¿Cómo será la franja televisiva para el plebiscito de abril?

En Venezuela el agua es gratis ( he estado ahí ) y no es potable. No se puede tomar y se corta por días y semanas aveces .
Pero no puedes alegarle a nadie ..... es gratis

Quien dijo que Venezuela es el único país en que el agua es gratis?

Una de las razones por las que me hice está cuenta, es para educar a gente cómo tú.
El agua es un bien nacional de usó público (de todos los Chilenos) regulado en el Código civil y Código de aguas, no en la constitución.
Estudiar es entretenido y te saca del oscurantismo!

Código Civil
Artículo 589.

Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda.

Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la nación, como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes públicos.

Los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes del Estado o bienes fiscales.

Código Civil
Artículo 595.

Todas las aguas son bienes nacionales de uso público.

Código de Aguas
Artículo 5.

Las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del presente código.

Para ser más precisos, la Constitución Política se refiere en forma expresa al derecho de
aprovechamiento de aguas en el Artículo 19 No. 24 inciso final, en que se establece la garantía constitucional de la propiedad sobre esos derechos, por lo que no garantiza el acceso al agua como derecho humano y garantiza derechos de aprovechamiento sea que se hayan constituido por autoridad o se hayan reconocido por la ley.

La norma señala que la Constitución asegura a todas las personas “…el derecho de propiedad en t todassus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, para agregar en eli final que... Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos.

En resumen el estado otorga ese bien a particulares relacionado con mercados de la agroindustria o minería, yo no lo puedo utilizar si ya hay derecho de aprovechamiento previo.

Te recomiendo un libro para salir del oscurentismo el negocio del agua se llama hay se entrevista gente que confeccionó el código del agua y explican como la constitución ayudo a amarrarla lo que se llama certeza jurídica para la inversión.

PD: conmigo no, yo leo y me instruyo. Puedes educar"gente vulnerable como lokoletal :lol:
 
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Para ser más precisos, la Constitución Política se refiere en forma expresa al derecho de
aprovechamiento de aguas en el Artículo 19 No. 24 inciso final, en que se establece la garantía constitucional de la propiedad sobre esos derechos, por lo que no garantiza el acceso al agua como derecho humano y garantiza derechos de aprovechamiento sea que se hayan constituido por autoridad o se hayan reconocido por la ley.

La norma señala que la Constitución asegura a todas las personas “…el derecho de propiedad en t todassus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, para agregar en eli final que... Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos.

En resumen el estado otorga ese bien a particulares relacionado con mercados de la agroindustria o minería, yo no lo puedo utilizar si ya hay derecho de aprovechamiento previo.

Te recomiendo un libro para salir del oscurentismo el negocio del agua se llama hay se entrevista gente que confeccionó el código del agua y explican como la constitución ayudo a amarrarla lo que se llama certeza jurídica para la inversión.

PD: conmigo no, yo leo y me instruyo. Puedes educar"gente vulnerable como lokoletal :lol:

Aún no estudias lo suficiente...
Código de Aguas
Artículo 27.

Cuando sea necesario disponer la expropiación de derechos de aprovechamiento para satisfacer menesteres domésticos de una población por no existir otros medios para obtener el agua, deberá dejarse al expropiado la necesaria para iguales fines.

https://www.meganoticias.cl/nacional/275242-sequia-agua-expropiacion.html
 
Aún no estudias lo suficiente...
Código de Aguas
Artículo 27.

Cuando sea necesario disponer la expropiación de derechos de aprovechamiento para satisfacer menesteres domésticos de una población por no existir otros medios para obtener el agua, deberá dejarse al expropiado la necesaria para iguales fines.

https://www.meganoticias.cl/nacional/275242-sequia-agua-expropiacion.html

Claro y el estado pagar el precio de mercado, que bien de uso público es ese me estás diciendo .el estado regala derechos de aprovechamiento ese que dices de todos los chilenos, el empresario explota todo ese aprovechamiento incluso seca acuiferos, la comunidad lo resiente y el estado debe pagar tanto los camiones aljibes como en última instancia la expropiación. Y eso quieren mantener por años más en un contexto de sequía :lol:
De verdad te lees?

con la constitucion actual podemos cambiar eso

Claro como una vez quisieron cambiar el lucro en la educación y dónde fue a parar esa reforma? Tribunal constitucional .
Investigue mijo por eso le dicen tercera camara.
 
Última edición por un moderador:
QUIEN QUIERE NUEVA CONSTITUCION?

1.800.000 DE MARIONETAS QUE VOTARON (CONTANDO VOTOS MULTIPLES Y TRIPLICADOS)

SOMOS 18.000.000 MILLONES DE CHILENOS

VOTAMOS 12.300.000 MILLONES

LOS FRIOS NUMEROS NOS DEMUESTRAN QUE LA NUEVA CONSTITUCION ES UNA EXIGENCIA AUTORITARIA Y VIOLENTA DE UN PEQUEÑO GRUPO EN LA SOCIEDAD.

SI VEMOS LO QUE PASA EN CHILE VEREMOS QUE ESE 1.800.000 QUE QUIENE NUEVA CONSTITUCION PARTICIPA Y APOYA EL SAQUEO MASIVO Y DESTRUCCION DE CHILE.

