La iniciativa se aprobó en particular, pero se rechazaron las indicaciones contra la incitación a la violencia y al odio.
Este martes la Cámara de Diputados y Diputadas despachó al Senado el proyecto de ley que sanciona como delito el negacionismo a las violaciones de Derechos Humanos.
Con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones se aprobó la norma que sanciona a quien justifique, apruebe o niegue los crímenes de lesa humanidad cometidos por el Estado durante la dictadura militar en Chile, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
El alcalde de Recoleta puso énfasis en las virtudes que tendría adscribir al tratado internacional, como la protección de los defensores del medio ambiente.
Durante el debate, parte del oficialismo señaló que se pondrían límites a la libertad de expresión, y según Diego Schalper de RN "aquí se sanciona un negacionismo histórico y no un negacionismo actual", ya que no se aplica "el mismo parámetro respecto de aquellos que niegan violaciones a los derechos humanos actualmente sucediendo en el mundo".
Carmen Hertz, por su parte, precisó que la norma aplica para "la negación de actos precisos de violaciones a los DD.HH. reconocidos por el Estado Chileno, que no pueden volver a repetirse".
Además, la diputada del PC lamentó en su cuenta de Twitter que no se incluyeran las indicaciones contra la incitación a la violencia y al odio "por identidad sexual, étnica o política".
Las penas serán de presidio menor en su grado medio, es decir, entre 541 días y 3 años, pero en caso que el responsable sea un funcionario público aumentará en un grado.
Fuente
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Durante la votación de la iniciativa, se rechazó gran parte del articulado relativo a la incitación de la violencia física y al odio, pero se aprobó sancionar el negacionismo de violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile.
La Sala de la Cámara votó, en particular, el Mensaje que tipifica el delito de incitación a la violencia (Boletín 11.424). Cabe recordar que el gobierno de Michelle Bachelet presentó este proyecto en septiembre de 2017 y luego, la actual administración, presentó una indicación sustitutiva en julio de 2018, siendo aprobado en general por la Cámara el 9 de enero de 2020.
La idea matriz de la iniciativa es sancionar penalmente a quienes promueven discursos que, conforme a la terminología del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, consistan en una apología del odio, capaz de desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar, que afecte a un grupo de personas o a sus miembros.
Sin embargo, y pese a aprobarse el artículo 1 que introduce un párrafo sobre incitación a la violencia y al odio en el catálogo de los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantizados por la Constitución; la norma sobre incitación a la violencia física fue rechazada, al no alcanzar los votos afirmativos que se requerían de quórum calificado. Mientras que el siguiente artículo, referido a la incitación al odio, no alcanzó mayoría simple para su aprobación.
El texto proponía sancionar el delito de incitación a la violencia, con una pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y multa de 20 a 40 UTM. Y en el caso de la incitación al odio, se establecía una pena de prisión en su grado medio a máximo, es decir, de 21 a 60 días.
Por otra parte, fueron rechazadas las modificaciones a las leyes sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo; y la que establece la responsabilidad penal de personas jurídicas en delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.
Negacionismo
En tanto, la norma que sanciona el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile, fue aprobada con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones.
Se sanciona así a quien justifique, apruebe o niegue las violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, consignadas en los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, de la Comisión de Prisión Política y Tortura, de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura; sin perjuicio de los posteriores informes que sean reconocidos por el Estado sobre la materia, siempre que dichos actos perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de el o los ofendidos, con la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), y multa de 40 a 60 UTM.
Además, se señala que la sanción se agravará en un grado si la conducta es cometida por un funcionario público, quien además sufrirá la pena de inhabilidad absoluta temporal, en su grado mínimo, para ejercer funciones públicas.
Debate parlamentario
Luego del informe de la Comisión de Derechos Humanos, entregado por la diputada Carmen Hertz (PC), intervinieron otros 15 parlamentarios(as) que manifestaron opiniones contrapuestas a la iniciativa. Ente ellos, Camila Flores (RN), Tomás Hirsch (Ind.), Francisco Undurraga (Evopoli), Cristóbal Urruticoechea (RN), Raúl Saldívar (PS), Ignacio Urrutia (Partido Repúblicano), Tucapel Jiménez (PPD), Francesca Muñoz (RN), Matías Walker (DC), Esteban Velásquez (FRVS), Luis Pardo (RN), Diego Schalper (RN), Marcelo Díaz (Ind.), Jaime Mulet (FRVS) y Erika Olivera (Ind.).
En el debate, la oposición se manifestó partidaria de poner límites a la libertad de expresión para evitar la discriminación y la violencia.
