Ordenan indemnización para familiares de militantes comunistas fusilados en 1973

Tema en 'Noticias de Chile y el Mundo' iniciado por antipodas, 16 Mar 2018.

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  1. vidamifu

    vidamifu Usuario Casual nvl. 2
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    Y que pasa con los cientos de csm falsos exonerados políticos que reciben plata del estado viviendo sin problemas fuera de Chile? Esos se pusieron en la lista por ser "amigos de"..... deberían quitarle esas plata y también dársela a la gente que realmente sufrió en esa época. ..
     
  2. ikeduk

    ikeduk Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Deberian quitarle los bienes y mandarlos presos .
     
    A Agnostos Theos le gusta esto.
  3. fernax666

    fernax666 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Hace rato que no volvía a portalnet, ahora esta todo un portalfacho
     
  4. Ogzu

    Ogzu Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Q manera de seguir parasitando al estado estos zurdos qls.
     
  5. Einhander

    Einhander Usuario Casual nvl. 2
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    Pinochet no debió haber matado a nadie, eso fue lo que desató que estos parásitos se alzaran al poder y ya pasados 40 años aún seguir sacando dividendo$$$$$$$$$$
     
  6. aloisius

    aloisius Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Me parece, de alguna forma que logren resarcir el daño provocado
     
  7. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    En algún momento de mi vida creí en los zurdos y daba crédito a todo lo que decían… gracias al tiempo, pude sacarme la venda de los ojos y pudiendo darme cuenta que el comunismo, socialismo, marxismo, progresismo (neo marxismo para los más doctos), es solo una máquina para llevar a un país a la miseria y pobreza, lo cual nos conduce de forma estrepitosa a la debacle (economica), degradación (inmigración/multiculturalismo) y degeneración (homosexualidad) de la sociedad.


    Mi opinión con respecto al tema, pienso que deben ser “muertos vivos” cambiaron su nombre en dictadura, sepultando su antigua identidad y usufructuar de los beneficios que otorga el estado por crímenes de lesa humanidad.

    Les dejo un interesante articulo referente a esto...


    PINOCHET, GENIO Y FIGURA
    Por ANTHONY DANIELS |; The Miami Herald
    ¿Por qué es Pinochet, lejos, el más odiado (al menos por los intelectuales) de todos los dictadores de la segunda mitad del siglo XX? ¿Por qué él solo ha sufrido la humillante suerte de ser arrestado y detenido en un país extranjero a pedido de otro país extranjero?
    Después de todo, en el bestiario del siglo pasado fue una criatura menor e insignificante, incluso si (lo que es poco probable) él fuera responsable de cada crueldad cometida en Chile mientras fue presidente. Cuando Sudáfrica, recientemente, se rehusó a extraditar al ex gobernante etíope Mengistu (Haile Mariam) a su país natal, no hubo ni asomos de protesta, aunque todos los crímenes de Pinochet habrían cabido en una tarde del reinado de Mengistu, y las torturas presuntamente practicadas en Chile fueron meros procedimientos terapéuticos en comparación con lo que se hizo en Etiopía.
    Incluso, entre los dictadores militares latinoamericanos conservadores Pinochet no fue el peor. De cada intelectual liberal al que le sale espuma de la boca con sólo mencionar su nombre, ¿cuántos son los que han oído hablar de Lucas García de Guatemala, por ejemplo? Y los generales de la junta argentina, cuyo récord ciertamente fue infinitamente más oscuro que el de Pinochet, no son odiados -excepto en Argentina- con el mismo rencor. ¿Por qué no?
    Existe una explicación obvia: Pinochet fue el único de los dictadores que fue increíblemente exitoso.
    Se encontró con un país económicamente desastroso y lo dejó como un faro cuya luz brilló mucho más allá de América Latina. Atrajo a quienes querían aprender del éxito de todas partes del mundo. Chile fue más próspero de lo que había sido en toda su existencia previa.
    Lo que es aún peor es que Pinochet efectuó este cambio siguiendo políticas contrarias a las que los intelectuales liberales habían apoyado durante décadas, y por las que se arrogaban a sí mismos roles de importancia primordial.
    Él demostró, con el éxito de su país, la falacia de que el imperialismo impedía el desarrollo de los países del Tercer Mundo: que sus esposas eran en gran medida auto forjadas y que lo mejor que podían hacer los gobiernos de esos países por su bienestar económico era no estorbar.
    Un general de Ejército -del tipo al que habitualmente se describe como un gorila (muy distinto de la muy admirada guerrilla)- había logrado en unos pocos años lo que una gran cantidad de intelectuales liberales no habían sido capaces de conseguir en ninguna parte del mundo en períodos mucho más largos.
    Esta fue una herida terrible para la autoestima de los intelectuales liberales. Si ya no eran necesarios para comités de solidaridad del Tercer Mundo ¿para qué servían?
    Eso es algo que la izquierda internacional nunca le perdonó. No los presuntos crímenes: el éxito.
    Ciertamente, el régimen de Pinochet no sólo había demostrado que ese tipo de intelectual no tenía ningún papel providencial en la salvación de los países del Tercer Mundo -como esperaron serlo mientras Salvador Allende gobernó desastrosamente Chile-, sino que representaban un obstáculo que debía ser superado en el camino hacia el desarrollo económico.
    De modo que Pinochet significaba un reproche existencial para ellos.
    Si su régimen se hubiera limitado a torturar y a “hacer desaparecer" a sus opositores mientras el país caía de una crisis económica en otra, Pinochet habría sido objeto de un suave reproche teórico, pero no del ataque estridente y emocional que termina con demostraciones frente a embajadas.
    Fueron sus logros, y no sus fallas, los que fueron tan odiados.
    Nada de esto se aplica, naturalmente, a los chilenos que odian a Pinochet porque un pariente, amigo o conocido fue torturado o desapareció durante su gobierno.
    Ciertamente, no se necesita mucha imaginación para darse cuenta por qué ellos lo odian.
    Pero si uno lee literatura izquierdista sobre Chile (ningún placer desde el punto de vista literario), jamás verá una admisión de que la izquierda haya tenido culpa alguna en la llegada al poder de Pinochet.
    Nunca se admite que Allende llamó abiertamente a sus partidarios, por cadena nacional de televisión, a ganar la inminente guerra civil asesinando a todos sus detractores, y siguió una ideología que para ese entonces no sólo había suprimido la libertad y la prosperidad para una tercera parte de la superficie del globo, sino que había matado a millones de personas, o cuyas tácticas (empleando medios constitucionales para lograr fines inconstitucionales) se semejaban peligrosamente a las de Adolf Hitler.

