"Es inmoral": UDI impugna candidatura de exfrentista Vasili Carrillo por condena a "pena aflictiva"

La Unión Demócrata Independiente (UDI) impugnó ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) la candidatura a constituyente del exintegrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Vasili Carrillo, por "estar afecto a una condena a pena aflictiva", lo cual, según el gremialismo, le impide ser candidato a la Convención Constitucional. "La UDI no tiene ninguna autoridad moral para cuestionar mi candidatura", dice Vasili Carrillo tras conocer la presentación.
Una batalla de fuerte contenido ideológico inició la UDI en el Tribunal Calificador de Elección (Tricel).
El gremialismo presentó una reclamación para que el Servicio Electoral (Servel) retire la candidatura a constituyente por el distrito 21 (Arauco y Los Ángeles) del ex frentista Vasili Carrillo.
El abogado Juan Cristóbal Recart, quien interpuso la impugnación en representación de la UDI, alega que Carrillo fue condenado pena aflictiva en 1993, en una causa vinculada a su pasado delictual que le impide ser candidato a la Convención Constitucional.
Vasili Carrillo, quien va en la lista de la Coordinadora Nahuelbuta Biobío, en el Pacto Apruebo Dignidad, explica a BioBioChile (BBCL) que nunca ha recibido un condena por pena aflictiva y que, además, “la UDI carece de autoridad moral porque fueron parte de la dictadura”, sostiene,.
La historia dice que Carrillo en 1993 es condenado por infracción a la Ley de Control de Armas por la Corte de Apelaciones de San Miguel a 3 años y 541 días de prisión, sin embargo, el mismo tribunal, al constatar que exfrentista estuvo en prisión cerca de 5 años, debió dejarlo en libertad por entender que su pena ya estaba cumplida.
Lo que dice la reclamación
El documento, que se presentó a fines de enero, detalla que la reclamación “tiene como propósito que el Servel retire la candidatura del reclamado al cargo de convencional constituyente por el Distrito 21, por cuanto Vasili Guillermo Carrillo Nova fue condenado a pena aflictiva, de modo que no cumple los requisitos establecidos en el artículo 132 de la Constitución Política”.
En el mismo sentido explica que dicho artículo dice que podrán ser candidatos a la Convención Constitucional aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.
Es decir, se agrega, “los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. En efecto, el Sr. Carrillo Nova fue condenado en 1993 a 3 años y 541 días de presidio menor en su grado máximo, y el artículo 37 del Código Penal establece que para los efectos legales se reputan aflictivas todas las penas de crímenes y, respecto de las de simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados máximos”.
Por lo anterior, argumenta el escrito, Vasili Carrillo no cumple el requisito exigido por el artículo 132 de la Constitución para ser candidato a constituyente.
“De modo que el Servicio Electoral debió haber rechazado su candidatura, objetivo que se pretende
por medio de la presente acción de reclamación ante vuestro Excelentísimo Tribunal”, arguye.
La respuesta de Vasili
Vasili Carrillo dice a BBCL que los argumentos expuestos por la UDI no son válidos y que el gremialismo es “inmoral” para cuestionar su postulación.
El exFPMR asegura que incluso el juez de la Corte de Apelaciones de San Miguel le dijo que le iba a dar una condena de 3 años “para que puedas ser diputado”, menciona Carrillo, como parte de los dichos del integrante del Tribunal Superior.
https://www.biobiochile.cl/noticias...i-carrillo-por-condena-a-pena-aflictiva.shtml

La Unión Demócrata Independiente (UDI) impugnó ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) la candidatura a constituyente del exintegrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Vasili Carrillo, por "estar afecto a una condena a pena aflictiva", lo cual, según el gremialismo, le impide ser candidato a la Convención Constitucional. "La UDI no tiene ninguna autoridad moral para cuestionar mi candidatura", dice Vasili Carrillo tras conocer la presentación.
Una batalla de fuerte contenido ideológico inició la UDI en el Tribunal Calificador de Elección (Tricel).
El gremialismo presentó una reclamación para que el Servicio Electoral (Servel) retire la candidatura a constituyente por el distrito 21 (Arauco y Los Ángeles) del ex frentista Vasili Carrillo.
El abogado Juan Cristóbal Recart, quien interpuso la impugnación en representación de la UDI, alega que Carrillo fue condenado pena aflictiva en 1993, en una causa vinculada a su pasado delictual que le impide ser candidato a la Convención Constitucional.
Vasili Carrillo, quien va en la lista de la Coordinadora Nahuelbuta Biobío, en el Pacto Apruebo Dignidad, explica a BioBioChile (BBCL) que nunca ha recibido un condena por pena aflictiva y que, además, “la UDI carece de autoridad moral porque fueron parte de la dictadura”, sostiene,.
La historia dice que Carrillo en 1993 es condenado por infracción a la Ley de Control de Armas por la Corte de Apelaciones de San Miguel a 3 años y 541 días de prisión, sin embargo, el mismo tribunal, al constatar que exfrentista estuvo en prisión cerca de 5 años, debió dejarlo en libertad por entender que su pena ya estaba cumplida.
Lo que dice la reclamación
El documento, que se presentó a fines de enero, detalla que la reclamación “tiene como propósito que el Servel retire la candidatura del reclamado al cargo de convencional constituyente por el Distrito 21, por cuanto Vasili Guillermo Carrillo Nova fue condenado a pena aflictiva, de modo que no cumple los requisitos establecidos en el artículo 132 de la Constitución Política”.
En el mismo sentido explica que dicho artículo dice que podrán ser candidatos a la Convención Constitucional aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.
Es decir, se agrega, “los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. En efecto, el Sr. Carrillo Nova fue condenado en 1993 a 3 años y 541 días de presidio menor en su grado máximo, y el artículo 37 del Código Penal establece que para los efectos legales se reputan aflictivas todas las penas de crímenes y, respecto de las de simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados máximos”.
Por lo anterior, argumenta el escrito, Vasili Carrillo no cumple el requisito exigido por el artículo 132 de la Constitución para ser candidato a constituyente.
“De modo que el Servicio Electoral debió haber rechazado su candidatura, objetivo que se pretende
por medio de la presente acción de reclamación ante vuestro Excelentísimo Tribunal”, arguye.
La respuesta de Vasili
Vasili Carrillo dice a BBCL que los argumentos expuestos por la UDI no son válidos y que el gremialismo es “inmoral” para cuestionar su postulación.
El exFPMR asegura que incluso el juez de la Corte de Apelaciones de San Miguel le dijo que le iba a dar una condena de 3 años “para que puedas ser diputado”, menciona Carrillo, como parte de los dichos del integrante del Tribunal Superior.
https://www.biobiochile.cl/noticias...i-carrillo-por-condena-a-pena-aflictiva.shtml


