"Seguramente van a votar Apruebo": machi Linconao por dichos de la CAM sobre plebiscito

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Centurion_cl

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8 Nov 2019
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SANTIAGO
Francisca Linconao sobre dichos de la CAM por plebiscito: “Seguramente van a votar Apruebo también”
La exconvencional Francisca Linconao aseguró que "seguramente" la CAM votará apruebo en el plebiscito de salida. Asimismo, en un banderazo realizado en la plaza de Temuco, Elisa Loncon y Rosa Catrileo llamaron al pueblo mapuche a apoyar la propuesta constitucional el 4 de septiembre.


La machi y exconvencional Francisca Linconao se refirió a los dichos de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) sobre el plebiscito de salida e indicó que “quizás, seguramente, van a votar Apruebo”.

Esto luego que la organización asegurara a través de una declaración que no es su responsabilidad llamar a votar por una u otra opción, ya que no fueron parte del proceso y desechara una tregua a las forestales tras un emplazamiento del historiador José Bengoa.

Las declaraciones la machi las emitió en un banderazo desarrollado este martes en la plaza de Temuco, en la región de La Araucanía, donde exconvencionales indígenas llamaron al pueblo mapuche a votar Apruebo.

Entre las participantes estaba la expresidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncon, quien llamó a todos los sectores del pueblo mapuche a respaldar el proceso y el diálogo.

“Todos debiéramos apoyar este proceso. Se lo decimos las mujeres que integramos el proceso constituyente”, indicó la exconvencional.

Consultada sobre la postura de la CAM, la machi y exconstituyente Francisca Linconao dijo que “quizás, seguramente van a votar Apruebo también porque son mapuche”.

Por su parte, Rosa Catrileo explicó que la Coordinadora Arauco Malleco es una agrupación más dentro del pueblo mapuche y realizó un llamado transversal a aprobar la propuesta constitucional.

Cabe recordar que la Coordinadora Malleco Arauco señaló en comunicado público que “no es nuestra responsabilidad llamar a votar Apruebo o Rechazo, ya que nunca fuimos parte de este proceso”.

https://www.diarioeldia.cl/pais/202...uramente-van-votar-apruebo-tambien-93920.html
https://www.biobiochile.cl/noticias...o-por-dichos-de-la-cam-sobre-plebiscito.shtml
 
Es simple, parte de la UDI y republicanos se abstuvieron de votar para eliminar la ley longueira.

A favor de la.corrupcion los patriotas.....jajajjajaj
Wn... en serio se compran el circo?
Es inconstitucional "anular" una ley.
Se modifica o deroga, siempre que haya otra ley que la sustituya.

Los weas que impulsan la.medida o son ingorantes (anda el chavista Nuñez metido), o saben que no va a prosperar y sólo lo hacen para que los tontitos empiecen a hablar y repetir weás.
Tal como lo hicieron hasta el año pasado, en donde el FA y PC se aburrieron de impulsar proyrctos de ley inconstitucionales, con el sólo fin de crear la sensación de que ellos son los buenos y los preocupados, y el resto, los malos.

Si quieren hacer las cosas bien, que las hagan como corresponde, y no como las weas.
 
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Wn... en serio se compran el circo?
Es inconstitucional "anular" una ley.
Se modifica o deroga, siempre que haya otra ley que la sustituya.

Los weas que impulsan la.medida o son ingorantes (anda el chavista Nuñez metido), o saben que no va a prosperar y sólo lo hacen para que los tontitos empiecen a hablar y repetir weás.
Tal como lo hicieron hasta el año pasado, en donde el FA y PC se aburrieron de impulsar proyrctos de ley inconstitucionales, con el sólo fin de crear la sensación de que ellos son los buenos y los preocupados, y el resto, los malos.

Si quieren hacer las cosas bien, que las hagan como corresponde, y no como las weas.

porque seria inconstitucional????????

cual es la diferencia entre, anular, derogar o modificar????
 
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Compartala usted pues compañero.


ahí están los ctm que adoras y les haces felaciones que se abstuvieron , los mismos de siempre

Camara-de-Diputados-Ley-Longueira.png
 
porque seria inconstitucional????????

cual es la diferencia entre, anular, derogar o modificar????

