Demás esta decir que la reventa de entrada se encuentra prohibida según la ley 19.327 Articulo 27a referente a los Derechos y Deberes en los espectáculos de fútbol profesional.
Constituirán infracciones (
) revender entradas para espectáculos de fútbol profesional. Para estos efectos, se entenderá por reventa de entradas, todo acto que tenga por objeto enajenar, comercializar, vender o ceder a título oneroso uno o más boletos de ingreso a un espectáculo de fútbol profesional, adquiridos previamente y por medio de las vías oficiales, a un precio superior al establecido por el organizador del espectáculo de fútbol profesional.