Disculpen por el retraso pero estaba en mi pagina web y debatiendo por twitter.
Quien escribio el tema contra el anarcocapitalismo, se nota no lo conoce, se dice q nosotros actuamos igual q el estado en nuestra propiedad privada, pero ignora como una persona se apodera d algo y como el estado lo hace. Imagina q nadie pudiera tner propiedad privada seria realmente un infierno y no seria viable en el mundo real, por ej, acptarias no ser el dueño d tu casa? y q cualquiera pudiera entrar porq tu casa seria d la comunidad?
Que tuvieras q pedir permiso para usar tu auto, tu tv, tu celular, tu computador, tu ropa, etc, porq todo seria comunitarios y nada propio, aguantarian una situacion asi?
Etica Rothbardiana
El problema del orden social.
R
obinson Crusoe, solo en su isla, puede hacer lo que le plazca.
Para él, la cuestión concerniente a las reglas de la conducta
humana ordenada cooperación social sencillamente no surge.
Naturalmente, esta cuestión sólo puede surgir cuando una segunda
persona, Viernes, llega a la isla. Incluso entonces, la cuestión sigue
siendo largamente irrelevante hasta tanto no haya escasez. Supongamos
que la isla es el Jardín del Edén. Todos los bienes materiales están al
alcance con sobreabundancia. Son bienes gratuitos, como el aire que
respiramos que, por lo general, es un bien gratuito. Sea lo que fuere
que Crusoe haga con esos bienes, sus acciones no tienen repercusión
con respecto a su propia provisión de esos bienes, ni con respecto
a la provisión actual o futura de los mismos bienes de Viernes (y
viceversa). Por lo tanto, es imposible que pudiese haber un conflicto
entre Crusoe y Viernes en lo concerniente al uso de esos recursos. El
conflicto se hace posible sólo si los bienes son escasos, y sólo entonces
puede surgir un problema de formulación de reglas que hacen posible
a una cooperación social ordenada libre de conflicto.
E n el Jardín del Edén existen solamente dos bienes escasos: el
cuerpo físico de una persona y el lugar que ocupa. Crusoe y Viernes
tienen cada uno un solo cuerpo y pueden parase en el mismo lugar,
sólo de a uno por vez. Entonces, incluso en el Jardín del Edén pueden
surgir conflictos entre Crusoe y Viernes: Crusoe y Viernes no pueden
1 Originalmente publicado el 20 de mayo de 2002 en LewRockwell.com Hans-
Hermann Hoppe es senior fellow del Ludwig von Mises Institute, profesor de Economía
de la Universidad de Nevada, Las Vegas, y editor del The Journal of Libertarian
Studies. Democracy: The God That Failed es su octavo libro. Este ensayo está basado
en una conferencia del Profesor Hoppe en memoria de Murray N. Rothbard en el Mises
Institutes Austrian Scholars Conference en 1999. Traducción con autorización de
Hernán Alberro. (
[email protected])
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querer ocupar simultáneamente el mismo lugar sin entrar en conflicto
físico, entre sí.
P or lo tanto, incluso en el Jardín del Edén deben existir reglas
de conducta social ordenada reglas referentes a la ubicación y el
movimiento apropiados de los cuerpos humanos. Y fuera del Jardín
del Edén, en el reino de la escasez, debe haber reglas que regulen no
sólo el uso de los cuerpos humanos, sino de todo lo escaso para que
todo conflicto posible pueda ser eliminado. Este es el problema del
orden social.
La solución al problema: La idea de la apropiación originaria y la
propiedad privada.
E n la historia del pensamiento político y social se han realizado
muchas propuestas como supuestas soluciones al problema del orden
social, y esta variedad de propuestas alternativamente inconsistentes
contribuyó al hecho de que hoy, la búsqueda por la única solución
correcta a un problema, es frecuentemente vista como ilusoria. Sin
embargo, tal como intentaré demostrar, existe una solución correcta; y
por lo tanto no hay razón para sucumbir al relativismo moral.
Y o no descubrí esta solución, ni tampoco lo hizo Murray
Rothbard. En realidad, hace cientos de años, si no es que más aún,
que la solución se conoce en esencia. El salto a la fama de Murray
Rothbard fue simplemente por redescubrir esta solución tan antigua
como sencilla y for mularla en forma más clara y convincente que
nadie antes que él.
P ermítaseme comenzar formulando la solución primero para el
caso especial representado por el Jardín del Edén y luego para el caso
general representado por el mundo real de escasez circundante y
luego proceder a la explicación de por qué esta solución, y ninguna
otra, es la correcta.
E n el Jardín del Edén, la solución es provista por la sencilla regla
que estipula que cada uno puede poner y mover su propio cuerpo donde
lo desee, con la única condición de que nadie más ya esté parado allí
y ocupando el mismo espacio.