    ANTHONY DANIELS | The Miami Herald
     
  8. EL CERDO

    EL CERDO BANEADO
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    te arde la raja :lol:



    tanta plata perdida con esos comunistas de mierda...ladrones de mierda...y tellier también pedirá su tajada?..falto que mataran a esa larva...
     
  9. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    CS ordena al Fisco pagar indemnización a familiares de detenido desaparecido de Linares.
    [​IMG]
    El máximo Tribunal rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que ordenó, además, publicar en un medio local un extracto de la sentencia de la Corte Suprema de 2010.



    En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $800.000.000 a familiares de Anselmo Antonio Cancino Aravena, detenido el 8 de diciembre de 1973, en la ciudad de Linares.
    Así, el máximo Tribunal rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que ordenó, además, publicar en un medio local un extracto de la sentencia de la Corte Suprema de 2010 que estableció que el secuestro calificado de Cancino Aravena constituye un crimen de lesa humanidad.

    La sentencia sostiene que más allá de lo razonado por los jueces ad quem, reiterada jurisprudencia de esta Corte precisa que, tratándose de un delito de lesa humanidad -lo que ha sido declarado en la especie-, cuya acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la correlativa acción civil indemnizatoria esté sujeta a las normas sobre prescripción contempladas en la ley civil interna, ya que ello contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, integrante del ordenamiento jurídico nacional, en armonía con el inciso segundo del artículo 5° de la Carta Fundamental, que instaura el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de todos los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, e incluso por el propio derecho interno, que, en virtud de la ley N° 19.123, reconoció en forma explícita la innegable existencia de los daños y concedió también a los familiares de aquellos calificados como detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, por violación a los derechos humanos en el período 1973-1990, regalías de carácter económico o pecuniario. En esta línea discurren también SCS Nros. 20.288-14, de 13 de abril de 2105; 1.424, de 1 de abril de 2014; 22.652, de 31 de marzo de 2015, entre otras.

    La resolución agrega que cualquier pretendida diferenciación en orden a dividir ambas acciones y otorgarles un tratamiento desigual resulta discriminatoria y no permite al ordenamiento jurídico guardar la coherencia y unidad indispensables en un Estado de derecho democrático. Entonces, pretender el empleo de las disposiciones del Código Civil en la responsabilidad derivada de crímenes de lesa humanidad posibles de cometer con la activa colaboración del Estado, como derecho común supletorio a todo el régimen jurídico, hoy resulta improcedente. Por lo demás, la reparación integral del menoscabo no se discute en el plano internacional, ni se circunscribe a los autores de los crímenes exclusivamente, sino también se prolonga hacia el mismo Estado. La preceptiva internacional no ha creado un sistema de responsabilidad, lo ha reconocido, desde que, sin duda, siempre ha existido, con evolución de las herramientas destinadas a hacer más expedita, simple y eficaz su declaración, en atención a la naturaleza de la violación y del derecho violentado.

    A continuación el fallo señala que dado el contexto en que los hechos se desarrollaron, con la intervención de agentes del Estado, amparados bajo un manto de impunidad forjado con recursos estatales, trae no sólo aparejada la imposibilidad de declarar la prescripción de la acción penal que de ellos emana sino que, además, la inviabilidad de constatar la extinción, por el transcurso del tiempo, del probable ejercicio de la acción civil indemnizatoria derivada de ellos.

