Indignación con ministra del Sernam: organización "Amor de Papá" la acusa de involucrarse en temas q

Tema en 'Cementerio De Temas' iniciado por DE TRANS, 21 Dic 2012.

  1. Escalero

    Escalero Usuario Casual nvl. 2
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    Las putas leyes de este país favorecen al género por sobre los hechos ¬¬
     
  2. rocco_000

    rocco_000 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Retiro formalmente mi apoyo a esta catedrática no-muerta.
    Un bolchevique estalinista como yo, no puede tolerar la tibieza en las convicciones revolucionarias.
    Al gulag de Siberia, mielda. Partiste.
    Saludo.-
     
  3. elsurfeadorplate

    elsurfeadorplate Usuario Casual nvl. 2
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    [FONT=&quot]Haber vamos por parte, te responderé en base a los puntos que señalaste en tu respuesta[/FONT] [FONT=&quot]

    1.- El tiempo que tarda un abogado en saber de qué trata la carpeta es relativo, si es referente a materia común dependerá de cuan actualizada se encuentre esta, al igual de la materia de que trate, si te refieres a familia efectivamente no debería ser más de 5 a 10 minutos, la zonal ya hace años atrás distribuyo un modelo de minuta estándar, ya sea para audiencias Preparatoria como de Juicio estándar a efecto de que cualquier abogado pudiera tomar cualquier carpeta minutos antes de entrar y poder tomarla siendo labor del postulante tenerla lista, ahora dependerá de la destreza y experiencia del colega la calidad en la cual se desarrolla esta, por lo mismo se acostumbra que tratándose de causas complicadas el avisar días antes al abogado a efecto de que este esté preparado para la respectiva audiencia, al menos se hacía así antes.[/FONT]
    [FONT=&quot]
    Con respecto al tiempo de atención, eso es relativo, hay algunos postulantes que se ponen la camiseta con la corporación y asistían 3 a 4 tardes a atender, otros solo cumplen lo que es obligatorio y se van, eso depende de cada uno, y al final se evalúa por el tutor y el jefe de la corporación.[/FONT]
    [FONT=&quot]

    Con respecto a firmar así no más, efectivamente algunos colegas confían en la labor de algunos postulantes y firman no más lo que pasen,
    pero la gran mayoría no, revisan por la sencilla razón de que el responsable último son ellos y no un egresado que realiza su práctica[/FONT]
    [FONT=&quot]

    Con respecto a que las CAJ patrocinen a ambas partes, eso lo sabrías si litigaran con regularidad, efectivamente puede que se de, cuando ambas partes llegan juntos a la corporación por ciertas materias, como divorcios de común acuerdo, o bien pactan alimentos o visitas, donde el acuerdo es redactado y firmado en la misma corporación, para que luego este sea presentado al tribunal para su ratificación, pero cuando estamos frente a una demanda, la persona contra la cual se intenta la acción no es patrocinada por la misma corporación, es derivada a otra institución, con todo existen situaciones excepcionales donde en un mismo tribunal litigan varias corporaciones como es el caso del tribunal de familia de Pudahuel, donde las corporaciones se enfrentan mutuamente, así por ejemplo tenemos la de Quinta Normal, Cerro Navia, Lo Prado, ahora podría darse que en una comunidad pequeña solo exista una Caj y sea la única institución que ofrezca asesoría legal gratuita, en ese caso podría darse lo que señalas, pero que patrocine a demandante y demandado no lo he visto fuera de las situaciones que ya mencione.[/FONT]
    [FONT=&quot] [/FONT]

    [FONT=&quot]
    2.- Turismo Jurídico jajaja esa esta guena, bueno supongo que serás un súper abogado ya que tramitas desde primero, yo por mi parte empecé a trabajar en cuarto año, tire C.V. mi concentración de notas, postule a un estudio y quede, me equivoque muchísimo y aprendí, valoro muchísimo ese aprendizaje que hasta el día de hoy me sirve, ahora que me digas que no necesitas a nadie me sorprende ya que si por algo se caracteriza la católica es por entregar una formación de abogado corporativo, ese es su sello, mismo que se logra no solo en las aulas sino precisamente en un estudio.[/FONT]
    [FONT=&quot]
    3.- El tercer me lo salto.[/FONT]
    [FONT=&quot]

