Según se desprende del relato "la incontinencia anal es consecuencia de la condición sexual del joven"...(minuto 2:52).... Jajajajajajaja
El vídeo de propaganda omite señalar que lo afirmado por el "abogado" de los pacos corresponde a la audiencia de formalización de los mismos. La resolución del juzgado de garantía, contentiva de las medidas cautelares aplicadas a los pacos imputados, da cuenta que el informe acompañado valió callampa para los efectos del artículo 140 del C.P.P.
La sentencia que se dicte en el juicio oral de esa causa ya es un zapato chino para la corte suprema. Ya veremos si el poder judicial decide hundirse con el régimen político moribundo o aplica la ley como corresponde. Ya veremos.-
