Critican a Jaima Bassa por ocupar sus privilegios de poder ante Carabineros

Estado
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Los constitucionalistas tienen cierto nivel de inmunidad. quienes se pasaron de pato a ganso son los pacos culiaos. pero en Chile es normal y bien visto que Carabineros no respete las leyes ni sus propios procedimientos
Na que ver weón..los únicos con inmunidad son los embajadores y diplomaticos...

Que venga un torreja con aires de grandeza con palabras al aire vale callampa....


En resumidas cuentas...se pasaron por el pico al vicepresidente convencional por ignorante..




Mas encima..esas lacras deberian estar en una sala sesionando...no webiando como pendejos en "marsha"....

Jueroh loh pacoh = frase célebre de los comunistas que cae como anillo al dedo.

Los constituyentes poseen inmunidad, por ende la detención es ilegal. El modo de presentarse a la autoridad es protocolar, indicar quién es uno, la profesión y el cargo es parte de esa formalidad, por ende no es tirar la jineta sobre la mesa, sino que es la forma de hacerlo según el procedimiento

:lol::lol::lol::lol::lol:
 
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"Tomas a un hombre mortal
Y lo pones en control
Miralo convertirce en dios
Mira las cabezas de las personas rodar"

Megadeth - Symphony Of Destruction
 
Eres tan rematadamente mongólico, que confundes la inmunidad (referida a la diplomacia) con la ""inviolabilidad parlamentaria"". Esta última sólo permitida sobre "opiniones manifestadas y votos emitidos en desempeño del cargo, en sesiones de sala o en comisiones".

"Inviolabilidad parlamentaria" NO es inmunidad tontorrón analfabeto.....jajajajajajajajajajajaj :lol::lol::lol:

Qué pasó Wiro?, no reconoce los sinonimos o es demasiado weón?

Inmunidad: descargo, dispensa, exoneración, inviolabilidad, prerrogativa, privilegio, protección

Fuente: https://www.wordreference.com/sinonimos/inmunidad

Al parecer la rabia de saber que la forma y fondo de hablar del constituyente a los carabineros está totalmente acorde a los protocolos

Te dejo otra joya para que sigas llorando:

FUERO PARLAMENTARIO

“El objeto del fuero parlamentario o inmunidad penal es que los miembros del Parlamento estén a cubierto de cualquier proceso, de cualquiera detención por parte de la autoridad judicial o gubernativa, con motivo de algún acto que hayan realizado o se suponga que hayan realizado fuera de las Cámaras, salvo en el caso de delito flagrante.

Fuente: http://repositoriodigital.ucsc.cl/b... Maureira Cárdenas.pdf?sequence=1&isAllowed=y
 
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Miré la conversa de Bassa con el paco a cargo y no pasó ná de lo que indica el titular de este posteo como las weas. Lo que ocurrió fue la conversación típica entre un abogado señorito y un paco arrogante. El señorito FA tiene mucho más flanco para criticarlo, por ejemplo que exigió solamente dos votaciones para acordar declaración de la Constituyente sobre los Presos Políticos de la revuelta, pero el mismo señorito exigía votaciones de 5 días seguidos si fuera necesario para asegurarse su sillón de vicepresidente.

Incidente menor entre un abogado señorito FA con un paco con pensión estatal millonaria y horas extra pagadas por el Narco.-
 
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Qué pasó Wiro?, no reconoce los sinonimos o es demasiado weón?

Inmunidad: descargo, dispensa, exoneración, inviolabilidad, prerrogativa, privilegio, protección

Fuente: https://www.wordreference.com/sinonimos/inmunidad

Al parecer la rabia de saber que la forma y fondo de hablar del constituyente a los carabineros está totalmente acorde a los protocolos

Te dejo otra joya para que sigas llorando:

FUERO PARLAMENTARIO

“El objeto del fuero parlamentario o inmunidad penal es que los miembros del Parlamento estén a cubierto de cualquier proceso, de cualquiera detención por parte de la autoridad judicial o gubernativa, con motivo de algún acto que hayan realizado o se suponga que hayan realizado fuera de las Cámaras, salvo en el caso de delito flagrante.

