¿Podría ocurrir en Chile? | Justicia española ordena a empresa contratar a sus repartidores Delivery

Tema en 'Noticias de Chile y el Mundo' iniciado por pegasofenix, 28 Sep 2020.

Estado del Tema:
Cerrado para nuevas respuestas
  1. Palomoo

    Palomoo Usuario Habitual nvl.3 ★
    62/82

    Registrado:
    5 Ene 2020
    Mensajes:
    7.977
    Me Gusta recibidos:
    1.481
    Que contradictorio... incorporarlos al Codigo del Trabajo, como si los repartidores de Delivery no trabajaran
     
  2. ap85

    ap85 Mod. de PortalNews y Política
    Moderador
    762/812

    Registrado:
    16 May 2009
    Mensajes:
    113.642
    Me Gusta recibidos:
    6.832
    si pero la ley es para más aplicaciones de reparto (pedidos ya, rappi, uber eats) ya que son socios, es cosa de ver esto:

    normalmente en algunos locales de sushi o pizza, ellos les pagan a los repartidores, ignoro si les hacen contrato ya que a veces son familiares los que reparten.
     
  3. Palomoo

    Palomoo Usuario Habitual nvl.3 ★
    162/163

    Registrado:
    5 Ene 2020
    Mensajes:
    7.977
    Me Gusta recibidos:
    1.481
    Ese es el tema... decirle a un repartidor como "Socio" es meramente referirse a un trabajador sin contrato que usa una marca.

    Fuera de todas estas interpretaciones, este tema debe legislarse, ya que al estar en "zona de nadie", se puede interpretar de tantas maneras
     
  4. kira__kato

    kira__kato Usuario Casual nvl. 2
    62/82

    Registrado:
    26 Dic 2009
    Mensajes:
    3.406
    Me Gusta recibidos:
    188
    llegara a chile cuando uber y etccc sean legales osea nunca xd
     
Estado del Tema:
Cerrado para nuevas respuestas