    También, la sentencia añade que estas normas de rango constitucional imponen un límite y un deber de actuación a los poderes públicos, y en especial a los tribunales nacionales, en tanto éstos no pueden interpretar las normas de derecho interno de un modo tal que dejen sin aplicación las normas de derecho internacional que consagran este derecho a la reparación, pues ello podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado de Chile.

    Por último concluye que como correctamente lo señalan los jueces del fondo, no resultan aplicables a estos efectos las normas del Código Civil sobre prescripción de las acciones civiles comunes de indemnización de perjuicios, como pretende el recurso, pues ellas contradicen lo dispuesto en la normativa internacional.

    http://www.diarioconstitucional.cl/...miliares-de-detenido-desaparecido-de-linares/

    CS confirma fallo y ordena pagar indemnización a hija de detenido desaparecido de Chillán.


    [​IMG]
    El máximo Tribunal ratificó la sentencia apelada, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Chillán.

    En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia (causa rol 2.973-2018) que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $10.000.000 a la hija de Sergio Enrique Cádiz Cortez, dirigente campesino, detenido desaparecido desde el 22 de octubre de 1973, en la ciudad de Chillán.


    La resolución sostiene que en la sentencia impugnada se ha regulado prudencialmente la indemnización del daño moral sufrido por la actora, de modo que cualquier reproche de que tal fijación pudiera adolecer se ubica en el marco de las cuestiones de hecho que corresponde establecer privativamente a los jueces del grado y que, por lo mismo, no admite revisión por la vía intentada, salvo que se hayan infringido las leyes reguladoras de la prueba -pues lo que se acusa es una errada valoración de la prueba testimonial-, denuncia que no contiene el recurso en examen y que impide a este Tribunal de Casación entrar a la revisión de los presupuestos fáctico

    http://www.diarioconstitucional.cl/...n-a-hija-de-detenido-desaparecido-de-chillan/
     
    #21 antipodas, 19 Mar 2018
    Última edición por un moderador: 24 Ene 2019
  10. Vicepresidente Jr

    Vicepresidente Jr Usuario Habitual nvl.3 ★
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    tener un pariente muerto es un buen negocio
     
  11. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    Santiago de Chile, 20 mar (EFE).- Un juez chileno condenó a penas de prisión a dos militares retirados por el secuestro de Rossetta Gianna Pallini González, universitaria de 22 años torturada durante siete meses en prisiones clandestinas de la dictadura de Augusto Pinochet, informaron hoy fuentes judiciales.


    [​IMG]
    En su resolución, el juez especial Mario Carroza de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cinco años y un día de prisión al general César Manríquez Bravo y al brigadier Miguel Krasnoff Martchenko.

    Ambos ya se encuentran en prisión y acumulan condenas por varios cientos de años, tras ser sentenciados en decenas de juicios por violaciones a los derechos humanos.

    Rossetta Pallini, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), permaneció en manos de la DINA (Dirección de Inteligencia Nacional), la policía secreta de la dictadura, entre el 15 de agosto de 1974 y el 21 de marzo de 1975, tras ser detenida junto a otros miembros del MIR en un céntrico departamento de Santiago.

    Los demás detenidos en esa ocasión, Ricardo Aurelio Troncoso Muñoz, María Elena González Inostroza, Hernán Galo González Inostroza y Elsa Victoria Leuther Muñoz, permanecen hasta hoy como desaparecidos.

    Pallini fue llevada a la prisión clandestina conocida como "Londres 38", en pleno centro de Santiago, donde fue sometida, según el expediente del caso, "a extenuantes sesiones de apremio físico y psicológico, que continuaron después en otros dos campos de tortura y exterminio: 'Tres Álamos' y 'Cuatro Álamos'".

    El día 21 de marzo de 1975, Rosetta Pallini se fue de Chile hacia México, donde murió el 2 de agosto del mismo año a consecuencia de las torturas que sufrió mientras estuvo secuestrada.

    Según declaró en el juicio un médico que la trató cuando llegó a México, Rossetta Pallini presentaba una destrucción vaginal, una obstrucción a la vejiga y un estado de salud general muy deteriorado, agravado por una aguda desnutrición y bajo peso.

    Además había desarrollado diversas infecciones al aparato respiratorio. A fines de julio de 1975, tuvo una emergencia vesicular que obligó a operarla de urgencia, pero no resistió y murió a los tres días de haber sido intervenida.

    En la parte civil del juicio, el juez condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de ciento sesenta millones de pesos (unos 265.000 dólares) al hijo y hermanos de la víctima.

    http://www.lavanguardia.com/politic...-pinochet-por-secuestro-de-universitaria.html
     
  12. Levtraru

    Levtraru Usuario Casual nvl. 2
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    Tengo una duda? que numero de indemnización es esta para sus familiares?, la 3°, 4°, 5°, etc.? Porque del 91' en adelante hay una manga de zánganos y chupasangre que vive de la teta del Estado haciendo uso del sufrimiento de sus familiares y de los chilenos que tuvimos que mamarnos los 17 años de dictadura.
     
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