Fuente: http://repositoriodigital.ucsc.cl/bitstream/handle/25022009/1122/María Alejandra Maureira Cárdenas.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Antes era inmunidad....ahora son sinónimos, jajajaja :lol::lol:.
En esto, hay texto constitucional expreso, a saber:



""Artículo 61.- Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.

Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante..""





En derecho, el lenguaje debe ser preciso, si es que está expresamente dado (utilizado) de esa manera.

Por tanto, Inmunidad NO es ""inviolabilidad parlamentaria"" (son figuras distintas en el derecho chileno en esta materia) . La Constitución, a este respecto, no habla de inmunidad, sino de inviolabilidad de forma expresa. Asi que tus referencias valen 1 millón de hectáreas de callampa.

Tus mentiras no funcionan si hay evidencia expresa de por medio. Y bien sabemos todos en este portal que, eres mitómano profesional.

Otra vez 'Gaymond Chantafred Letcher Letcher', quedando como mongólico en el foro.
Un gusto hacerte pedazos otra vez. Tampoco es que sea muy difícil igual...........jajajajajajajajajaj :lol::lol:.
 
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Antes era inmunidad....ahora son sinónimos, jajajaja :lol::lol:.
En esto, hay texto constitucional expreso, a saber:



""Artículo 61.- Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.

Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante..""





En derecho, el lenguaje debe ser preciso, si es que está expresamente dado (utilizado) de esa manera.

Por tanto, Inmunidad NO es ""inviolabilidad parlamentaria"" (son figuras distintas en el derecho chileno en esta materia) . La Constitución, a este respecto, no habla de inmunidad, sino de inviolabilidad de forma expresa. Asi que tus referencias valen 1 millón de hectáreas de callampa.

Tus mentiras no funcionan si hay evidencia expresa de por medio. Y bien sabemos todos en este portal que, eres mitómano profesional.

Otra vez 'Gaymond Chantafred Letcher Letcher', quedando como mongólico en el foro.
Un gusto hacerte pedazos otra vez. Tampoco es que sea muy difícil igual...........jajajajajajajajajaj :lol::lol:.

Inmunidad: descargo, dispensa, exoneración, inviolabilidad, prerrogativa, privilegio, protección

Fuente: https://www.wordreference.com/sinonimos/inmunidad

Al parecer la rabia de saber que la forma y fondo de hablar del constituyente a los carabineros está totalmente acorde a los protocolos

Te dejo otra joya para que sigas llorando:

FUERO PARLAMENTARIO

“El objeto del fuero parlamentario o inmunidad penal es que los miembros del Parlamento estén a cubierto de cualquier proceso, de cualquiera detención por parte de la autoridad judicial o gubernativa, con motivo de algún acto que hayan realizado o se suponga que hayan realizado fuera de las Cámaras, salvo en el caso de delito flagrante.

Fuente: http://repositoriodigital.ucsc.cl/b... Maureira Cárdenas.pdf?sequence=1&isAllowed=y


Al parecer no leíste la fuente:
Responsabilidad Parlamentaria
El fuero parlamentario, una excepción al principio de responsabilidad parlamentaria en Chile

Parece que como no entiendes qué son los sinónimos, por tu rigidez intelectual, te cuesta comprender, pero no te preocupes Wiro, desde que creías que el mundo se acababa el 2012 entendemos que tienes neuronas menos

Para que Wiro siga llorando:
El Decreto Ley N° 3.464 de 1980 que aprobó el texto de la nueva constitución estableció el texto definitivo de la norma que llevó el numeral 58 y que señalaba que: “Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión. Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o designación, o desde el de su incorporación, según el caso, puede ser procesado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal 28 de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.

Siguiendo esa línea, toda detención de un diputado o senador es ilegal, mientras no se encuentre realizando un delito flagrante.

Pobre Wiro, es weón, lo cual es sinónimo de imbécil.
 