La diputada Hertz indicó que la colisión entre libertad de expresión y los discursos de incitación a la violencia, al odio y a la discriminación está resuelta en pactos internacionales de derechos humanos; y varios países lo han integrado en su legislación, como Alemania, Argentina, Holanda, Brasil, España y Uruguay, principalmente, “sociedades que han sido traumatizadas con el genocidio y crímenes de lesa humanidad”.
Agregó que en lo referido a tipificar el negacionismo, la norma se refiere a sancionar “la negación de actos precisos de violaciones a los derechos humanos reconocidos por el Estado Chileno, que no pueden volver a repetirse”.
Mientras, el legislador Tucapel Jiménez -impulsor de una moción sobre negacionismo presentada en 2011-, señaló que nadie está en contra de la tolerancia y el respeto por el otro, pero hay discursos que no tienen cabida en una sociedad democrática. “La libertad de expresión tiene un límite, cuando se atenta contra la dignidad de las personas, cuando se violenta a las personas. Las palabras muchas veces causan más dolor y daño que la violencia física”, sostuvo.
Agregó que, “justificar y trivializar crímenes y torturas, es el tipo de diálogo que estamos castigando”.
Por otra parte, algunos parlamentarios(as) oficialistas consideraron esta normativa como una “ley mordaza” contra la libertad de opinión.
En esa línea, el diputado Francisco Undurraga (Evopoli) consideró este proyecto como una respuesta a la violencia con una esencia nociva, ya que a su juicio daña uno de los principales sustentos de la democracia, la libertad de expresión.
Agregó que “el negacionismo es una oda a la censura (…) por pensar y opinar de una determinada forma, donde aparece la policía moral, donde el Estado o grupo de poder dominante determina argumentos válidos, cuál es la verdad de los hechos”.
En tanto, el legislador Schalper (RN) expresó que está en contra de la iniciativa, en lo relativo a sancionar penalmente a quien piensa distinto. Añadió que presentaron una indicación que fue rechazada en la comisión. “Si aquí se pretende sancionar a aquellos que tienen una actitud negacionista respecto de las violaciones a los derechos humanos que se puedan cometer en la historia de Chile, cuesta entender que no se aplique el mismo parámetro respecto de aquellos que niegan violaciones a los derechos humanos actualmente sucediendo en el mundo. Es decir, aquí se sanciona un negacionismo histórico y no un negacionismo actual (…). Esa es la incoherencia”.
Fuente
Este martes la Cámara de Diputados y Diputadas despachó al Senado el proyecto de ley que sanciona como delito el negacionismo a las violaciones de Derechos Humanos.
Con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones se aprobó la norma que sanciona a quien justifique, apruebe o niegue los crímenes de lesa humanidad cometidos por el Estado durante la dictadura militar en Chile, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
El alcalde de Recoleta puso énfasis en las virtudes que tendría adscribir al tratado internacional, como la protección de los defensores del medio ambiente.
Durante el debate, parte del oficialismo señaló que se pondrían límites a la libertad de expresión, y según Diego Schalper de RN "aquí se sanciona un negacionismo histórico y no un negacionismo actual", ya que no se aplica "el mismo parámetro respecto de aquellos que niegan violaciones a los derechos humanos actualmente sucediendo en el mundo".
Carmen Hertz, por su parte, precisó que la norma aplica para "la negación de actos precisos de violaciones a los DD.HH. reconocidos por el Estado Chileno, que no pueden volver a repetirse".
Además, la diputada del PC lamentó en su cuenta de Twitter que no se incluyeran las indicaciones contra la incitación a la violencia y al odio "por identidad sexual, étnica o política".
Las penas serán de presidio menor en su grado medio, es decir, entre 541 días y 3 años, pero en caso que el responsable sea un funcionario público aumentará en un grado.
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Relacionado: Proyecto de ley busca sancionar las fake news: No podemos permitir dar rienda suelta a mentiras
Al Senado proyecto que tipifica delito de incitación a la violencia
Durante la votación de la iniciativa, se rechazó gran parte del articulado relativo a la incitación de la violencia física y al odio, pero se aprobó sancionar el negacionismo de violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile.
La Sala de la Cámara votó, en particular, el Mensaje que tipifica el delito de incitación a la violencia (Boletín 11.424). Cabe recordar que el gobierno de Michelle Bachelet presentó este proyecto en septiembre de 2017 y luego, la actual administración, presentó una indicación sustitutiva en julio de 2018, siendo aprobado en general por la Cámara el 9 de enero de 2020.
La idea matriz de la iniciativa es sancionar penalmente a quienes promueven discursos que, conforme a la terminología del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, consistan en una apología del odio, capaz de desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar, que afecte a un grupo de personas o a sus miembros.
