Corte disminuye pena a tres condenados por baja "pureza"

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LeinadSecrag

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11 Mar 2017
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Mordoland
Corte disminuye pena a tres condenados por baja "pureza" de droga decomisada en Concepción.


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Los ministros de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción resolvió rebajar las condenas de tres acusados por tráfico de drogas, argumentado que se trataba de bajas cantidades de sustancias ilícitas en razón de "calidad o pureza". Abogados penalistas afirmaron que la resolución es un peligroso precedente, ya que los imputados lograron aumentar el cargamento mezclando droga con otros elementos.

La Corte de Apelaciones de Concepción – en la región del Bío Bío – rebajó las penas por tráfico de droga a tres acusados al considerar que “se trataba de pequeñas cantidades en razón de su calidad o pureza”.

Con esto se modificó el dictamen del Tribunal Oral contra los detenidos en diciembre de 2019 con 4 kilos de pasta base de cocaína que comercializarían en la intercomuna.

Para rebajar las condenas, los ministros de la Sexta Sala -Hadolff Ascencio, Rodrigo Cerda y Jaime Andrade- argumentaron que la sustancia decomisada no tenía la suficiente pureza como para considerarla droga y acreditar un daño a la salud pública. Por eso, recalificaron el delito de tráfico a microtráfico.

En concreto se establece en la resolución que la concentración de la cocaína base detectada, que va del 0,001 al 5%, los llevó aconcluir que “sólo es constitutiva del tipo penal previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N 20.000, entendiendo que se trata de pequeñas cantidades en razón de su calidad o pureza, criterio delimitador de la norma”.

El Tribunal Oral había condenado a Toloza, González y Contreras a penas de 7, 5 años y 1 día, y 3 años y 1 día de cárcel efectiva, las que ahora serán reemplazadas por 800, 541 y 61 días, respectivamente, tras acoger la Corte de Apelaciones los recursos de nulidad presentados por los abogados defensores.

Abogados penalistas consultados subrayaron en el peligroso precedente que sienta la sentencia, al cambiar un tráfico por microtráfico sólo porque los imputados pudieron aumentar el cargamento al mezclar la droga con otro tipo de sustancia, y así -en este caso puntual- reducir la pureza de la pasta de base que se buscaba comercializar.

El argumento acogido por los ministros de la Corte fue presentado por la Defensoría Penal y el defensor particular Moisés Vilches, mientras que en contra alegó la fiscal Carla Hernández.

A pesar del revés, el Ministerio Público no recurrió de queja, señalándose desde la Fiscalía Regional del Bío Bío que no lo hicieron porque si bien no comparten el fallo no había argumentos para ir a la Corte Suprema.


https://www.biobiochile.cl/especial...ureza-de-droga-decomisada-en-concepcion.shtml

 
culpa del inciso 3 del artículo 4 de la ley 20.000 :cafe:

acá se los dejo:

Se entenderá que no concurre la circunstancia de uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, cuando la calidad o pureza de la droga poseída, transportada, guardada o portada no permita racionalmente suponer que está destinada al uso o consumo descrito o cuando las circunstancias de la posesión, transporte, guarda o porte sean indiciarias del propósito de traficar a cualquier título.
 
No hermanito estaba muy patea tu merca, te salvaste en años ... Justicia conchetumare mala, proyecto estrella la reforma procesal penal de la concertación y ahora apoyan a Boric JAJAJA chiste qlao malo.
 
y el decomiso quien lo efectuó ? nada mas que acotar su señoría .:awesomehands::awesomehands::awesomehands::awesomehands:
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Lo que se debe sancionar por sobre la evidencia en particular es el DOLO o intencionadamente.... el cual es comercializar droga.... da lo mis o si es de la buena o la mas mala cocinada con raspado de muralla y caca de perro remojada en alcohol y dejada a secar en el techo ( por lo que me han contado)
 
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