Revisa este documento:

https://www.fjguzman.cl/wp-content/uploads/2018/04/N218.pdf

"Es apresurado y erróneo sostener que las
leyes no pueden ser anuladas. Lo que sí
es posible controvertir es si esa potestad
puede ser ejercitada por el legislador (que,
como sabemos, en el derecho público chile-
no, no es solo el Congreso Nacional), o bien
esa declaración debe ser formulada por un
órgano jurisdiccional.
- El juicio de conformidad de un texto legal
con la Carta Fundamental sólo puede ser
ejecutado por el Tribunal Constitucional.
- No pueden el Congreso ni sus ramas, ni el
Presidente, ni otro poder, órgano o servicio
del Estado, ni ninguna magistratura, perso-
na o grupo de personas, ejercer potestades
invalidatorias que recaigan en una ley
aprobada, expresa y vigente.
- Aceptar lo contrario es tener al congreso
por juez de la constitucionalidad de sus pro-
pios actos, sin ningún control jurisdiccional.
- Puesto que es principio básico que no
puede declararse la nulidad unilateralmente.
- No es jurídicamente admisible permitir
que el Legislador, actuando en el pretendido
ejercicio de una potestad invalidatoria que
no le han conferido ni la Constitución ni
las leyes, invada atribuciones y potestades
del Tribunal Constitucional.
- No pueden hacerlo sin que una ley se los
permita expresamente.
- La nulidad de una ley por medio de otra
ley que así lo declare sería, en aplicación
de los principios y reglas de los artículos
6° y 7° de la Constitución, un acto perpe-
trado en contravención a las normas de la
Carta Fundamental y, por tanto, adolecería
de nulidad.
- La nulidad pretendida es un fraude a
la derogación de las leyes, procedimiento
que sí se encuentra reglamentado en
nuestro derecho. No puede pretenderse
que, en nombre de un supuesto principio
democrático entendido sin alusión a
preceptos constitucionales expresos, sea
jurídicamente posible aceptar la tesis de
la invalidación.
- Ni menos aún pueden hacerlo sin señalar
una causal precisa y determinada.

-Las atribuciones conferidas por la Cons-
titución Política al Congreso Nacional se
ejercen, como toda potestad entregada a
órganos colegiados, a través del resultado
que emane de las votaciones de sus inte-
grantes. Y en el contexto de ese resultado,
debiera aparecer una influencia del actuar
reprochado por los mocionantes en el resul-
tado, que es el texto legislativo. Pues bien:
el vicio denunciado, de existir, no puede
tener influencia alguna en el resultado de
las deliberaciones o mayorías.
- La nulidad pretendida, además, no puede
soslayar, respecto de los derechos que se
hubiere constituido al amparo de la Ley
20.657, que nadie puede, en caso alguno,
ser privado de su propiedad, del bien sobre
que recae o de alguno de los atributos o
facultades esenciales del dominio, sino en
virtud de ley general o especial que auto-
rice la expropiación por causa de utilidad
pública o de interés nacional, calificada por
el legisla.
Puestas las cosas de este modo, sostene-
mos finalmente que la nulidad pretendida
es una manifiesta pretensión de autotutela
legislativa".
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La derogación puede ser total o parcial. Puede también ser expresa o tácita. Es expresa cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la antigua; es tácita cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la anterior.
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Revisa este documento:

https://www.fjguzman.cl/wp-content/uploads/2018/04/N218.pdf



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La derogación puede ser total o parcial. Puede también ser expresa o tácita. Es expresa cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la antigua; es tácita cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la anterior.
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No me voy a poner a contradecir el argumento del derecho, porque no es mi área, pero ten la certeza que existen las exposiciones y los documentos que contradicen lo dicho por el artículo que tú expones, en el sitio de la cámara de diputados y senadores están los artículos, e incluso está el presente.

La trampa está en que dicen que va a pasar con los contratos de trabajo e imposiciones......... pero, omiten las cuotas y contratos de las pesqueras, incluso involucradas en los delitos.

Es un show de mala muerte que les está cagando el negocio multimillonario a unos pocos, ya lo dicen los otros artículos que el anular es la única forma de resguardar al estado de las indemnizaciones casi perpetuas que deberían recibir las empresas si se deroga o se modifica solamente.

Republicanos protegiendo la corrupción........... tan aburridos de los políticos y la corrupción.......... mirá de quien te burlaste.
 
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