SII fortalece mecanismos para combatir la evasión del IVA en ventas por internet

Tema en 'Noticias de Chile y el Mundo' iniciado por antipodas, 8 Feb 2018.

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  1. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    Servicio de Impuestos Internos explicitó a través de una resolusión que los vouchers de ventas por internet serán válidos como boleta. Expertos valoraron la medida.

    El Servicio de Impuestos Internos (SII) explicitó a través de una resolución que los voucher para las ventas por internet habituales serán considerados como boleta. El objetivo del SII es aumentar los medios de fiscalización para el cumplimiento del pago del IVA y por ello, a través de este acto se busca controlar de mejor manera que las transacciones que se hacen a través de plataformas electrónicas cumplan con el correcto.

    El jefe del departamento de Operaciones de la subdirección de asistencia del Servicio, Ricardo Pizarro, señaló que “es una facilitación para mejorar el cumplimiento en el pago del IVA”.


    En términos concretos, Claudio Bustos, socio Bustos Tax & Legal, explicó que el objetivo de la resolución exenta N° 13 del SII, de fecha 1 de febrero pasado, que modifica la resolución exenta N° 5 de fecha 22 de enero de 2015, es extender las exigencias que establecía esta última resolución que era mantener al día el registro de compras y ventas, a las ventas de bienes y servicios realizadas y pagadas a través de internet.

    Esto porque la resolución original del 2015, sólo se refería a las transacciones efectuadas por los denominados “contribuyentes-comercio”, esto es, comerciantes establecidos que reciben el pago de sus ventas y servicios a través de medios electrónicos, tales como la tarjeta de débito o crédito. La Resolución Ex. N° 13 agrega al ámbito de las exigencias antes señaladas, a las “ventas por internet” y define lo que debe entenderse por estas últimas, cuya principal característica consiste en que se realizan íntegramente en forma remota, a través de la web, y el pago se produce a través de medios electrónicos como tarjeta de crédito o débito también por medio de internet.


    La visión de los tributaristas
    Los expertos valoraron la resolución, ya que consideran que con esto se está mejorando las vías para una mayor fiscalización. “El propio comprobante de la venta por internet es la boleta para el vendedor y comprador, en la cual se comprueba el precio pagado que incluye el IVA”, comentó el socio de Tax & legal de BDO, Rodrigo Benítez. En ese sentido, añadió que “la resolución tiene por objeto aumentar los medios de fiscalización del cumplimiento del pago del IVA por ventas por internet y asimismo facilitar a los contribuyentes que vendan por internet la emisión de la boleta”. Bustos acotó que “la resolución es interesante, pues manifiesta el interés creciente del SII por fiscalizar y hacer seguimiento a las transacciones que se efectúan a través de internet”. No obstante, preció que “falta mucho por avanzar en este ámbito aún, ya que las transacciones de más difícil fiscalización son aquellas que efectúan a través de internet empresas y contribuyentes sin presencia ni domicilio en Chile, en cuyo caso el seguimiento de la operación a través de los administradores de pagos electrónicos es especialmente relevante”.

    http://www.pulso.cl/economia-dinero...-combatir-la-evasion-del-iva-ventas-internet/
     
  2. ap85

    ap85 Mod. de PortalNews y Política
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    no hayan como sacar plata los weones a las personas pero si son buenos para perdonarle los 51 mil millones a johnson :cafe:
     
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  3. Frank_

    Frank_ Usuario Habitual nvl.3 ★
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    Tienen que financiar todas las burradas que aprueba el Congreso, y la manada de zanganos politicos, apitutados, y todo a costillas de la gente...
     
