Matamala aclara al intendente Guevara que quema de buses no fue violación a los DD.HH.

Estado
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Siguen llorando por lo mismo, En terminos practicos los derechos humanos son violados por el estado de forma directa(via agentes del estado) o indirecta, al omitir o no realizar su funcion de garante, ergo siempre sera el estado quien viola los derechos pues en terminos legales, de manera indirecta quien viole esos derechos sera perseguido judicialmente como delincuentes, ue sigan con la misma cantaleta absurda parece chiste, si nos remitimos a la noticia, el intendete quedo de weon por irse a las chacras y vincular la quema de buses commo violadion de DDHH.
Fácil de entender....
Excepto para el 20%
 
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Osea, tu estas bien y la abogada esta mal porque no dice lo que tu esperas que diga ,aun sin ser abogado?

Wajajaja

Estos wnes son insuperables jajaja
No me quedo con lo que dice una persona, por mucho que según ella sea abogada y trabaje en La Haya ( debe servir el café), claramente su argumento esta politizado y no es neutral. No hay que ser Einstein para comprender, lo cité un poco más arriba en naranjo, búscalo y si tienes dos neuronas (cosa que dudo) lo entenderás.
 
No me quedo con lo que dice una persona, por mucho que según ella sea abogada y trabaje en La Haya ( debe servir el café), claramente su argumento esta politizado y no es neutral. No hay que ser Einstein para comprender, lo cité un poco más arriba en naranjo, búscalo y si tienes dos neuronas (cosa que dudo) lo entenderás.
Ahh y tu eres zuper neutral..yap
 
En términos prácticos los derechos humanos son violados por el estado de forma directa (via agentes del estado) o indirecta, al omitir o no realizar su función de garante, ergo siempre sera el estado quien viola los derechos
@Richard Whitman para que responder si acá el socio te lo deja claro, incluso es lo que dice en lo que tu mismo subiste:

"Así, la Corte consideró que, debido al conocimiento del riesgo por parte del Estado a partir de que Ana Secilia denunciara la situación de su hermana, se generó para Venezuela una obligación de actuar con la debida diligencia, en el entendido de que, como ya fue expuesto, se trataba de la desaparición o el secuestro de una mujer, lo que podía conllevar a la comisión de actos de todo tipo de violencia y, en particular, de naturaleza sexual."

En suma, a partir del marco normativo de la Convención de Belém do Pará que debe permear la interpretación evolutiva de las conductas y actos de violencia contra la mujer que pueden encuadrarse como tortura, la Corte consideró que no pueden excluirse los actos de violencia contra la mujer perpetrados por particulares, cuando aquellos son cometidos con la tolerancia o aquiescencia estatal por no haberlos prevenido de forma deliberada, como ocurre en este caso"

Parece que los problemas de comprensión lectora los heredaste de Dr.Wiro
 
Artículo 30.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
 
Los DDHH solo pueden ser violentados por agentes del Estado,

la Corte consideró que no pueden excluirse los actos de violencia contra la mujer perpetrados por particulares, cuando aquellos son cometidos con la tolerancia o aquiescencia estatal por no haberlos prevenido de forma deliberada, como ocurre en este caso"
Te webeas y refutas sólo guaren de alcantarilla, eres patético. No te da ni para tener la educación de un pendejo de 6 años.
El particular, ``perpetra el crímen``. El Estado, al no haberlo previsto o prevenido, no puede participar de forma directa, es evidente.

Por ende, el Estado ``NO`` perpetra acto alguno; sino que lo tolera negligentemente de forma ``indirecta`` (pues no lo ha previsto o prevenido). Su participación recién sería directa, cuando la perpetración del hecho la realizaren los agentes del Estado.


Desde que te callampearon los users día tras día en el tema de la prostituta española vegana amante de gallinas, que estás dando manotazos de ahogado en todos los temas.
Estas recibiendo paipazos de todos; es tanto el abuso contigo, que ya perdiste la dignidad al postear en el foro.

En este tema estás en el suelo, apaleado y con el hocico roto. Mientras más des jugo, más te van a reventar, aunque a estas alturas da lo mismo, pq perdiste el orgullo. Los wnes consumidos por su ideología como tú, son obtusos y sólo les queda recibir puñetes hasta q pierden la conciencia.
 
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Hay otra sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, de nuevo, refuta a Matamala. Esta sentencia es aun más clara, porque aborda tanto violación de derechos humanos como responsabilidad ulterior. Cita:

" Por otro lado, para la Corte es claro que un Estado no puede ser responsable por cualquier violación de derechos humanos cometida entre particulares dentro de su jurisdicción. En efecto, el carácter erga omnes de las obligaciones convencionales de garantía a cargo de los Estados no implica una responsabilidad ilimitada de los Estados frente a cualquier acto o hecho de particulares, pues sus deberes de adoptar medidas de prevención y protección de los particulares en sus relaciones entre sí se encuentran condicionados al conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y a las posibilidades razonables de prevenir o evitar ese riesgo. Es decir, aunque un acto, omisión o hecho de un particular tenga como consecuencia jurídica la violación de determinados derechos humanos de otro particular, aquél no es automáticamente atribuible al Estado, pues debe atenderse a las circunstancias particulares del caso y a la concreción de dichas obligaciones de garantía."

Aquí la Corte Interamericana de Derechos Humanos hace dos cosas:

1.- Dice expresamente que el acto, omisión o hecho de un particular puede resultar en violación de los derechos humanos de otro particular. Es decir, los particulares sí pueden violar derechos humanos, ergo, lo que afirma Matamala es falso.

2.- Sostiene además que el Estado NO siempre es responsable por las violaciones de derechos humanos que se comenten entre particulares, algo que también manifiesta de forma expresa y clara.

Es definitiva, según la Corte IDH, hay casos en que particulares violan los derechos humanos y el Estado NO es responsable de tales violaciones. Es decir, aclara ambos temas, violación y responsabilidad (que son distintas) y reconoce que existe una hipótesis donde el Estado no es violador ni responsable de la violación.

Esto, para cualquiera que tenga un cerebro y entienda lo que lee, debiera ser suficiente.

Link a la sentencia de la Corte IDH:

https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_140_esp.pdf

CC @Richard Whitman
 
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