    4.- Lo que señalas de las constancias me vuelve a sorprender, la constancia en carabineros es el modo en el cual tú acreditas que el régimen está siendo incumplido por una de las partes, no es una simple declaración, es realizada ante un ministro de fe, porque si no fuera realizada ante carabineros de qué forma acreditas el incumplimiento ?.....llevando un notario a la casa que acredite tal situación? …por favor ¡ con dichas constancias el o la afectada lo presenta al tribunal mediante un escrito dando cuanta del hecho, mismo que se acreditada con las constancias.[/FONT]
    [FONT=&quot]Lo que señalas de la consejera técnica es relativo, depende del tribunal, de la cantidad de pega que tenga, mil cosas, de forma tal que la persona que acude con un par de constancias al tribunal y solicita verla, se puede encontrar con que no lo reciban, con que el funcionario del mesón le entregue una de las fotocopias que tiene y le diga que rellenos datos para que luego lo presente con las constancias, en fin, en pocos casos la consejera técnica los recibe así no más………en el fondo depende del tribunal y de ella…si se da el tiempo, ahora si presento el escrito en algunos casos citan a las partes a una audiencia para ver que está pasando y en otros la resolución tipo “ téngase presente “ nada más.[/FONT]
    [FONT=&quot]
    Con respecto a tu opinión, estoy en completo desacuerdo por varias razones:[/FONT]
    [FONT=&quot]
    a.- Si las partes no llegaron a un acuerdo entre ellas fuera del tribunal es porque no hay un contacto entre ellas o el que se da es poco en relación a las necesidades del menor, de forma tal que uno le impide al otro el contacto con el menor, o bien el que tiene a su cargo el menor desea que el otro lo visite con mayor regularidad, por lo cual la única instancia para fijar un régimen es precisamente en el tribunal[/FONT]
    [FONT=&quot]

    b.- Lo de las pericias solo se da cuando hay oposición de unos de los padres a que el menor tenga contacto con el otro, pero acá hablamos de otro tema, violencia o abuso por ejemplo, en la gran mayoría de los casos no se da, por la sencilla razón de que las instituciones a las cuales se oficia realizarlos están llenas de pega, eso deberías saberlo sobradamente tu si te titulaste a los 23 años.[/FONT]
    [FONT=&quot]

    c.- Lo del retiro del menor de una comisaria en una causa de relación directa y regular no es algo que se me haya ocurrido a mí, es una medida que los mismos tribunales dictaminan en casos en los cuales existe un incumpliendo reiterado de una de las partes, medida por cierto extrema, pero que se da si es que no es posible establecer otro lugar como la casa de una abuela materna o paterna donde se pueda retirar al menor, eso se ve en la práctica constante de litigar en familia, no de uno o dos casos que alguien vio en su práctica profesional.[/FONT]
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    [FONT=&quot]
    Con respecto a la tipa que ha estado opinando en el tema, me asombra que se dé el trabajo primero de desvirtuar el tema de fondo, y segundo de contestarle a casi cada forista, o trabaja en un cyber o tiene algún tipo de desorden esquizoide, tiene algún tipo de fijación o sencillamente es una idiota, pero que destila veneno cada vez que escribe eso sí, en la vida diaria debe ser una persona muy toxica por la agresividad con que escribe, al menos yo no me voy a dar la lata de contestarle nada, es darle más cuerda a esa loca de patio.[/FONT]
    [FONT=&quot] [/FONT]
     
  4. Juan[']dinamita®

    Juan[']dinamita® Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Le declaré mi admiración a Doctora Zombie y se acabó el asunto, la lola tiene la razón