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  4. Agnostos Theos

    Agnostos Theos Usuario Avanzado nvl. 4 ★ ★
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    Aaaahh pero cuando se trata de combatir la evasión y la elusión a grandes empresarios . . . :awesomehands:
     
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  5. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    Nueva resolución del SII que obliga a grandes empresas a retener IVA entra en vigencia el 1 de marzo

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    El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió una nueva resolución que obliga, a partir del próximo 1 de marzo de 2018, a las grandes empresas clasificadas como agente retenedor a ser responsables de emitir las facturas de compra cuando adquieren ciertos tipos de bienes o servicios, además de retener, declarar y enterar en arcas fiscales el porcentaje del IVA retenido. Este cambio normativo, que busca mejorar la recaudación fiscal generará grandes complicaciones a las empresas.


    Desde iConstruye, la plataforma integral de compra, venta y pago más importante del rubro de la construcción, aseguran que esta modificación afectará a cerca de 5.200 empresas de distintas industrias, donde un 30% corresponde al sector. Oscar Ponce, Product Manager de iConstruye, indica que “en la industria de la construcción esta modificación aplicará a todos aquellos contratos de instalación o confección de especialidades ya sea, que se efectúen por administración o suma alzada, que formen o no parte de un contrato general de construcción, lo que representa un 32% de los costos de un proyecto”.


    Así, la entidad que contrate servicios de acuerdo con esta definición deberá emitir una factura de compra, y retener inmediatamente el Impuesto al Valor Agregado. De esta forma, el pequeño empresario, que hasta ahora disponía del total de la factura, sólo recibirá el 81% de la remuneración, ya que el restante quedará en manos del agente retenedor con el fin de cumplir la obligación tributaria del proveedor.


    http://www.estrategia.cl/texto-diar...s-empresas-retener-iva-entra-vigencia-1-marzo
     
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  6. seberlis

    seberlis Usuario Habitual nvl.3 ★
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    cerdos de mierda, no encuentran por donde seguir exprimiéndole los bolsillos a la gente.
     
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  7. S.A.R.U.

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    jajaja llega hacer chistosa esta situación, claro como no pueden tocar a las grandes empresas, o están coludidos con dichos entes, le meten la mano al bolsillo a la gente que no tiene ningún poder. saludos
     
  8. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    SII: 58% de los contribuyentes tributarán en renta atribuida este año

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    Universo de contribuyentes para la Operación Renta es de 1.520.791. El 14% de ellos lo hará por el régimen semi integrado.

    Este año en la Operación Renta comienza a regir en pleno la Reforma Tributaria, la que generó un contexto de críticas por complejizar el proceso. En ese sentido, el subdirector de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), Víctor Villalón, señaló que no hay sistema tributario sencillo, independiente de la reforma y que será similar al proceso de 2017.

    Del total de contribuyentes, 877.288 tributarán por el régimen de renta atribuida, lo que representa el 58%, mientras que el 20% será por el sistema tributario simplificado (14 ter) y un 14% optó por el régimen semi integrado. Otro aspecto que destacó el personero fue la reducción de en la cantidad de Declaraciones Juradas que deben presentar los contribuyentes, las que pasaron de 78 en 2017 a 74 en este año.


    En relación a la Operación Renta, Villalón hizo hincapié en que el SII ha generado mecanismos para facilitar el proceso, dado que “la reforma le agrega elementos adicionales, que a nuestro entender hacen más sencillo el sistema, pero al ser nuevos le dan esta percepción de complejidad”.

    Nuevo Portal. Con la intención de facilitar el proceso a los contribuyentes, el SII lanzó el Portal de Operación Renta con el objetivo de simplificar las Declaraciones Juradas de Renta, para lo que facilitó asistentes que están incorporados a la declaración de renta atribuida, 14 ter y honorarios.

    http://www.pulso.cl/economia-dinero/sii-58-los-contribuyentes-tributaran-renta-atribuida-este-ano/
     
  9. heraclito27

    heraclito27 Usuario Habitual nvl.3 ★
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    La única forma de seguir engordando el estado es aumentado la carga tributaria a la clase media. La tasa de impuestos a las empresas y la tasa marginal personal son ya demasiado altas.
    Si el estado cumple un rol subsidiario con los mas pobres, es posible focalizar carga tributaria en los mas ricos. Si se pretende que el estado extienda el gasto social a la clase media, entonces se debe incrementar la carga tributaria a la clase media.

