículos de circulación: norma entra en vigencia esta semana (msn.com)
ACTUALIZACION
Ojo con las luces: los cambios que traerá la nueva Ley de Tránsito
El viernes 10 de noviembre entrará en vigencia la nueva Ley de Tránsito (Ley 21.601), la cual busca reforzar la seguridad vial y evitar el robo y la venta de vehículos sustraídos.
Su implementación significará que los conductores deberán cumplir con mayores requisitos a la hora de circular para evitar multas más severas, sanciones o incluso penas privativas de libertad.
Por ejemplo, desde el 10 de noviembre estará prohibido el uso, adosamiento y/o conducción de vehículos motorizados que tengan luces o focos distintoso o adicionales a los permitidos por ley.
De acuerdo con el Ministerio de Transportes, el incumplimiento de esta normativa es una infracción, la cual puede ser considerada grave o menos grave.
"Sabemos que el uso de luces y focos de distintos colores, intensidad, es un factor de riesgo para siniestros de tránsito, pero también para ocultar las placas patentes de vehículos que fueron robados. Por eso, esta nueva modificación a la Ley de Tránsito nos permite avanzar como país es mayor seguridad para todas y todos", enfatizó el ministro Juan Carlos Muñoz.
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