Por que diablos metes, seguros como isapre, fonasa, comisiones, ahoro obligatorio AFP, en la categoria de impuestos?. Sabes que la caracteristica principal de los impuestos es que van a las arcas del estado?. Cuando lo pagado como seguro en Isapre, Fonasa, AFC o el Ahorro de las AFP o las comisiones por administracion van a las arcas del estado para uso en gasto publico varios?. la gran mayoria de lo que nombraste aparte de los impuestos son cobros que vana bolsillo de privados como negocio, los seguros, o a un administrador del estado, para gasto exclusivo en salud como Fonasa o Renta en caso de desempleo, pero impuestos jamas han sido.
La evasion es un tema real, con multiples ejemplos hasta en las patentes que pagan los negocios, pero permitida por resquicios legales, como dijeron ahi, por leyes que dejan el espacio para que sean trajes a la medida.Partiendo por el mas conocido sistema integrado o semiintegrado, y permitir incluir en estado de resultados, gastos o perdidas fantasmas, con empresas zombies o depreciacion acelerada de activos. En fusiones de grandes empresas etc. etc.
Estimado Chemicat, asumo por tu respuesta leíste todo lo que escribí, de tu respuesta infiero dos cosas:
1) Cuando menciones que, porqué diablos meto seguros en los impuestos y
2) Mencionas que la evasión es un tema real, mencionas ejemplos sin profundizar mucho.
Estimado, al final final de mi post, puse que humildemente escribía mi apreciación, la cuál se puede “debatir” y por supuesto que es grato poder discutir de ideas o puntos de vista con altura de miras.
En cuanto al punto 1, cuando hablé de esos “seguros” que para mí si son impuestos y te diré el porqué, fue en un intento de comparación con otros países, en donde sus “impuestos” si incluye derecho a salud o pensiones, de hecho, si buscas el significado de impuestos o sus objetivos, en casi todas las definiciones podrías encontrar algo que diga:
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(copy paste) El principal objetivo de los impuestos es financiar el gasto público: construcción de infraestructuras (de transporte, distribución de energía), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, seguridad ciudadana, policía, defensa, sistemas de protección social (jubilación, prestaciones por desempleo, discapacidad), etc.
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Vale decir que, en un amplio concepto de impuestos, todo lo que sirva para financiar el gasto publico (INDEPENDIENTE DE QUE EL ESTADO LO HAYA DERIVADO A UN TERCERO) debe ser considerado impuesto, además que, de ser un “SEGURO” como tú lo planteas, tendrías la “libre elección” de contratarlo o dejar de tenerlo, lo cuál NO es el caso nuestro. Como dije anteriormente fue un lindo debate con una colega de Inglaterra, en el que tuvimos las mismas dudas e inquietudes. Entonces, de acuerdo a la definición anterior, que por norma general es una de las que más consenso tiene, las prestaciones de sanidad, jubilación y prestaciones por discapacidad o desempleo son gasto público ergo el pago de AFP, salud, AFC, SIS sí deberían ser considerados como “impuestos” ya que finalmente, y raya para la suma, es lo que OBLIGATORIAMENTE DEBES PAGAR como ciudadano de nuestro país.
Te reitero de todas formas que esto es mí apreciación y mi punto de vista, si difieres de él estás en todo tu derecho y respeto las diferencias de opinión que tengamos estimado.
Ahora el punto 2, mencionas que “la evasión es un tema real”, como si en alguna parte o párrafo de lo que escribí anteriormente hiciera ver o presumir que dije que no lo fuera. La verdad releí lo que escribí y en ninguna parte escribiría un descalabro tan evidente como la evasión fiscal en Chile. Es real y existe, pero luego enuncias una serie de puntos que, desconozco si los conoces o manejas en profundidad, en lo personal, no me gusta poner el “enunciado” sin justificar un poco para que, en líneas generales, se entienda lo que planteas; en base a esto, probablemente ya sepas mucho de lo que voy a escribir, pero para los que no y quieran profundizar sobre el tema, les dejo algunos tips, la idea es poder transmitir conocimiento e información que nos sirva a todos y que por favor SIEMPRE LA VERIFIQUEN, INVESTIGUEN Y RELEAN, no quedarse siempre con la opinión de una persona a menos que sepamos quien es.
