Kaiser defiende uso de armas en defensa propia: "Tengo derecho a matar al que entra en mi casa

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Si un delincuente entra a mi casa lo mato.

Me importa un soberano pico su edad, sexo, genero, raza, etnia, nacionalidad o incluso si es @Hatuey o @ysilva.


Pd: me da la impresión que @Hatuey se autoexilio. Bien hecho conchadetumadre, igual que @bluescifer, @manases y un wea de icono amarillo que decía que NZ era plurinacional. Hijos de la grandisima perra.
 
Hay que estar bien cagado del mate o tener muy poca empatía, como para estar en contra de que la gente pueda defender a sus propias familias y sus hogares, lo mas triste es que son muchos los que andan dando jugo con eso.
 
La noticia está redactada como hoyo. En nuestra legislación el porte de arma está autorizado para las policías y FF.AA. excepcionalmente un civil podrá portar arma por resolución judicial fundada.
Lo que existe actualmente basta y sobra, me refiero a la tenencia legal de armas.
1. Prueba ante la autoridad fiscalizadora.
2. Examen psiquiátrico.
3. Inscribir el armamento. En este punto hay que aclarar si es para defensa, deporte, caza o colección.
4. Si es para deporte se autoriza el (trasporte) hacia el lugar donde se realizará la actividad, en ningún caso andar con el arma cargada en la calle.

Hay que aclarar un punto trascendental en la noticia. Existe la legítima defensa y la legítima defensa privilegiada, ambas establecidas en el código penal de chile la cual te autoriza para actuar en defensa de uno o de un tercero. Lo que venga después es la valoración que le da un juez de garantía a fin de determinar si existen los elementos necesarios para acreditar si hay legítima defensa o un eventual homicidio.

En síntesis la noticia debió enfocarse en dos puntos... la tenencia responsable de armas y la legítima defensa, en ambos casos no se avanza porque la izquierda no aporta nada, solo trabas y cuestionamientos.

PD: investiguen un poco cabros, que manera de transmitir gueas en los comentarios.
 
La noticia está redactada como hoyo. En nuestra legislación el porte de arma está autorizado para las policías y FF.AA. excepcionalmente un civil podrá portar arma por resolución judicial fundada.
Lo que existe actualmente basta y sobra, me refiero a la tenencia legal de armas.
1. Prueba ante la autoridad fiscalizadora.
2. Examen psiquiátrico.
3. Inscribir el armamento. En este punto hay que aclarar si es para defensa, deporte, caza o colección.
4. Si es para deporte se autoriza el (trasporte) hacia el lugar donde se realizará la actividad, en ningún caso andar con el arma cargada en la calle.

Hay que aclarar un punto trascendental en la noticia. Existe la legítima defensa y la legítima defensa privilegiada, ambas establecidas en el código penal de chile la cual te autoriza para actuar en defensa de uno o de un tercero. Lo que venga después es la valoración que le da un juez de garantía a fin de determinar si existen los elementos necesarios para acreditar si hay legítima defensa o un eventual homicidio.

En síntesis la noticia debió enfocarse en dos puntos... la tenencia responsable de armas y la legítima defensa, en ambos casos no se avanza porque la izquierda no aporta nada, solo trabas y cuestionamientos.

PD: investiguen un poco cabros, que manera de transmitir gueas en los comentarios.
Muy buena lnfo y precisa perrin, yo tengo tres armas, una para defensa y las otras dos para caza.
 
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