NO OLVIDEMOS A LA COBARDE DERECHA LIGHT Y A UN PRESIDENTE GUSANO

MENOS PODEMOS OLVIDAR A LA IZQUIERDA EMPRESARIAL QUE HA GOBERNADO LOS ULTIMOS 25 AÑOS DESDE QUE EL MARAVILLOSO TERMINO LA RECONSTRUCCION NACIONAL

SE PUEDEN MODIFICAN LAS LEYES QUE QUIERAN E INCLUSO LA VONSTITUCION ACTUAL

PERO EL DAÑO A CHILE YA OCURRIO Y REGRESAMOS A SER UNOS MISERABLES SUDACAS, PARA EL RESTO DEL MUNDO.
 
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Claro y el estado pagar el precio de mercado, que bien de uso público es ese me estás diciendo .el estado regala derechos de aprovechamiento ese que dices de todos los chilenos, el empresario explota todo ese aprovechamiento incluso seca acuiferos, la comunidad lo resiente y el estado debe pagar tanto los camiones aljibes como en última instancia la expropiación. Y eso quieren mantener por años más en un contexto de sequía :lol:
De verdad te lees?
Todos en Chile estamos de acuerdo en que la prioridad en el agua la debe tener el consumo humano. Pero el tema es más complejo que los derechos de aguas, tiene que ver con el excesiva burocracia en relación al agua (muchas instituciones), falta de inversión para tener más agua y también el negociado de los camiones aljibes en algunas comunas.
Insisto la constitución no es el problema (independiente de que se puedan hacer mejoras), el tema principal es la institucionalidad del agua (normas comunes,no constituciónales) y también la falta de inversión en infraestructura para el agua).
Nosotros somos un país agricola, esa área productiva da muchos empleos a las personas y dólares al país, por lo tanto no se puede mirar el agro cómo un enemigo al cual hay qué destruir.
 
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Todos en Chile estamos de acuerdo en que la prioridad en el agua la debe tener el consumo humano. Pero el tema es más complejo que los derechos de aguas, tiene que ver con el excesiva burocracia en relación al agua (muchas instituciones), falta de inversión para tener más agua y también el negociado de los camiones aljibes en algunas comunas.
Insisto la constitución no es el problema (independiente de que se puedan hacer mejoras), el tema principal es la institucionalidad del agua (normas comunes,no constituciónales) y también la falta de inversión en infraestructura para el agua).
Nosotros somos un país agricola, esa área productiva da muchos empleos a las personas y dólares al país, por lo tanto no se puede mirar el agro cómo un enemigo al cual hay qué destruir.

La constitución no es un problema? Siempre webean los empresarios con el tema de la certeza jurídica, incluso cuando lo querían dejar en 30 años el aprovechamiento del agua. Los tipos lo quieren a perpetuidad. Cómo puedes salirte del círculo vicioso de los camiones aljibes y el tema de la inversión si en nuestra actual constitución más el código de agua prácticamente declaran dueño del agua en una parte de la cuenca y además algunos desvían el cauce.

agro solo vela por si mismo, no hay una organización en el uso frutal, clima y aptitudes del suelo puedes ver un palto en la pendiente de una montaña de alguna zona norte, los tipos le importa el dinero no importa cuánta agua saquen.
Un ejemplo de hasta donde puede llegar la dga con la actual constitución:
https://www.terram.cl/2018/01/tc-de...-de-ley-que-empodera-a-la-direccion-de-aguas/
Claro la forma de constituir política en un país no importa (constitución)
https://ciperchile.cl/2014/10/10/agua-¿bien-publico-o-privado
Un profesor de la universidad de Arizona te lo dice y el wn se cree porq viene a iluminar con su inmensa sabiduría en un portal de internet :lol: pasao a guano
https://www.google.com/amp/s/www.la...ndo-aguas-legalmente-privatizadas/581445/amp/
 
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La constitución no es un problema? Siempre webean los empresarios con el tema de la certeza jurídica, incluso cuando lo querían dejar en 30 años el aprovechamiento del agua. Los tipos lo quieren a perpetuidad. Cómo puedes salirte del círculo vicioso de los camiones aljibes y el tema de la inversión si en nuestra actual constitución más el código de agua prácticamente declaran dueño del agua en una parte de la cuenca y además algunos desvían el cauce.

agro solo vela por si mismo, no hay una organización en el uso frutal, clima y aptitudes del suelo puedes ver un palto en la pendiente de una montaña de alguna zona norte, los tipos le importa el dinero no importa cuánta agua saquen.
Un ejemplo de hasta donde puede llegar la dga con la actual constitución:
https://www.terram.cl/2018/01/tc-de...-de-ley-que-empodera-a-la-direccion-de-aguas/
Claro la forma de constituir política en un país no importa (constitución)
https://ciperchile.cl/2014/10/10/agua-¿bien-publico-o-privado
Un profesor de la universidad de Arizona te lo dice y el wn se cree porq viene a iluminar con su inmensa sabiduría en un portal de internet :lol: pasao a guano
https://www.google.com/amp/s/www.la...ndo-aguas-legalmente-privatizadas/581445/amp/

No sabes lo que hablas. Saludos