De donde sacaste eso? El Estado tiene la facultad de expropiar lo que estime conveniente siempre y cuando cumpla requisitos, específicamente de bien común, salud pública, intereses generales de la Nación y conservación de patrimonio ambiental, etc; ningún particular puede negarse a la expropiación, sólo tiene derecho a ser indemnizado, derecho que por lo demás, fue consagrado con la Constitución del 80' del nefasto Jaime Guzmán, ya que anteriormente, cuando los terrenos fueron expropiados por el Chicho, no existía ese derecho a ser indemnizado por el Estado cuando eras expropiado, y por tanto, sólo cagabas.No existe bien común en párrafo citado estimado, es para hacer negocio debido a que las entidades que otorgan agua son empresas privadas, además, usted puede negarse a la expropiación diciendo simplemente NO o subiendo su precio de venta, también le recuerdo que la única ley que por lo menos yo se, que puede OBLIGAR a expropiación es la ley eléctrica, pero no la de distribución, sino que la de generación (torres de alta tensión), ahí cagaste si quieren pasar u ocupar tu terreno, no te puedes negar.
No todo tiene que ser privado o sujeto de privatización, simplemente se va a hacer cagar el ecosistema global.
Si no tienes idea de lo que hablas, mejor guarda silencio; lo único que podría tener razón el nefasto ignorante de Jadue y pensando que es a lo que se refiere, es a la eliminación del inciso final del artículo 19 n°24 de la CPR, que dice relación con el derecho de dominio sobre las aguas, porque modificar el derecho de dominio para que este no sea absoluto, es una aberración jurídica que no merece siquiera ser tema de conversación.
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que tiene que ver eso con el carácter absoluto del derecho de propiedad?; el gusto de los ignorantes de hablar sin saber nada.