A la creadora del tema, y en general a todos quienes han opinado, ¿saben si el ordenamiento jurídico permite un plesbicito para modificar la constitución? Les respondo, se permite, pero sólo cuando existe una discrepancia entre las 2/3 partes del Congreso y el Presidente de la República. Las modificaciones a nuestra Carta Fundamental no pueden ser "plesbicitadas", eso no existe acá. Por otro lado, reemplazar la Constitución existente implica desconocerla, ir en contra de la misma institucionalidad del Estado, lo cual claramente traerá consecuencias políticas. Me permito citar un texto para aclarar a lo que me refiero.
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Reemplazar la Constitución es más radical: es declarar inválido el texto vigente y dictar uno nuevo de cero. Es destruir abiertamente la institucionalidad existente. Por supuesto, eso no se hace gratis. Ante esa eventualidad la derecha recurriría a la Contraloría y al Tribunal Constitucional, organismos encargados de velar por el cumplimiento de la legalidad. Los militares probablemente harían también sentir su opinión. Ahora bien, importantes teóricos de la política y del constitucionalismo han manifestado que tal acto de insurgencia constitucional, para utilizar un término de Antonio Negri, es siempre legítimo (aun cuando sea ilegal) dado que el pueblo es el titular del poder constituyente. El problema es que para que algo así ocurra deben darse las condiciones políticas adecuadas. Esto ha ocurrido en Chile sólo en 1833, 1925, y 1973-1980. El primer caso fue el resultado de una guerra civil, el segundo del quiebre de la institucionalidad política debido a un conflicto entre el Presidente y el Congreso (involucramiento militar de por medio), y el tercero como consecuencia de un golpe de Estado. Pero, en última instancia, en ninguno de estos casos el pueblo tuvo la posibilidad de expresar directamente su voluntad, y de repetirse hoy lo más probable es que el resultado sería el mismo. No olvidemos que cuando se suspende la legalidad, no suele primar la legitimidad sino la fuerza; y más específicamente, la fuerza militar, la cual no suele ser particularmente progresista. Así y todo, es poco probable que alguno de esos escenarios se dé hoy en día."
Ahora bien, para dejarles el tema más claro, les recomiendo el artículo completo del texto que cité, pues ahí encontraran las razones que manifiestan que el tema propuesto por la usuaria carece de fundamentons jurídicos, demuestra que lo propuesto por la creadora del tema no es más que ideas de ella sin el conocimiento necesario que pueda sustentar de forma seria y posible sus planteamientos.
http://www.elmostrador.cl/opinion/2011/07/28/como-cambiar-la-constitucion/