Presentan proyecto para restringir cambios entre multifondos de AFP

Estado
Cerrado para nuevas respuestas.

chelo-32

Usuario Habitual nvl.3 ★
7 Abr 2009
1.099
684
112
El Ministerio de Hacienda incluyó este martes nuevas indicaciones a un proyecto de ley, las que pueden poner fin a los cambios entre los multifondos entre AFP tal como son realizados hoy por miles de
afiliados al sistema y que han generado controversia por su impacto en el mercado financiero.

Se trata de indicaciones al proyecto de ley que modifica las leyes número 18.045 y 18.046, las que inicialmente buscaban dar más transparencia y responsabilidad a los agentes de mercados, pero que incluyen normas específicas para asesores previsionales no regulados.

foto_sitio_01.jpg


En este contexto aparece en primera línea el conocido caso de Felices y Forrados, cuyas sugerencias de cambios han alcanzado alta popularidad entre los afiliados. Las indicaciones imponen restricciones a los cambios, tanto en el plazo en que se ejecutan, como en la selección de estos. Sobre los plazos, se señala que “la transferencia se materializará en los plazos y, según el procedimiento que establezca una norma de carácter general de la Superintendencia, no pudiendo superar los 30 días corridos contados desde que la Administradora reciba la respectiva solicitud de cambio”. Sobre la dirección del cambio, este sólo podrá efectuar tal transferencia hacia tipos de Fondos adyacentes en su denominación”. Es decir, del A se podría pasar al B. Desde el C, el más masivo de todos, sólo se podría pasar al B o al D. Además, se suma una indicación en que se reconocerá como asesoría previsional a las firmas que mediante boleta de garantía bancaria o la contratación de una póliza de seguros que al efecto autorice la Comisión para el Mercado Financiero, “para responder del correcto y cabal cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de su actividad y, especialmente, de los
que puedan ocasionar a los afiliados o beneficiarios que contraten sus servicios
de asesoría previsional”.

file_20200602220524.jpg


El monto de esta garantía será determinado por la Superintendencia y podría estar entre las 500 y 60.000 UF. Con todo, la Superintendencia, en conjunto con la Comisión para el Mercado Financiero, determinarán las materias necesarias para la acreditación de conocimientos en materia de asesoría para pensionarse, "de modo que dichas exigencias sean homogéneas para Asesores Previsionales y agentes de ventas de rentas vitalicias.
Además se señala que las Entidades de Asesoría Previsional y los Asesores Previsionales “no podrán realizar publicidad, propaganda o difusión, por cualquier medio, que contenga declaraciones tendenciosas, alusiones o representaciones que puedan inducir a error, equívocos o confusión al público respecto a los resultados de su asesoría previsional y a los fines y fundamentos del sistema de pensiones”. En este sentido, la Superintendencia podrá obligar a las Entidades de Asesoría Previsional y a los Asesores Previsionales a modificar su publicidad, propaganda o difusión, cuando esta no se ajuste a las normas generales que hubiere dictado.
El proyecto se encuentra en su segundo trámite constitucional en la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados -ingresó por el Senado en 2015, enfocado sólo en la regulación de agentes de mercado- y junto con las indicaciones, el gobierno le puso suma urgencia a su discusión, por lo que los legisladores cuentan con al menos dos semanas para su discusión.

Fuente: el mercurio
 
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.