Y fuera del Jardín del Edén, en el reino de la escasez circundante,
la solución es dada por esta regla: Cada uno es el dueño adecuado de
su propio cuerpo físico como así también de todos los lugares y bienes
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naturales que ocupe y ponga en uso mediante su cuerpo, con la única
condición de que nadie más ya haya ocupado o utilizado los mismos
lugares y bienes antes que él.
E sta pertenencia de los lugares y los bienes apropiados
originariamente por una persona implica su derecho a utilizar y
transformar esos lugares y bienes de cualquier manera que considere
posible, con la única condición de que no modifique sin permiso, la
integridad física de lugares y bienes originariamente apropiados por
otra persona.
E n particular, una vez que un lugar o un bien fue apropiado por
primera vez mediante, en palabras de John Locke, mezclar el propio
trabajo con él, la propiedad sobre esos lugares y bienes sólo puede
ser adquirida mediante una transferencia voluntaria contractual del
título de propiedad del propietario originario al otro.
A la luz del ampliamente difundido relativismo moral, vale la pena
destacar que esta idea de apropiación originaria y propiedad privada
como solución al problema del orden social concuerda completamente
con nuestra intuición moral. ¿No es sencillamente absurdo sostener
que una persona no debería ser el dueño indicado de su propio cuerpo
y de los lugares y bienes que él originariamente, es decir, antes que
nadie más, se apropió, utiliza y/o produce mediante su cuerpo? Dado
que ¿quién más, si no él, debería ser el dueño? ¿Y no es también obvio
que la abrumadora mayoría de las personas incluyendo a los niños
y a los primitivos actúan de hecho según esta regla, y lo hacen sin
cuestionamiento y en forma natural?
S in embargo, una intuición moral, más allá de su importancia,
no es una prueba. Pero también hay prueba de que nuestra intuición
moral es correcta.
L a prueba puede ser provista de dos maneras. Por un lado,
describiendo las consecuencias de que uno niegue la validez de la
institución de la apropiación originaria y la propiedad privada: si una
persona A no fuera dueña de su propio cuerpo y de los lugares y bienes
originariamente apropiados y/o producidos con su cuerpo, como así
también de los bienes voluntariamente (contractualmente) adquiridos
a otro propietario anterior, entonces existen dos alternativas.
O tra persona B tiene que ser reconocida como dueña del cuerpo
de A, como así también de los lugares y bienes apropiados, producidos
y adquiridos por A. O sino todas las personas, A y B, deben ser
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consideradas copropietarias iguales de todos los cuerpos, lugares y
bienes.
E n el primer caso, A quedaría reducido al nivel de esclavo de B
y objeto de explotación. B es el dueño del cuerpo de A y de todos
los lugares y bienes apropiados, producidos y adquiridos por A,
pero A, por su parte, no es dueño del cuerpo de B y de los lugares
y bienes apropiados, producidos y adquiridos por B. Entonces, bajo
esta regla se constituyen dos clases de personas categóricamente
distintas Untermenschen (Subhombres) como A y Übermenschen
(Superhombres) como B a las cuales se aplican leyes diferentes.
Por lo tanto, ese tipo de reglas debe ser descartado como ética humana
igualmente aplicable a todos qua seres humanos (animal racional).
Desde el mismísimo comienzo, cualquier reglamentación similar
puede ser reconocida como no aplicable universalmente y por ende,
no puede sostener representar al derecho.
P orque para que una regla aspire al nivel de derecho una regla
justa es necesario que dicha regla se aplique igual y universalmente
a todos.
E n forma alternativa, en el segundo caso de propiedad universal y
copropietaria, se cumple el requisito de igual derecho para todos. Sin
embargo, esta alternativa sufre de otra deficiencia, incluso más severa,
porque de aplicarse toda la humanidad perecería instantáneamente.
(Y dado que toda ética humana debe permitir la supervivencia de
la humanidad, esta alternativa también debe ser rechazada.) Toda
acción de una persona requiere la utilización de un medio escaso (al
menos el cuerpo de la persona y el lugar en que está parada). Pero si
todos los bienes fueran copropiedades de todos, entonces ninguno,
en ningún momento y ningún lugar, tendría permiso para hacer nada
salvo que haya asegurado previamente el consentimiento de todos los
demás copropietarios; y aún así, ¿cómo podría alguien brindar dicho
consentimiento si no fuera el dueño exclusivo de su propio cuerpo
(incluyendo sus cuerdas vocales) mediante las cuales debe expresar
su consentimiento? En realidad, primero necesitaría el consentimiento
de otros para poder expresarse, pero estos otros no pueden dar su
consentimiento sin antes tener el de él, etc.
E sta mirada a la imposibilidad praxeológica del comunismo
universal, tal como Rothbard se refirió a esta propuesta, me lleva de
inmediato a una segunda forma alternativa de demostrar la idea de la
apropiación originaria y la propiedad privada como la única solución
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correcta al problema del orden social. Si una persona tiene o no algún
derecho y, si los tiene, cuáles son, sólo puede ser decidido mediante
la argumentación (intercambio lógico). La justificación prueba,
conjetura, refutación es una justificación argumentativa.