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Inmunidad: descargo, dispensa, exoneración, inviolabilidad, prerrogativa, privilegio, protección

Fuente: https://www.wordreference.com/sinonimos/inmunidad

Al parecer la rabia de saber que la forma y fondo de hablar del constituyente a los carabineros está totalmente acorde a los protocolos

Te dejo otra joya para que sigas llorando:

FUERO PARLAMENTARIO

“El objeto del fuero parlamentario o inmunidad penal es que los miembros del Parlamento estén a cubierto de cualquier proceso, de cualquiera detención por parte de la autoridad judicial o gubernativa, con motivo de algún acto que hayan realizado o se suponga que hayan realizado fuera de las Cámaras, salvo en el caso de delito flagrante.

Fuente: http://repositoriodigital.ucsc.cl/b... Maureira Cárdenas.pdf?sequence=1&isAllowed=y


Al parecer no leíste la fuente:
Responsabilidad Parlamentaria
El fuero parlamentario, una excepción al principio de responsabilidad parlamentaria en Chile

Parece que como no entiendes qué son los sinónimos, por tu rigidez intelectual, te cuesta comprender, pero no te preocupes Wiro, desde que creías que el mundo se acababa el 2012 entendemos que tienes neuronas menos
Antes era inmunidad....ahora son sinónimos, jajajaja :lol::lol:.

Como parece que NO leíste, aquí te dejo texto constitucional expreso, a saber:



""Artículo 61.- Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.

Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante..""





En Derecho, el lenguaje debe ser preciso, si es que está expresamente dado (utilizado) de esa manera.

Por tanto, Inmunidad NO es ""inviolabilidad parlamentaria"" (son figuras distintas en el derecho chileno en esta materia) . La Constitución, a este respecto, no habla de inmunidad, sino de inviolabilidad de forma 'expresa'. Asi que tus referencias valen 1000 millones de hectáreas de callampa.

Eres tan estúpido, que crees que 'wordreference' es más importante que la propia CPR, jajajajaj.

Tus mentiras no funcionan si hay evidencia expresa de por medio. Y bien sabemos todos en este portal que, eres mitómano profesional.

Otra vez 'Gaymond Chantafred Letcher Letcher', quedando como mongólico en el foro.

Además, me confundes con otro 'user' para desvirtuar, PERO CONTRA TEXTO CONSTITUCIONAL EXPRESO, NO PUEDES MENTIR AMEBA ZURDA.

Un gusto hacerte mierda otra vez Bluesplasta. Tampoco es que sea muy difícil igual...jajajaj:lol::lol:

Para que Wiro siga llorando:
El Decreto Ley N° 3.464 de 1980 que aprobó el texto de la nueva constitución estableció el texto definitivo de la norma que llevó el numeral 58 y que señalaba que: “Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión. Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o designación, o desde el de su incorporación, según el caso, puede ser procesado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal 28 de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.

Siguiendo esa línea, toda detención de un diputado o senador es ilegal, mientras no se encuentre realizando un delito flagrante.

Pobre Wiro, es weón, lo cual es sinónimo de imbécil.
En esta situación hubo un caso de FLAGRANCIA.....mongólico. El mismo artículo lo dice........jajajajajajajajajajajajajajjaja.

Te destaqué lo que no entendiste...aweonao...jajajajajajajaj:lol::lol:
 
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Los constituyentes poseen inmunidad, por ende la detención es ilegal. El modo de presentarse a la autoridad es protocolar, indicar quién es uno, la profesión y el cargo es parte de esa formalidad, por ende no es tirar la jineta sobre la mesa, sino que es la forma de hacerlo según el procedimiento
Por ende
Por ende
Hablando de ignorancia, apareces y la personificas careciendo de léxico y argumentos. Cada día pongo mas en duda tu supuesto título de Psicología.

Dada mi calidad de egresado te ilustro para que no divages en la ignorancia.
Partamos por “delito de flagrancia"
Articulo 134 ⟨ los integrantes de dicha Convención la los cuales podrá aplicarse lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo; 58, 59, 60 y 61”.
Como nombraste el artículo 61 haré incapié en lo que dices “ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento,
puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante”.
Flagrancia -> sorprender a una persona natural o persona jurídica comentiendo un delito/falta.
Agrego que es super anticonstituyente hablar de quitar privilegios y querer usarlos a su beneficio.
Dicho esto, me retiro con honores :V
 