Patentes Comerciales; se han preguntado porqué una cruz verde en providencia paga 200 lucas y un almacen de barrio puede llegar a pagar 1 millón, o el Jumbo, ¡EL JUMBO!!!, paga 600 lucas de patente municipal en algunos locales, la respuesta es fácil pero no muy difundida. Las patentes comerciales se pagan dependiendo del capital propio inicial o el capital propio tributario, nos vamos a enfocar en el hiper supermercado X de las condes, donde ves un súper GIGANTE, lleno de góndolas, carros, terminales de pago, dentro de un mall, etc, etc, etc., entonces cómo lo hacen?; supermercado X RUT: 1-9 no es dueña del local donde está ubicado, se lo arrienda a inmobiliaria supermercado X, tampoco es dueña del activo fijo, ni contrata personal, todo lo arrienda a Gestiones Supermercado X, entonces, para efectos “tributarios” Supermercado X, el tremendo hiper mercado, no es dueña de nada, todo lo arrienda o subcontrata, entonces, como todo es tercerizado, su capital propio vale huevo ergo, la patente comercial también.
Ahora, un dato que pocos conocen es que, hay una comuna en Chile, no voy a decir donde pero bailan sau-sau, permite eximir a empresas del pago de patentes comerciales para “fomentar” la inversión en la zona, entonces, volviendo al ejemplo, Supermercado X paga una patente baja porqué su capital propio tributario es muy bajo, y que pasa con las que si tienen el capital propio, los activos, los equipos, las maquinas….. esas empresas tienen domicilio comercial en esa comuna, donde por beneficio fiscal y por ley “no pagan” patente comercial (la verdad desconozco si aún está esa franquicia tributaria, tendría que averiguar, pero hasta hace poco seguía vigente).
Después te cito: “Partiendo por el mas conocido sistema integrado o semiintegrado, y permitir incluir en estado de resultados, gastos o perdidas fantasmas, con empresas zombies o depreciacion acelerada de activos. En fusiones de grandes empresas etc. etc.”
Mira, el semi-integrado y la renta atribuida fue un fiasco tributario, pretendimos, como siempre en Chile, inventar la rueda. La renta atribuida decía que, las utilidades que generaran las empresas debían ser “atribuidas” a los socios o dueños de empresas independientes de si estas eran retiradas o no, que logramos con esto, desincentivar la inversión y la fuga de capitales de inversión, bajar la “re-inversión propia” y el beneficio fiscal fue casi nulo, hoy eso se cambió rotundamente, cuando lo hicieron querían terminar con el famoso FUT, que sinceramente y se puede prestar para debate, no era tan malo y es algo que existe en todo el mundo, básicamente dice que las utilidades de empresas pagan “impuesto como empresa” y cuando estas son retiradas en el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, eirl, etc o son entregadas como dividendos en el caso de las sa, recién ahí se les aplica el impuesto de persona, forman parte del global complementario y tributan en base a esa tabla.
Gastos o perdidas fantasmas que mencionas, NUNCA se ha establecido por ley, una cosa es “evitar” impuestos que es legal y otra es “evadir” impuestos que es delito.
Depreciación acelerada de activos, fue lo único por lo que no colapsó la reinversión en empresas, te imaginas llevando a gasto los capex a 4 años o más cuando las utilidades te las atribuirían el año que se generen… la depreciación acelerada fue un poco la “compensación” que buscó el fisco para el descalabro de la renta atribuida.
Empresas zombies, también algunos las llamaban empresas “cascara”, ese sí fue un mega-fraude en la década de los 90s principalmente, pero para quien no sepa de eso, muy resumido, grandes firmas en Chile se dedicaban a comprar empresas quebradas, que literalmente no valían nada, pero, no valían nada financieramente, pero valían mucho TRIBUTARIAMENTE. Ahora porqué valían tanto “tributariamente”; es por la “perdida acumulada” que traían esas empresas, entonces esas “perdidas tributarias” ayudaban a bajar las gigantescas utilidades de las empresas que las controlaban pudiendo así pagar mucho menos impuesto del que originalmente debían pagar. Eso fue un fraude “legal” ya que nuestra débil legislación y bajo poder de contraloría no permitieron llegar más a fondo, para mí hasta bracitos cortos debió haber caído (también con lo del banco de Talca, uso de información privilegiada de Lan, etc, etc, etc, etc, etc.)…
Eso por ahora camarada, espero podamos seguir "debatiendo" siempre en buena, buscando compartir información. Saludos