Información La UDI otra vez: Reducir la jornada laboral no es prioridad (para los empresarios)

Estado
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eres entero aweonao....lo acabas de recontra confirmar....
Ahueonao la ley dice que si registras asistencia entonces NO eres artículo 22 y pasas a tener una jornada laboral normal, renuncias saco de hueas, renuncias.

¡Saco de hueas!

Estás como en tus gráficos y tonto hueón

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
 
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Ahueonao la ley dice que si registras asistencia entonces NO eres artículo 22 y pasas a tener una jornada laboral normal, no exento.

¡Saco de hueas!

Estás como en tus gráficos y tonto hueón

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA



"No obstante lo anterior, si las partes convienen una jornada de trabajo sujeta a un horario, entonces el dependiente deberá registrar las horas de inicio y término de su jornada diaria en el referido registro por cuanto en tal caso las partes habrían renunciado a la franquicia que otorga en señalado inciso 2° del artículo 22"

no sabe ni leer

renuncias al inciso 2do del articulo 22, no al articulo 22....

GIL

 
que lata discutir con un subnormal, pero me sube el ego...:lol:
 
Siempre terminamos discutiendo esto. Wiro va a ser un usuario legendario cuando portalnet sea un fosil de la internet.


Nunca hubo un usuario tan weon :lol:
hay como 5 haciendo la competencia a wiro a menos que sean multicuentas del autista .


dont for get heraclitoris
 
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"No obstante lo anterior, si las partes convienen una jornada de trabajo sujeta a un horario, entonces el dependiente deberá registrar las horas de inicio y término de su jornada diaria en el referido registro por cuanto en tal caso las partes habrían renunciado a la franquicia que otorga en señalado inciso 2° del artículo 22"

no sabe ni leer

renuncias al inciso 2do del articulo 22, no al articulo 22....

GIL

JAJAJAJAJAJAJAJAJA

CSM así no se puede, intento entender a éste hueón pero no se puede.

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
 
No no no, no he dicho LIBRO, he dicho REGISTRO, en estricto rigor se llama Control de Registro de Asistencia.
Estas confundiendo el libro de asistencia que lleva la empresa con cualquier otro documento o registro que te sirva para revisar asistencia. Te la dejo para que evites multas y no pases de gil. La empresa deja un libro de asistencia o reloj control para llevar un registro de jornada laboral y hacer los descuentos respectivos a los trabajadores limitados a jornada de 45 horas semanales. Para llevar el registro de asistencia de los que tienen artículo 22 utilizas, en el caso de los conductores, el documento que firma para registrar el uso de una máquina a manejar. En estricto rigor ese no es el sistema usado para asistencia por la empresa y ante cualquier fiscalización no estás transgrediendo la ley, ya que el conductor no está firmando el registro dispuesto para las personas con contrato de 45 horas.
 
pobrecito, mirenlo en su desesperación...

el experrrrtoh en artiCULO 22...
Hueón tonto, el artículo 22 del código del trabajo habla de la jornada ordinaria de trabajo y que no puede exceder las 45 horas semanales.
El inciso 2, se refiere a quienes pueden quedar excluidos de las 45 horas semanales JAJAJAJAJAJA, entonces saco de hueas, si renuncias al inciso 2 entonces debes cumplir una jornada ordinaria.

Resumiendo grandísimo saco de hueas, NO ES que el artículo 22 se refiera exclusivamente a quienes están exentos de las 45 horas, si no más bien es el artículo que trata de la jornada laboral y SOLAMENTE el inciso 2 se refiere a quienes puedes quedar exentos y bajo qué condiciones.

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA soberano saco de hueas que se humilla solo

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
 
Estas confundiendo el libro de asistencia que lleva la empresa con cualquier otro documento o registro que te sirva para revisar asistencia. Te la dejo para que evites multas y no pases de gil. La empresa deja un libro de asistencia o reloj control para llevar un registro de jornada laboral y hacer los descuentos respectivos a los trabajadores limitados a jornada de 45 horas semanales. Para llevar el registro de asistencia de los que tienen artículo 22 utilizas, en el caso de los conductores, el documento que firma para registrar el uso de una máquina a manejar. En estricto rigor ese no es el sistema usado para asistencia por la empresa y ante cualquier fiscalización no estás transgrediendo la ley, ya que el conductor no está firmando el registro dispuesto para las personas con contrato de 45 horas.
Insisto, no he hablado de "libro".
No estás diciendo algo distinto a lo que yo menciono.
Para que un empleador controle si su colaborador fue a trabajar o no puede revisar el control de acceso (puertas) o utilizar el método que tú dices y es completamente válido. Lo que no puede hacer es permitir que un trabajador con inciso 2 del art 22 marque el registro de asistencia (o control de asistencia o registro de control de asistencia, es lo mismo) para revisar si fue a trabajar o no.
 
pobrecito, mirenlo en su desesperación...

el experrrrtoh en artiCULO 22...
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA

"Renuncia al inciso 2 y no al artículo 22, así que sigue teniendo artículo 22"

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA

Puta el saco de hueas ignorante para grande.
 
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA

"Renuncia al inciso 2 y no al artículo 22, así que sigue teniendo artículo 22"

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA

Puta el saco de hueas ignorante para grande.


que divertido ver como no tiene respuesta...:lol:
 
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