    Una persona de clase media prefiere como proveedor al estado o a privados?
     
  10. antipodas

    antipodas Usuario Nuevo nvl. 1
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    SNA considera discriminatoria resolución tributaria que afectará a sectores del agro
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    Como discriminatoria en sus efectos calificó la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) la Resolución Exenta N°2 del Servicio de Impuestos Internos (SII) que deroga la resolución que excepcionaba de las retenciones por cambio de sujeto de IVA a las operaciones respaldadas por documentos tributarios electrónicos.

    La disposición, publicada en el Diario Oficial el 20 de enero de 2018 y que comienza a regir el 1 de marzo, afecta en el sector agrícola a las ventas de arroz, berries, ganado, legumbre y trigo, “rubros a los que se impone una carga muy gravosa y discriminatoria que atenta contra la garantía constitucional de igualdad ante la ley, ya que, sin mayor sustento, se considera riesgoso a todos los contribuyentes de un mismo rubro”, sentenció el presidente del gremio, Ricardo Ariztía.


    Otros sectores afectados son los que tienen relación con servicios de construcción, madera, chatarra, oro, papeles y cartones, pesca y productos silvestres.


    El líder de la SNA añadió que “esta resolución producirá efectos tanto en pequeños como en grandes contribuyentes, afectándolos a todos por igual, sin perjuicio de que quienes se verán más perjudicados serán los pequeños agricultores, que no sólo no podrán utilizar oportunamente el crédito fiscal, sino que para hacerlo se verán envueltos en gestiones burocráticas, pudiendo quedar sujeto al criterio de un funcionario”, dijo.


    En esa línea, planteó que “parece bastante más justo que esta medida se aplique a una nómina determinada de contribuyentes de difícil fiscalización, en la cual se incorpore a aquellos contribuyentes específicos a quienes el Servicio de Impuestos Internos estime conveniente, no afectando de esta manera a la generalidad de las actividades productivas mencionadas”.


    Ariztía afirmó que solicitarán formalmente al director nacional del SII que revierta esta medida que generará “un tremendo perjuicio a distintos rubros de la agricultura”.



    Decreto de 2008 que se busca derogar



    La ley faculta al director nacional del SII para modificar, a su juicio exclusivo, al sujeto de derecho del IVA, afectando en este caso el impuesto al adquirente o beneficiario del servicio, a quienes se les traspasa la responsabilidad de declarar y pagar el impuesto.


    En diversas resoluciones del SII, dictadas entre 2000 y 2005, se dispuso el cambio del sujeto del IVA en las ventas de arroz, berries, chatarra, servicios de construcción, ganado, legumbre, madera, oro, papeles y cartones, pesca, productos silvestres y trigo.


    Sin embargo, en 2008 se dictó una resolución (la que se está derogando actualmente) que excepcionaba del régimen de cambio de sujeto a las operaciones de ventas respaldadas con documentos tributarios electrónicos, por contribuyentes autorizados por el SII para ser emisores electrónicos, debiendo cumplir –además- ciertas formalidades para obtener la calidad de agente retenedor del IVA.


    En este contexto, el líder de la SNA planteó que “sería importante entender la fundamentación de este cambio normativo, ya que en la Resolución Exenta N°2 sólo se hace mención a los atributos de riesgo de incumplimiento tributario de contribuyentes de difícil fiscalización que hoy en día son emisores de documentos tributarios”.


    Planteó que “se desconoce si hay algún estudio u otro antecedente que justifique una medida de este tipo, en la que se vuelve a dar vigencia a resoluciones de los años 2000 a 2005, cuya razón posiblemente hoy no tenga el mismo asidero”.


    http://www.estrategia.cl/texto-diar...-resolucion-tributaria-afectara-sectores-agro
     
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