Para entender la “figura” de lo que aconteció, es que ella compra personalmente en EEUU estos “productos” en lugar especifico, los lleva al centro de distribución, “mal declara” la mercadería, omite joyas y coloca su nombre del responsable del retiro en chile… debo entender que por el volumen del contenido y al no poderlo llevar en el avión, lo envía bajo este medio… Al llegar a chile, ADUANAS al escanear el contenido se da cuenta que llevaba más productos de lo que decía la declaración, es ahí donde se retiene la caja y se revisa, encontrando la irregularidad. Me pregunto, ¿por qué no se trajo las joyas puestas y ahí evitar el impuesto?, y ahí argumentar que son de usos personal y no para la venta, tal como indica el abogado…