ayuda, por favor no sé que hacer [consulta legal]

Tema en 'Cementerio De Temas' iniciado por zicko_08, 2 Nov 2010.

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  1. Le_Mat

    Le_Mat Usuario Nuevo nvl. 1
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    Tienes que interponer una TERCERÍA DE POSESIÓN, es de facil tramitación, asesorate por un abogado y tranquilo viejo que el embargo no significa que te van quitar los bienes de inmediato. Normalmente te los dejan en la casa para que tu hagas de depositario de los mismos.
    Estas cosas pasan siempre pero apurate en hacer la terceria porque de que te los pueden rematar obvio, aunque sean tuyos.
     
  2. TheGrandBigBoss

    TheGrandBigBoss Usuario Casual nvl. 2
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    Si ud. está siendo embargado en SUS BIENES, por una obligación contraida por un tercero, tiene que recurrir a un procedimiento denominado TERCERIA.
    La cual puede ser de dominio o posesión (para el caso que hablas).
    La tecería de posesión lo que intenta es demostrar que, en este caso, TU, tienes el dominio exclusivo de las cosas que han sido embargadas, y que por lo tanto, solicitas que dichos bienes sean excluidos del procedimiento seguido contra la persona deudora.

    La tercería de DOMINIO, busca acreditar que, en este caso, TU eres el dueño exclusivo y poseedor legal de las cosas embargadas, solicitando al tribunal que dichos bienes sean excluidos del procedimiento ejecutivo en contra del deudor original (el tipo que te dejo el cacho).

    La diferencia entre una y otra, más alla de la diferencia netamente jurídica que es la posesión y el dominio, es su tramitación. La de posesión es relativamente breve (como mínimo 2 semanas al menos yo he sacado tercerías en ese tiempo), y la de dominio, por tramitarse igual que un juicio ordinario, toma más tiempo.

    En ambos casos, acompañando documentación suficiente que establezca gravemente que TU eres el poseedor o el dueño, se solicita la paralización del procedimiento en contra del deudor original, para que las cosas por ejemplo no lleguen al retiro y posterior remate.

    El costo de una tercería no debiera ser superior a los 200 mil pesos, yo al menos cobro 150 a 200 mil según el cliente, bienes embargados, urgencia y/o estado del juicio.

    Un buen alumno de derecho de 4 o 5 año te puede ayudar fácilmente.
    Si se pudiera hacer a distancia, créeme que ya habría iniciado un estudio de ese tipo jajaja.

    Saludos y espero te sirva la información.

    Tal como dice Le_Mat, aprovecho de señalar algo que le puede servir a varios, porque nadie esta libre de un embargo (ya sea por condoro propio o ajeno).

    Hay que tener claro qué es un embargo.
    El embargo es una prohibición que recae sobre los bienes de una persona, que impide que esta los pueda enajenar o gravar a favor de otra. Esto es, quedan fuera del comercio, bajo sanción de ser nula cualquier enajenación, cesión, etc...

    El Retiro de especies, es lo que comúnmente la gente confunde con el embargo. Luego de hecho el embargo, se abre un plazo para pagar o presentar oposición al embargo. De no producirse ninguna, se procede al retiro de especies para su realización en pública subasta, o sea, los rematan al mejor postor, y con la plata se paga la deuda, si alcanza.

    saludos
     
    #14 TheGrandBigBoss, 2 Nov 2010
    Última edición por un moderador: 2 Nov 2010
  3. zicko_08

    zicko_08 Usuario Nuevo nvl. 1
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    me dijieron qe podia qerellarme contra el receptor judial yaqe el no fue el qe iso el inventario se puede aser???
    en el banco me dijieron qe no se podia cambiar la direccion de la casa
    ya qe fuimos con el weon a cambiarla y me dijieron eso
    ademas sacamos una declaracion jurada donde el dice el domicilio donde vive ahora la cual esta en mi poder.
    junte toas las boletas de mis cosas fui donde un abogado
    me citaron pal viernes.-
    con estos papeles puedo salvarme.
    lo otro saqe toas las cosas de mi casa me pueden llevar preso por esto
    acusandome de robo siendo qe las coas son mias...

    grasias de ante mano a toos los qe opinaron les agradesco su ayuda.
     
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