Los constitucionalistas tienen cierto nivel de inmunidad. quienes se pasaron de pato a ganso son los pacos culiaos. pero en Chile es normal y bien visto que Carabineros no respete las leyes ni sus propios procedimientos
Y esos convencionales culiao que tenían que andar protestando? Si les están pagando para redactar una carta magna, pero como no tienen idea por donde comenzar, estos narcicistas culiaos andan vendiendo voladores de luces con esto, o sea hacen cualquier cosa menos escribir por lo que se les paga a estos pelotas que se creen intocables

Apoyo totalmente las palabras de Bassa, la protesta era pacifica por los pp, es obvio que el gobierno quiere a toda costa negar la existencia de pp, los pacos qlaos descriteriados tienen la orden que rato.
Que rico vivir en un país sin democracia no? y los fachos se quejan de cuba por lo mismo y pasa lo mismo en su país, aah pero ahí le celebran todo a la yuta y al desgobierno.
Recordatorio: El titulo dice critican a Jaime. Criticas de un sector minoritario a nivel nacional del 20%. Criticas que no tienen peso en la inmensa mayoría que apoya a los constituyentes, al pueblo y al chileno consiente.
Hablando de que acá estamos sin democracía? Correte de acá piojento culiao, andate a Cuba mejor ya que lo encuentraw tan democratico
 
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Y esos convencionales culiao que tenían que andar protestando? Si les están pagando para redactar una carta magna, pero como no tienen idea por donde comenzar, estos narcicistas culiaos andan vendiendo voladores de luces con esto, o sea hacen cualquier cosa menos escribir por lo que se les paga a estos pelotas que se creen intocables


Eso es cuestionable. pero la libertad de expresión les permite hacerlo. aunque a los liberales les irritan las libertades no transables monetariamente
 
En esta situación hubo un caso de FLAGRANCIA.....mongólico. El mismo artículo lo dice........jajajajajajajajajajajajajajjaja.

Te destaqué lo que no entendiste...aweonao...jajajajajajajaj:lol::lol:
Por ende
Por ende
Hablando de ignorancia, apareces y la personificas careciendo de léxico y argumentos. Cada día pongo mas en duda tu supuesto título de Psicología.

Dada mi calidad de egresado te ilustro para que no divages en la ignorancia.
Partamos por “delito de flagrancia"
Articulo 134 ⟨ los integrantes de dicha Convención la los cuales podrá aplicarse lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo; 58, 59, 60 y 61”.
Como nombraste el artículo 61 haré incapié en lo que dices “ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento,
puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante”.
Flagrancia -> sorprender a una persona natural o persona jurídica comentiendo un delito/falta.
Agrego que es super anticonstituyente hablar de quitar privilegios y querer usarlos a su beneficio.
Dicho esto, me retiro con honores :V

No hubo flagrancia, ya que manifestarse no es un delito, aun cuando hay gente como ustedes que quisieran lo contrario.

Si dudas de mi título me da lo mismo, eso no hace que no lo posea, así que no me quita el sueño tu duda.

Y cito lo aparecido en Bio Bio:
De esta forma, los constituyentes, desde que fueron elegidos el 16 de mayo, sólo pueden ser detenidos si son aprehendidos en flagrancia, al igual que los parlamentarios.
Fuente: https://www.biobiochile.cl/especial...pueden-ser-detenidos-los-constituyentes.shtml

Pero claro un egresado debe saber más que un abogado con experiencia:
De acuerdo con el profesor de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la U. de Chile e investigador sénior del Centro de Regulación y Competencia (RegCom), Luis Cordero, “la norma constitucional que hace aplicable a los convencionales constituyentes dicha regla es el art. 134. La garantía opera desde la elección y no hay mucho más que agregar porque la referencia es expresa y la afirmación de Fernando es correcta”.
https://plataformacontexto.cl/conte...e-libertad-salvo-el-caso-de-delito-flagrante/
 
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Uuuyyy, tocaron a algunos de los vagos!!!, ¿se victimizarán (algo normal en ellos) y se volverán a subir los sueldos por eso?... Les recomiendo comprarse muchas cabritas, porque el show del circo va a continuar mucho mejor gracias a esos payasos!!!
 
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