Q uien quisiera negar esta proposición quedaría envuelto en una
contradicción en términos, porque su negación constituiría en sí misma
un argumento. Incluso un relativista ético, por lo tanto, debe aceptar
esta primera proposición, a la cual acordadamente se la denomina a
priori de la argumentación.
D e la innegable aceptación el nivel axiomático de este a priori
de la argumentación, surgen, por lo tanto, dos conclusiones igualmente
necesarias. Primero, se sigue del a priori de la argumentación cuando
no hay solución racional al problema del conflicto que surge de la
existencia de la escasez. En mi anterior escenario de Crusoe y Viernes,
supongamos que Viernes no era el nombre de un hombre sino el de
un gorila.
O bviamente, de la misma forma en que Crusoe puede entrar en
conflicto respecto de su cuerpo y el lugar que ocupa con Viernes, el
hombre, también puede suceder con Viernes, el gorila. El gorila puede
que quiera ocupar el mismo espacio que Crusoe está ocupando. En
este caso, al menos si el gorila es la clase de entidad que conocemos
como gorilas, no hay, de hecho una solución racional a su conflicto. O
gana el gorila, y devora, destruye, o empuja a Crusoe a un lado esto
es la solución del gorila al problema o Crusoe gana, y mata, golpea,
ahuyenta o domestica al gorila esto es la solución de Crusoe. En
esta situación, uno podría hablar, de hecho, de relativismo moral. Uno
podría concordar con Alasdair MacIntyre, un prominente filósofo de
la persuasión relativista, preguntando lo mismo que el título de uno de
sus libros, ¿La justicia de quién? ¿Cuál racionalidad? (Whose Justice?
Which Rationality?) la de Crusoe o la del gorila. Dependiendo del
lado de cual uno elija estar, la respuesta será diferente. Sin embargo,
es más apropiado referirse a esta situación como una en la cual la
cuestión de la justicia y la racionalidad simplemente no surge: es
decir, como una situación extra-moral. La existencia de Viernes, el
gorila, le impone a Crusoe, sencillamente un problema técnico, no
moral. Crusoe no tiene otra opción que aprender a manejar y controlar
exitosamente los movimientos del gorila de la misma forma en que
debe aprender a manejar y controlar a los objetos inanimados de su
entorno.
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P or implicancia, sólo si las dos partes del conflicto son capaces de
presentarse argumentos mutuamente, se puede hablar de un problema
moral y surge la cuestión de si existe o no una solución significativa.
Sólo si Viernes, más allá de su apariencia física (es decir, sin importar si
se ve como un hombre o como un gorila) es capaz de argumentar (aún
si se ha mostrado capaz de hacerlo una sola vez) puede ser considerado
racional y tiene sentido la cuestión de si existe una solución correcta
al problema del orden social o no. No se puede esperar que nadie dé
una respuesta realmente ninguna respuesta a alguien que nunca ha
hecho una pregunta o, más puntualmente, que nunca ha declarado su
propia postura relativista en forma de un argumento. En ese caso, este
otro no puede ser visto y tratado como otra cosa que no sea un animal
o una planta, es decir, como una entidad extra-moral. Sólo si esta otra
entidad puede en principio detener su actividad, cualquiera que sea,
pararse para hablar y decir sí o no a algo que uno ha dicho, le
debemos a esta entidad una respuesta y por lo tanto, podemos sostener
que nuestra respuesta es la correcta para las dos partes involucradas
en el conflicto.
M ás aún, en segundo lugar y positivamente se sigue del a priori de
la argumentación que todo lo que debe ser presupuesto en el curso de
una argumentación como precondición lógica o praxeológica de la
argumentación no puede ser discutido argumentativamente respecto
de su validez sin caer, así, en una contradicción interna (en términos).
Ahora, los intercambios lógicos no están hechos de proposiciones
aisladas, sino que constituyen una actividad humana específica. La
argumentación entre Crusoe y Viernes requiere que ambos posean,
y se reconozcan mutuamente como poseedores de, control exclusivo
sobre sus respectivos cuerpos (sus cerebros, cuerdas vocales, etc.)
como así también del lugar que ocupan sus cuerpos. Nadie podría
proponer nada y esperar que la otra parte se convenza de la validez
de esa proposición o la niegue y proponga algo diferente, a menos
que se presupongan y asuman como válidos el control de uno y otro
sobre sus respectivos cuerpos y lugares que ocupan. De hecho, es
precisamente este reconocimiento mutuo de la propiedad del propio
cuerpo y del lugar que ocupa, por parte del proponente al igual que
del oponente, lo que constituye el characteristicum specificum de toda
disputa proposicional: que mientras uno puede no estar de acuerdo
respecto de la validez de alguna proposición, uno puede acordar de
todas formas en el hecho de que uno está en desacuerdo.