JC Rodríguez se llenó de críticas por tratar de actor a Daniela Vega

me tay diciendo que aun niño con Sindrome de Down .... le dirias "Por que te comportas asi...? portate normal!!!" ( el sindrome de down.. es una mutacion genetica)

no se amigo mio... si leyo bien... lo que puse es cierto... y en esto se avalan muchos politicos y representantes en las comisiones de investigacion sobre el tema de identidad de genero, en bases cientificas plausibles y comprobables. Estoy de acuerdo que no podis (sicologicamente ) creer que eres algo solo porque se te paro la raja y los demas debamos aceptarlo... Pero se esta recien investigando las razones geneticas de los humanos trans y otros. Ni ellos mismos saben porque sienten asi.... no se les puede culpar por eso

Entonces estamos de acuerdo en que es una mutación, igual puede hacer cambio legal de sexo y nombre, pero siendo mujer de forma legal ya no podría vender la imagen de transgénero luchador que tiene entrar y salir con carnet de hombre, y lógicamente su popularidad bajaría demasiado, sería el mismo efecto "Marlen Olivarí con ropa", se le acaban los 5 minutos de fama
 
Entonces estamos de acuerdo en que es una mutación, igual puede hacer cambio legal de sexo y nombre, pero siendo mujer de forma legal ya no podría vender la imagen de transgénero luchador que tiene entrar y salir con carnet de hombre, y lógicamente su popularidad bajaría demasiado, sería el mismo efecto "Marlen Olivarí con ropa", se le acaban los 5 minutos de fama

Lo intentó, pero la legislacion vigente no se lo permite (no existe en la ley la causal cambio de sexo a personas trans)... de ahi la necesidad de la nueva ley de identidad de genero
 
Lo intentó, pero la legislacion vigente no se lo permite (no existe en la ley la causal cambio de sexo a personas trans)... de ahi la necesidad de la nueva ley de identidad de genero

Cambio de sexo registral en Chile: procedimiento legal y jurisprudencia A solicitud de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, el presente informe describe el procedimiento legal para el cambio de sexo registral en Chile y analiza la jurisprudencia en la materia. Respecto de lo primero, se constata que no existe un procedimiento explícito para el cambio de sexo registral en Chile, sin perjuicio de lo cual, en la práctica, se utiliza el procedimiento no contencioso contemplado en la Ley 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, y modifica la Ley 4.808 sobre Registro Civil. En cuanto a la jurisprudencia, se hacen presentes las dificultades metodológicas para hacer un juicio preciso en cuanto a sus tendencias. Sin perjuicio de ello, y a partir de un estudio empírico relativo a las decisiones de los Juzgados Civiles de Santiago entre los años 2005 y 2009, y del seguimiento de las mismas ante los tribunales superiores de justicia, junto a otras fuentes, se puede afirmar con cierto grado de certeza, que los tribunales chilenos conceden el cambio de sexo cuando existe un diagnóstico médico de la condición de transexualismo y la apariencia del sexo opuesto. Los fundamentos para ello varían, pero en general tienen presente la necesidad de congruencia entre el nombre y el sexo y la dignidad de la o el solicitante. Por otra parte, y sobre todo en la jurisprudencia anterior a 2013, se consideraba como un factor determinante la exigencia de una cirugía de readecuación del sexo (CRS). Este requisito, que parece estar siendo abandonado por la jurisprudencia más reciente, tiene dificultades para ser justificado aplicando el test de proporcionalidad.

Extraido directamente de la biblioteca del congreso. En Chile sí se aplica puesto que existen antecedentes de aquello. De hecho en la ley de identidad de género, también está estipulado, previo exámenes médicos.
 
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Cambio de sexo registral en Chile: procedimiento legal y jurisprudencia A solicitud de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, el presente informe describe el procedimiento legal para el cambio de sexo registral en Chile y analiza la jurisprudencia en la materia. Respecto de lo primero, se constata que no existe un procedimiento explícito para el cambio de sexo registral en Chile, sin perjuicio de lo cual, en la práctica, se utiliza el procedimiento no contencioso contemplado en la Ley 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, y modifica la Ley 4.808 sobre Registro Civil. En cuanto a la jurisprudencia, se hacen presentes las dificultades metodológicas para hacer un juicio preciso en cuanto a sus tendencias. Sin perjuicio de ello, y a partir de un estudio empírico relativo a las decisiones de los Juzgados Civiles de Santiago entre los años 2005 y 2009, y del seguimiento de las mismas ante los tribunales superiores de justicia, junto a otras fuentes, se puede afirmar con cierto grado de certeza, que los tribunales chilenos conceden el cambio de sexo cuando existe un diagnóstico médico de la condición de transexualismo y la apariencia del sexo opuesto. Los fundamentos para ello varían, pero en general tienen presente la necesidad de congruencia entre el nombre y el sexo y la dignidad de la o el solicitante. Por otra parte, y sobre todo en la jurisprudencia anterior a 2013, se consideraba como un factor determinante la exigencia de una cirugía de readecuación del sexo (CRS). Este requisito, que parece estar siendo abandonado por la jurisprudencia más reciente, tiene dificultades para ser justificado aplicando el test de proporcionalidad.

Extraido directamente de la biblioteca del congreso. En Chile sí se aplica puesto que existen antecedentes de aquello. De hecho en la ley de identidad de género, también está estipulado, previo exámenes médicos.


Gracias por la iluminacion... seguro cuando ella lo mencionó se referia a la legislacion anterior a 2013
 
Gracias por la iluminacion... seguro cuando ella lo mencionó se referia a la legislacion anterior a 2013

Es que eso es lo inentendible. No se sabe lo que quiere más allá de ser tribuna de reclamo y tener pantalla por eso, porque de que puede hacer algo, puede, sin embargo parece que le queda más cómoda la posición desde el reclamo, así ha ganado y si la dejaran ser Daniela Vega desde el registro civil sin problemas, seguramente se le acabaría la pantalla