Sin embargo, y pese a aprobarse el artículo 1 que introduce un párrafo sobre incitación a la violencia y al odio en el catálogo de los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantizados por la Constitución; la norma sobre incitación a la violencia física fue rechazada, al no alcanzar los votos afirmativos que se requerían de quórum calificado. Mientras que el siguiente artículo, referido a la incitación al odio, no alcanzó mayoría simple para su aprobación.
El texto proponía sancionar el delito de incitación a la violencia, con una pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y multa de 20 a 40 UTM. Y en el caso de la incitación al odio, se establecía una pena de prisión en su grado medio a máximo, es decir, de 21 a 60 días.
Por otra parte, fueron rechazadas las modificaciones a las leyes sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo; y la que establece la responsabilidad penal de personas jurídicas en delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.
Negacionismo
En tanto, la norma que sanciona el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile, fue aprobada con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones.
Se sanciona así a quien justifique, apruebe o niegue las violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, consignadas en los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, de la Comisión de Prisión Política y Tortura, de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura; sin perjuicio de los posteriores informes que sean reconocidos por el Estado sobre la materia, siempre que dichos actos perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de el o los ofendidos, con la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), y multa de 40 a 60 UTM.
Además, se señala que la sanción se agravará en un grado si la conducta es cometida por un funcionario público, quien además sufrirá la pena de inhabilidad absoluta temporal, en su grado mínimo, para ejercer funciones públicas.
Debate parlamentario
Luego del informe de la Comisión de Derechos Humanos, entregado por la diputada Carmen Hertz (PC), intervinieron otros 15 parlamentarios(as) que manifestaron opiniones contrapuestas a la iniciativa. Ente ellos, Camila Flores (RN), Tomás Hirsch (Ind.), Francisco Undurraga (Evopoli), Cristóbal Urruticoechea (RN), Raúl Saldívar (PS), Ignacio Urrutia (Partido Repúblicano), Tucapel Jiménez (PPD), Francesca Muñoz (RN), Matías Walker (DC), Esteban Velásquez (FRVS), Luis Pardo (RN), Diego Schalper (RN), Marcelo Díaz (Ind.), Jaime Mulet (FRVS) y Erika Olivera (Ind.).
En el debate, la oposición se manifestó partidaria de poner límites a la libertad de expresión para evitar la discriminación y la violencia.
La diputada Hertz indicó que la colisión entre libertad de expresión y los discursos de incitación a la violencia, al odio y a la discriminación está resuelta en pactos internacionales de derechos humanos; y varios países lo han integrado en su legislación, como Alemania, Argentina, Holanda, Brasil, España y Uruguay, principalmente, “sociedades que han sido traumatizadas con el genocidio y crímenes de lesa humanidad”.
Agregó que en lo referido a tipificar el negacionismo, la norma se refiere a sancionar “la negación de actos precisos de violaciones a los derechos humanos reconocidos por el Estado Chileno, que no pueden volver a repetirse”.
Mientras, el legislador Tucapel Jiménez -impulsor de una moción sobre negacionismo presentada en 2011-, señaló que nadie está en contra de la tolerancia y el respeto por el otro, pero hay discursos que no tienen cabida en una sociedad democrática. “La libertad de expresión tiene un límite, cuando se atenta contra la dignidad de las personas, cuando se violenta a las personas. Las palabras muchas veces causan más dolor y daño que la violencia física”, sostuvo.
Agregó que, “justificar y trivializar crímenes y torturas, es el tipo de diálogo que estamos castigando”.
Por otra parte, algunos parlamentarios(as) oficialistas consideraron esta normativa como una “ley mordaza” contra la libertad de opinión.
En esa línea, el diputado Francisco Undurraga (Evopoli) consideró este proyecto como una respuesta a la violencia con una esencia nociva, ya que a su juicio daña uno de los principales sustentos de la democracia, la libertad de expresión.
Agregó que “el negacionismo es una oda a la censura (…) por pensar y opinar de una determinada forma, donde aparece la policía moral, donde el Estado o grupo de poder dominante determina argumentos válidos, cuál es la verdad de los hechos”.
En tanto, el legislador Schalper (RN) expresó que está en contra de la iniciativa, en lo relativo a sancionar penalmente a quien piensa distinto. Añadió que presentaron una indicación que fue rechazada en la comisión. “Si aquí se pretende sancionar a aquellos que tienen una actitud negacionista respecto de las violaciones a los derechos humanos que se puedan cometer en la historia de Chile, cuesta entender que no se aplique el mismo parámetro respecto de aquellos que niegan violaciones a los derechos humanos actualmente sucediendo en el mundo. Es decir, aquí se sanciona un negacionismo histórico y no un negacionismo actual (…). Esa es la incoherencia”.
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