Subcomisión aprueba eliminar "República de Chile" del articulado de reglamento de la Convención

Estado
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El punto es defendido de forma manifiesta, por el artículo constitucional expreso que resuelve el asunto, y por el cual te hice cagar. Nada que hacer ahí Water. Suficiente con ello.

Lo de la 'hoja en blanco', te lo comiste con papas fritas y ketchup, porque las reglas de derecho previas, que impone la CPR a la Convención (ente subordinado), son una camisa de fuerza y una limitación jurídica al poder, respecto de los desquiciados la de izmierda.

Asi que si quieren el poder total, vía destrucción de Chile, van a tener que ir a una guerra civil, y ese escenario, causa pánico entre los subversivos e insurrectos de tu nefasto sector. Basta recordar el "terror" que le genera a los cagones terroristas de izmierda, como Castillo Peteuzzi, el accionar de las FF.AA.

Hoja en Blanco... puedes repetir mil veces,de diferentes formas, tu argumento de mierda. la constitución actual es letra muerta en lo que respecta a limitar a la convención, en materia de construir la nueva constitución.

Si es cosa de leerte desesperado, insinuando amenazas de soltar a los milicos :lol: ni tu te crees demasiado tu caga de argumento, (subterfugio que seguro van a utilizar juridicamente en su momento,no lo dudo)... pero tu impulso de perro rabioso te incita entrar en tu batallita mental que debes ganar como sea,cual perro persiguiendo una rueda :lol:

y que seremos entonces? imperialismo, monárquico o plurinacional?


Parlamentarismo, que duda tienes.
 
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pero no es problema...el texto se refiere solo al reglamento pero la nueva constitucion no define si sera una republica o una federacion as ique da lo mismo
 
La conbinacion nefasta...comunistas con mapuches...

Indios dan repulsión.... vamos en caída libre..


Mañana seremos como dinamarca despues de esto cierto? Csm...que subdesarrollo...pusieron monos con navajas como constituyentes..
 
Puta q hsy arrependidos x votar apruebo.... Votaron convencidos en q iban a mejorar o intentar un cambio en lo políticos. Y se dieron cuenta q son mas de lo existente en el congreso.... Pidiendo beneficios, almorzando bufets de gerentes, y pagando facturas y boletas truchas a sus "familiares". Y lo peor es q llevan solo un mes con el circo de mierda.... Y cobran como futbolistas de ellite los wns.... Y q llevan de la constitución!!????......


OJALÁ HUBIESE OTRO GOLPE DE ESTADO Y PESCARAN A TODOS ESTOS CORRUPTOS DE MIERDA Y LOS LLEVARÁN DE PASEO SIN RETORNO EN HELICOPTERO..... BASOFIAS DE MIERDA....
 
Por este ordenamiento tienes pan para comer aweonado tu y tu familia.!!

Necesita modificarse sin duda... pero no destruirlo...

El liberalismo hay que destruirlo.

Nuestra convivencia en un modelo de libremercado esta fuera de discusión. incluso si la intención fuera terminar con ese orden, sería inutil, espontaneamente lo defenderiamos

Puta q hsy arrependidos x votar apruebo.... Votaron convencidos en q iban a mejorar o intentar un cambio en lo políticos. Y se dieron cuenta q son mas de lo existente en el congreso.... Pidiendo beneficios, almorzando bufets de gerentes, y pagando facturas y boletas truchas a sus "familiares". Y lo peor es q llevan solo un mes con el circo de mierda.... Y cobran como futbolistas de ellite los wns.... Y q llevan de la constitución!!????......


OJALÁ HUBIESE OTRO GOLPE DE ESTADO Y PESCARAN A TODOS ESTOS CORRUPTOS DE MIERDA Y LOS LLEVARÁN DE PASEO SIN RETORNO EN HELICOPTERO..... BASOFIAS DE MIERDA....


Cuando no les gustan las reglas,entonces se acabó la democracia...Cuanto liberalismo junto.
 
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Leyendo la nota, me doy cuenta que la Constituyente Rosa Catrileo ni siquiera sabe lo que significa "excluyente".
 
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Art. 135 de la Constitución, inciso final:

""El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.""


Al parcito de mongólicos, no se les da pensar muy bien......jajajajajjaajjaja:lol::lol:. Manga de retardados mentales, son un plato.

Antes de que le cambien el nombre al país (y le pongan Wallmapu), cambien la bandera, el himno, o los emblemas patrios, queda la cagá.

Después es sin llorar si. Han estado mucho tiempo lloriqueando como Magdalenas por las ratas rojas insurrectas bien muertas; el llanterío por los paseos aéreos tienen un límite.

El doctor Wiro, devenido en ricardito, mismo fachito cornudo de toda la vida, ahora posa de constitucionalista y exegeta legal. ¿Qué tal? Me voy un tiempo del Portal y los fachos oligofrénicos sufren delirios de grandeza y se bordan títulos los culiaos. En consecuencia, debo comentar más seguido.

La mañosa ley de reforma constitucional a la constitución de pinochet-lagos introduce una serie de artículos sobre la denominada convención constitucional, entre los cuales se encuentra el artículo 135 en comento, que reconoce un mandato popular formalizando el proceso destituyente-constituyente instaurado por el pueblo de Chile en el texto material de la constitución pétrea y mal redactada por el facho maraco cabeceador de balas llamado gayme guzmán.

En este orden de ideas, los extremos normativos del citado artículo 135, inciso final, invocado por este facho-pobre-ignorante-cornudo, razona sin tener callampa idea dentro de la operatoria de apertura del sistema interpretativo constitucional en vínculo relacional normativo bidireccional con la orgánica y técnica de redacción constitucional que estime darse el poder constituyente originario expresado en la convención constitucional.

Ahora bien, la redacción del artículo en comento mandata respetar el carácter pero NO la denominación simplemente nominativa de república de Chile en el texto definitivo de la nueva constitución. Primera referencia exegética realizada como el reverendo pico por este facho ignorante.

Así las cosas, la referencia interpretativa-mandante genérica realizada por el artículo citado se contradice en términos lógicos, internos y externos, dado su marco flexible expresado en su propio texto, estableciendo una bucólica enumeración de límites que contradicen la regla de interpretación estricta y material constitucional del artículo 5, inciso 2, del mismo texto constitucional, que recoge la fuente internacional de contenido jurídico Latu Sensu de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, normas jurídicas materiales intra-constitucionales; mas no, en ningún caso, de simples normas jurídicas contentivas de acuerdos comerciales, por ejemplo.

El poder constituyente originario tiene rango, valor, jerarquía, material, de y como poder constituyente originario, naturaleza del mismo que quedó acordado y estatuido mediante el artículo primero del reglamento de la Convención Constitucional. A saber: "La Convención Constitucional es una asamblea representativa, paritaria y plurinacional, de carácter autónomo, convocada por los pueblos de Chile para ejercer el poder constituyente. La Convención reconoce que la soberanía reside en los pueblos y que está mandatada a redactar una propuesta de nueva Constitución, que será sometida a un plebiscito constitucional".-

A llorar a la iglesia y que te culee Karadima, facho ignorante.

Un saludo.-
 
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